Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIO RURAL Y DEPORTES
Núm. 523177
Resolución de aprobación de las bases del concurso de fotografía con título «caza y mundo rural», enmarcado dentro de la feria de caza y mundo rural del año 2025
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Antecedentes
A fecha de hoy la Dirección Insular de Caza está tramitando el procedimiento para contratar el servicio de organización de una feria de caza y el mundo rural, que se llevará a cabo un fin de semana del mes de septiembre del presente año.
Dentro de esta contratación, una de las actividades descritas al Pliego de prescripciones técnicas incluye la exposición i enmarcación de 25 fotografías, a raíz de un concurso de fotografía, así como los premios por valor de 1.000 euros.
Para fomentar y dar a conocer el mundo rural y la caza, se convoca a todas las personas que lo deseen a participar de un concurso fotográfico, siendo necesario elaborar y aprobar unas bases.
El jefe de Servició de caza en fecha 7 de julio de 2025 emite informe propuesta de aprobación de las bases del concurso de fotografía con título «Caza y mundo rural», enmarcado dentro de la Feria de caza y mundo rural del año 2025.
Fundamentos jurídicos
1. Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por Ley Orgánica 1/2007, de 1 de marzo, (BOE n.º 52, de 01/03/2007), que regula, entre otros, las materias que son propias de la comunidad autónoma, incluyendo en su artículo 30.23 la Caza como competencia exclusiva de la comunidad.
2. Decreto 106/2010, de 24 de septiembre, sobre el traspaso a los Consells insulars de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estas instituciones insulares que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de caza y de regulación, vigilancia y aprovechamiento de los recursos cinegéticos, como también de pesca fluvial, establece en su punto B.4 que corresponde al Consell de Mallorca en las materias de las competencias propias las funciones y los servicios inherentes a las cuales se traspasan mediante este Acuerdo y en su respectivo ámbito territorial, el ejercicio de la actividad de fomento, sin perjuicio de la actividad que corresponda a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells Insulars. (BOE n.º 197, de 17 de agosto de 2022). Decreto de la presidencia del Consell Insular de Mallorca, de día 10 de julio de 2023, por el cual se crean los departamentos que tienen que estructurar el gobierno (BOIB n.º 95, de 11 de julio de 2023).
3. Decreto de la presidencia del Consell Insular de Mallorca, de día 12 de julio de 2023, por el cual se crean las direcciones insulares y las secretarías técnicas en que tienen que estructurarse los departamentos (BOIB n.º 97, de 13 de julio de 2023).
4. Decreto de la Presidencia del Consell Insular de Mallorca por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca (BOIB n.º 106 de 29 de julio de 2023).
Viste los hechos y fundamentos de derecho
Resuelvo
Primero: Aprobar las bases para un concurso de fotografía por la feria de «Caza y Mundo Rural» que figuran en el Anexo I.
Segundo: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Consell insular de Mallorca, para su difusión general.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente a recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Conseller/a ejecutivo/a o ante el Consell Executi del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si ha transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante, lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
ANEXO I Bases del Concurso fotográfico de la feria de caza y mundo rural 2025
1. Participantes
Podrán participar en este concurso fotográfico todas las personas físicas que lo deseen, sean profesionales o aficionados, siempre que sus obras se ajusten a las bases. Cada participante podrá participar con dos fotografías.
2. Temática
La temática del concurso es la caza y mundo rural. Se pueden presentar fotografías de especies cinegéticas o que en algún momento han sido cinegéticas en la isla de Mallorca, así como fotografías de acción de caza en cualesquiera de las modalidades. También se pueden presentar fotografías de cualquier tema relacionado con el mundo rural mallorquín, ya sea agricultura, ganadería, estructuras etnológicas, etc.
A la hora de valorar cada fotografía el jurado tendrá en cuenta la relación sinérgica y transversal entre la caza y mundo rural. Esta relación será objeto de puntuación además de los elementos técnicos, (técnica, composición, creatividad, exposición, adecuación al tema) de cada fotografía.
3. Características de las fotografías
1. Las fotografías no he de a ver estado premiadas en otros certámenes o concursos.
2. Las fotografías pueden ser hechas con cualquier técnica fotográfica, analógica o digital.
3. Todas las fotografías presentadas tendrán que estar libres de derechos de terceros. Los/as participantes se responsabilizan totalmente de los derechos de terceros y de cualquier reclamación para derechos de imagen.
