Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 520580
Adjudicación de puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo A1, categoría de AEDL del Ayuntamiento de Algaida
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Se hace público el Decreto de Alcaldía núm. 2025-0519, de 17 de julio de 2025, por el que se aprueba la adjudicación de los puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo A1, categoría de AEDL del Ayuntamiento de Algaida. A continuación, se transcribe el texto íntegro:
“Antecedentes
1. En fecha 28 de junio de 2022, el Pleno del Ayuntamiento de Algaida acordó encargar al Consell de Mallorca la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Algaida que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y el resto de normativa concordante.
2. En fecha 28 de julio de 2022, el Pleno del Consell de Mallorca acordó aprobar el encargo de gestión del Ayuntamiento de Algaida a favor del Consell de Mallorca, relativo a la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal de ayuntamientos y otras entidades locales de Mallorca establecidos por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y normativa concordante, derivado de la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, aprobada por este Ayuntamiento mediante Decreto de Alcaldía núm. 2022-0114, de fecha 24 de mayo de 2022, y publicada en el BOIB núm. 69, de 28 de mayo de 2022.
3. En el BOIB núm. 119, de 10 de septiembre de 2022, se publicó el Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Algaida, para la convocatoria y gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal.
4. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías o especialidades del subgrupo A1 del Ayuntamiento de Algaida, entre otras.En dicha Resolución se convocó una plaza de AEDL del Ayuntamiento de Algaida.
5. En fecha 26 de junio de 2025, se publicó el acuerdo del Tribunal calificador por el que se aprueba la lista definitiva de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo A1, derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Algaida, Manacor, Pollença y Mancomunitat des Pla, así como la oferta de puestos.
6. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 10 de julio de 2025 (BOIB núm. 92, de 15 de julio de 2025), se aprobó la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo A1, derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Algaida (AEDL agente de empleo y desarrollo local), Manacor (técnico/a de deportes), Pollença (profesor/a de violín) y Mancomunitat des Pla (psicólogo/a), y la asignación de los puestos de trabajo.
7. De acuerdo con el punto 13 de las bases específicas del procedimiento, el plazo para la firma del contrato se inicia al día siguiente de la publicación en el BOIB de la resolución de adjudicación de los puestos de trabajo a las personas que han superado el proceso selectivo y que formalizarán el contrato como personal laboral fijo, y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 37 del Decreto 27/1994.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
5. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
6. El artículo 4 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Adjudicar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo indicado en el Anexo de esta Resolución, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición.
2. Contratar como personal laboral fijo, en la categoría de AEDL del Ayuntamiento de Algaida (subgrupo A1), a las personas aspirantes que han superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para la convocatoria de esta plaza, de acuerdo con lo indicado en el Anexo de esta Resolución.
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears a los efectos oportunos. La firma del contrato de los puestos adjudicados deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOIB.
Antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público de las comprendidas en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. En caso de ejercer alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararla en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
Interposición de recurso
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que este haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime más conveniente a su derecho.”
Algaida, en la fecha de la firma electrónica (22 de julio de 2025)
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom
ANEXO Adjudicación de puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso-oposición del subgrupo A1, categoría AEDL del Ayuntamiento de Algaida
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Apellidos y nombre |
Nombre del puesto |
Unidad |
Subgrupo |
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MULET BALLESTER, SALVADOR |
Agente de empleo y desarrollo local (AEDL) |
Área de Promoción Social |
A1 |