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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 528461
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se declaran desiertas plazas ofertadas en la convocatoria, para el acceso, por el turno libre y por el turno de reserva para personas con discapacidad, en la categoría de Limpiador/a (Grupo E, nivel 8) del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobada por Resolución 19 de diciembre de 2022

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 19 de diciembre de 2022 se aprobó la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 165, de 20 de diciembre).

2. Una vez publicadas las notas definitivas del 1er examen eliminatorio del proceso selectivo para el acceso a la categoría de Limpiador/a (Grupo E, nivel 8) resulta que en relación al turno libre la relación de aspirantes que lo han superado es menor que el de las plazas convocadas por este turno para la isla de Mallorca y Menorca, respectivamente y en relación al turno de reserva para personas con discapacidad, por la isla de Menorca ningún aspirante le ha superado y por las islas de Mallorca e Ibiza ningún aspirante ha comparecido.

En consecuencia, de las plazas ofertadas en la citada convocatoria para el acceso a la categoría de Limpiador/a (Grupo E, nivel 8) han quedado desiertas, por el turno libre, 11 plazas para la isla de Mallorca y 2 plazas para la isla de Menorca y por el turno de reserva para personas con discapacidad, 1 plaza para la isla de Mallorca, Menorca e Ibiza, respectivamente, por lo que es necesario declarar desiertas estas plazas de la oferta de empleo público para el año 2021.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

3. El texto refundido del Estatuto básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

5. El Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la de las Illes Balears.

6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El punto I del anexo 3 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 19 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Declara desiertas 11 plazas para la isla de Mallorca y 2 plazas para la isla de Menorca, por el turno libre, y 1 plaza para la isla de Mallorca, Menorca e Ibiza, respectivamente, por el turno de reserva para personas con discapacidad de la oferta de empleo público para el año 2021 ofertadas en la convocatoria para el acceso, por el turno libre y por el turno de reserva para personas con discapacidad, en la categoría de Limpiador/a (Grupo E, nivel 8) del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobada por Resolución 19 de diciembre de 2022, por los motivos expuestos en los antecedentes de esta Resolución.

2. Comunicar esta Resolución a la Dirección General de Función Pública.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la Administración de la CAIB (seuelectronica.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es). ministració de la CAIB (seuelectronica.caib.es) i en el Portal de l'Opositor (http://oposicions.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También puede interponerse una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

 

(Firmado electrónicamente: 23 de julio de 2025)

La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González