4. Las fotografías se tienen que presentar sin ninguna identificación del autor/a, por ejemplo, marca de agua, firma o pseudónimo que pudiera servir para identificar el autor/a.
5. Solo se permite la edición básica de fotografía (recorte y retoques ligeros de luz y color).
6. Las fotografías pueden estar hechas en cualquier lugar del mundo y en cualquier momento.
7. No se permiten fotomontajes.
8. No se admite la manipulación o generación con inteligencia artificial.
El jurado o la organización en caso de duda podrá solicitar el *RAW u original de la fotografía para realizar las comprobaciones necesarias.
4. Forma de presentación y envío/entrega
5. Premios
Se establecen los siguientes premios:
Únicamente podrá ser premiada una fotografía por participante por lo que se refiere a los 5 premios anteriores.
Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior respecto de los premios individuales a la fotografía, habrá adicionalmente un premio especial para el participante que obtenga la mejor puntuación teniendo en cuenta la suma de los puntos de las dos fotografías presentadas (en el caso que se hayan presentado dos fotografías)
Los premios se otorgarán durante la feria de la caza y del mundo rural, según indique el programa.
6. Selección e impresión de las obras para exponer
Ateniéndose a estas bases, criterios artísticos y/o fotográficos el jurado puntuará cada obra. Y las 25 obras con mayor puntuación serán admitidas a la exposición. Estas obras enmarcadas dentro de la medida 30x40cm, impresas y enmarcadas por la organización. Si alguna obra no se ha mandado con la relación 3:4 o 4:3 serán recortadas por un funcionario para poder ser impresas.
En el supuesto de que dentro de las 25 obras con más puntuación coincida que dos obras sean del mismo participante, solo se expondrá la de mayor puntuación. Salvo el caso de la persona que obtenga la mayor puntuación teniendo en cuenta la suma de las dos fotografías presentadas, y además sus dos obras se encuentren entre las 25 mejor puntuadas. En este caso sí que se imprimirán y expondrán las dos fotografías del mismo autor.
En el supuesto de que dos obras obtengan la misma puntuación, tendrá prioridad a ser expuesta la obra del autor que tenga una mayor puntuación de la segunda fotografía presentada. En caso de que siga el empate se tendrá en cuenta la puntuación del miembro del jurado número 1. Si sigue el empate se priorizará la fotografía que fue enviada con más antelación.
7. Exposición de las obras participantes y ganadoras
Las obras estarán expuestas al público al hipódromo de Son Pardo durante la feria de la caza y del mundo rural. Días previos de la feria, se comunicará, mediante correo electrónico o vía telefónica, a los participantes que han sido premiados.
Los autores de las obras que han sido expuestas podrán recoger sus fotografías impresas en las oficinas del Servicio de caza del Consejo de Mallorca (General Riera, 111) entre día 20 de septiembre y el 20 de diciembre de 2025, de lunes a viernes, entre las 9:00 h y las 14:00 h. Si no son recogidas dentro de este plazo de tiempo pasarán a ser propiedad del Consejo de Mallorca.
8. Jurado
El jurado será designado por el departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes a propuesta de la Dirección Insular de Caza entre personas competentes en el arte fotográfico y/o las temáticas propias del concurso entre personas externas a esta Dirección insular. El jurado se reserva el derecho de la interpretación de estas bases para resolver los casos no contemplados, de acuerdo con su mejor criterio.
El jurado otorgará una puntuación por cada fotografía i o tendrá conocimiento en ningún momento de la autoría de las fotografías. La decisión del jurado será inapelable y se hará pública en el marco de la feria de la caza y del mundo Rural al hipódromo de Son Pardo. Podréis consultar el programa de la feria.
9. Observaciones
1. Todas aquellas fotografías que no cumplan alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases quedarán descalificadas.
2. El hecho de participar en este certamen supone que el autor de la fotografía autoriza su exhibición y publicación en cualquier medio.
3. La participación en este certamen implica la total aceptación de estas bases.
4. La organización se reserva el derecho de variar cualquier de los puntos anteriores, si fuera necesario.
5. Todas las obras presentadas podrán ser utilizadas por el Consejo de Mallorca en cualquier medio audiovisual (incluidas redes sociales) con fines culturales, artísticas o publicitarias, citando siempre la autoría y atendiéndose al que disponga la Ley de Propiedad Intelectual.
(Firmado electrónicamente: 17 de julio de 2025
El consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes Pedro Bestard Martínez
El secretario general Antoni Benlloch Ramada)