Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 519449
Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para clubes deportivos locales 2025, para acciones realizadas durante la temporada 2024/2025 o 2025
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En sesión ordinaria celebrada día 24 de abril de 2025, el Plenario del Ayuntamiento de Inca aprobó las bases de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para clubes deportivos locales 2025, para acciones realizadas durante la temporada 2024/2025 o 2025.
De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones, por medio del presente edicto se publican las referidas bases.
Inca, 24 de junio de 2025
El alcalde Virgilio Moreno Sarrió
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA CLUBES DEPORTIVOS LOCALES 2025
Extracto del acuerdo de 24 de abril de 2025 del pleno del Ayuntamiento de Inca por el cual se convocan subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, a clubes deportivos locales, para acciones realizadas hechas durante la temporada 2024-2025 o 2025.
BDNS: 839119
En conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar a la base de datos nacional de subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/839119
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se puede encontrar en el enlace https://incaciutat.com/tramits-i-serveis/subvencions
1. Objeto y finalidad de la convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones dinerarias, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades deportivas locales (clubes), sin finalidad de lucro y que tienen la finalidad de fomentar la práctica deportiva entre todos los grupos de edad posibles.
La finalidad de la subvención es ayudar a los clubes locales en su gestión ordinaria y apoyar a la acción de promoción y fomento del deporte y el deporte federado así como la participación en competiciones oficiales con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica deportiva en la ciudad. Se financiarán acciones desarrolladas durante la temporada 2024-2025 (sistema clásico de temporada) o bien 2025 (sistema moderno de temporada de año natural) entre el 1 de agosto del ejercicio presupuestario anterior al de la convocatoria (2024) y el 31 de julio del ejercicio presupuestario de la convocatoria (2025).
2. Beneficiarios
Los perceptores y beneficiarios de las subvenciones serán los clubes deportivos locales legalmente constituidos y reconocidos, que figuren inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones/Entidades del Ayuntamiento.
3. Requisitos de los beneficiarios y el momento de acreditarlos
Estos requisitos habrá que demostrarlos en el momento de la presentación de la solicitud de la subvención. En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá a las personas interesadas, una única vez y de manera telemática (web www.incaciutat.com), para que aporte la documentación o enmiende la falta en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, con la indicación que, si no lo hace, se considerará que ha cejado en la solicitud, con la resolución previa que tiene que ser dictada en los términos que prevé el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. Bases reguladoras específicas
Por acuerdo del Pleno de fecha 24 de abril de 2025, fueron aprobadas las Bases Reguladoras Específicas para el otorgamiento por parte del Ayuntamiento a través del Servicio de Deportes, de subvenciones destinadas a financiar las entidades deportivas de la ciudad (clubes), por la gestión ordinaria y apoyo a la acción de promoción y fomento de la actividad física y el deporte así como la participación en competiciones oficiales con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica de la actividad deportiva en la ciudad.
En todo aquello no previsto en las bases y en esta convocatoria, será de aplicación lo establecido a la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento y al resto de normativa aplicable.
5. Crédito y partida presupuestaria
El Ayuntamiento destinará un fondo estimado de treinta y siete mil euros (37.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 2025-10-34100-4830001.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas destinadas a la misma actuación, pero, en cualquier caso, conjuntamente con las otras ayudas, las cantidades otorgadas no podrán exceder el coste total de la actuación.
El importe de la subvención, junto con el de las subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras entidades públicas o privadas, no puede ultrapasar el coste de la actividad.
6. Plazos concretos de presentación de solicitudes y de justificación
Plazo de presentación: El plazo para presentar la solicitud, toda la documentación y los anexos que lo acompañan es de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Cualquier solicitud presentada fuera de este plazo no será admitida a trámite.
La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan
Inca, 24 de junio de 2025
El alcalde Virgilio Moreno Sarrió