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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Núm. 523516
Resolución de la Consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia relativa a la ampliación de plazas del Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Govern de les Illes Balears y la entidad Fundación Ignacio Wallis para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia de Mayores Reina Sofía

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Texto

Hechos

1. En fecha 16 de junio de 2018 se firmó el Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Socials y Cooperación del Govern de les Illes Balears y la entidad Fundacióris Ignacio Wallis (Residencia de Mayores Reina Sofía), por el que se concertaron 35 plazas.

2. En fecha 24 de mayo de 2019 la consejera de Asuntos Sociales y Cooperación dictó una Resolució de ampliación del concierto social para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, entre la Consjería de Asuntos Socials y Cooperación y la entidad Fundación Ignacio Wallis, mediante el cual se ampliaron 5 plazas, teniendo un total de 40 plazas residenciales.

3. En fecha 2 de diciembre de 2024 se dictó resolución de renovación por el periodo de vigencia comprendido entre el día 1 de diciembre de 2024 a día 30 de noviem-bre de 2025, donde el número de plazas concertadas son 40.

4. En fecha 5 de diciembre de 2024, la entidad Fundación Ignacio Wallis, solicita am-pliar en 20 las plazas del Acuerdo de acción concertada que actualmente tiene firmado con la Consejería de Asuntos Sociales y Cooperación (actualmente Con-sejer´ía de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia) y relativo al servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia. Poste-riormente, en fecha 20 de junio, la entidad comunicó la intención de ampliar en 40 las plazas del Acuerdo de acción concertada.

5. En fecha 7 de julio de 2025, la directora general de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad emitió informe justificativo relativo a la ampliación de plazas del Acuerdo de acción concertada entre la Consejeria de Familias, Bienes-tar Social y Atención a la Dependencia del Govern de les Illes Balears y la entidad Fundación Ignacio Wallis, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza entre el 1 de agosto y el 30 de noviembre de 2025.

6. En fecha 11 de julio de 2025, el secretario general de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, por delegación de competencias de la Consejera (BOIB 103/2023) dictó resolución por la que se ordena el inicio del procedimiento para llevar a cabo la ampliación de plazas del Acuerdo de acción concertada existente con la entidad Fundación Ignacio Wallis, para el servicio re-sidencial para personas mayores en situación de dependencia de la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza.

7. La propuesta de resolución de la directora general de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad de fecha 14 de julio de 2025 en relación a la amplia-ción de 40 plazas residenciales del Acuerdo de acción concertada existente con la entidad Fundación Ignacio Wallis, para el servicio residencial para personas ma-yores en situación de dependencia de la Residencia de Mayores Reina Sofía, para dar respuesta a la demanda del servicio residencial en la isla de Ibiza.

8. En fecha 23 de julio de 2025 la Intervención General de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears emitió informe de fiscalización favorable sin oponer objecio-nes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears (BOIB núm.44, de 3 de abril de 2003).

3. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.

4. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las persones en el ámbito social de la comunitat autònoma de les Illes Balears.

5. El Decreto 32/2023, de 26 de mayo por el que se aprueba la Cartera básica de servicios sociales de les Illes Balears 2023-2027, se establecen principios generales para las carteras insulares y locales y se modifican diversas normativas del ámbito social.

6. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se han de someter los conciertos sociales.

7. La Resolución de la consejera de Afers Socials i Esports de 15 de octubre de 2021, por la cual se establece la convocatoria de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en las islas de Mallorca e Ibiza con entidades de iniciativa privada que tengan acreditado el servicio residencial (BOIB núm. 143, de 19 de octubre de 2021).

8. El Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidad, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para este sector de población, modificado por el Decreto 54/2013 y por el Decreto 31/2016.

9. El Decreto 83/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la intensidad de protección de los servicios y el régimen de compatibilidades de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ámbito de la comunidad de las Illes Balears, y se crea la Xarxa Pública d'Atenció a la Dependència de les Illes Balears, modificado por el decreto 5/2016.

10. El artículo 43 y siguientes del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se desarrollan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

11. El Decreto 10/2025, de 14 de julio de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, establece que la Consellería de Famílies, Benestar Social i Atenció a la Dependència mediante la Dirección General de Atención a la Dependencia y personas con Discapacidad, ejerce sus competencias en materia de atención y soporte a personas con dependencia, personas con discapacidad, personas mayores y otros colectivos en situación de riesgo o vulnerabilidad social (BOIB núm. 91, de 14 de julio de 2025)

12. El Decret 7/2025, d'11 de juliol, de la presidenta de les Illes Balears, de modificació del Decret 8/2023, de 10 de juliol, pel qual es determina la composició del Govern i s'estableix l'estructura de l'Administració de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

13. Decret 8/2025, d'11 de juliol, de la presidenta de les Illes Balears, pel qual es disposa el cessament i el nomenament de membres del Govern de les Illes Balears.

14. Decret 30/2025 de 15 de juliol pel qual es disposa el cessament i nomenament de diversos alts càrrecs de la Conselleria de Famílies, Benestar Social i Atenció a la Dependència, que substitueix el Decret 37/2024 (BOIB núm. 93 de 15 de juliol de 2025)

Dado lo anterior, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar el expediente de ampliación de 40 plazas residenciales concertadas con la entidad Fundación Ignacio Wallis, con NIF núm. G07963655 en la Residència de Mayores Reina Sofía, en la isla de Ibiza, al precio de 88,54 €/día (sin IVA) desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2025 (122 días).

2. Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad Fundación Ignacio Wallis, con NIF núm. G07963655, de 302.452,64 € con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2025, correspondiente al periodo de tiempo comprendido entre el 1 de agosto y el 30 de noviembre de 2025, fecha de finalización del concierto.

Para fijar la cantidad máxima prevista de 302.452,64 € de esta ampliación del concierto se ha tenido en cuenta lo siguiente: se ha multiplicado el precio plaza/día de residencia (88,54 €, sin IVA) para 40 plazas objeto de esta ampliación y por el número total de días desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2025 (122 días). Posteriormente, se ha deducido un 30% en concepto de pago de los usuarios.

3. Esta ampliación del concierto se regirá por las estipulaciones contenidas en su documento de formalización firmado el día 16 de junio de 2018 y por el Pliego general de prescripciones técnicas.

4. Notificar la resolución a la entidad interesada.

Interposición de recurso

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Iles Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

 

Palma, 23 de julio de 205

La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia Sandra Fernández Herranz