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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 519960
Notificación de Resolución de aceptación de renuncia y revocación de concesión a los beneficiarios de las ayudas, exp. 13, de fecha 21 de julio de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023, por la que se convocan subvenciones para el fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, para el año 2023

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Texto

El apartado 8.3. de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de marzo de 2023 por la que se convocan, subvenciones para el fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, correspondientes al año 2023, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su solicitud el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 21 de julio de 2025, firmó la siguiente resolución

"INFORME - PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA Y REVOCACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC)

Compromisos de conservación de recursos genéticos

Intervención 66051_02

SIGC.: Fomento de razas autóctonas en peligro de extinción

Documento: resolución

Código SIA: 3004215

Emisor (DIR3): A04026954

Código BDNS: 687702

Antecedentes

1.En fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. En fecha 15 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 48, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2023.

3. En fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB nº. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé ayudas que prevén las intervenciones al desarrollo rural.

4. Con fecha 30 de junio de 2023, se han recibido un total de 299 solicitudes por la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.

5. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

6. Con fecha 20 de marzo de 2024, el vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, dictó Resolución de concesión de ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2023, que se publicó en el BOIB núm. 48, de 11 de abril de 2024, en el que figura una concesión a favor del solicitante que aparece en el anexo I adjunto, y que se JAIME ESTANCIAS SIQUIER con NIF ***0571** y número de expediente 04001587 para la campaña 2023.

7. En fecha 11 de abril de 2025, el beneficiario JAIME ESTADES SIQUIER, con número de expediente 04002216 para la campaña 2024, y NIF ***0571**, presenta como alegación, con código 21456 la renuncia de la ayuda concedida lo que supone llevar a cabo.

8. En fecha 30 de abril de 2025 el vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, dictó Resolución de revocación de ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2024, que se publicó en el BOIB núm, 61 de 15 de mayo de 20 2024 al beneficiario JAIME ESTANCIAS SIQUIER con NIF ***0571** y número de expediente 04002216.

9. Ante todo esto, se propone aceptar la renuncia y la revocación total de la concesión de la ayuda tal y como se indica en el anexo I adjunto en esta resolución.

Fundamentos de derecho

1. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023 y publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones2 para2

2. Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el período 2023-2027 de las ayudas destinadas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BO2 de 1 de abril.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  • El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece la obligación de la Administración a dictar resolución expresa ya notificarla en su párrafo segundo especifica que «En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y normas aplicables».

4. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

  • El artículo 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, dispone que “Cata la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o compromisos contraídos a la concesión de la revocación de la subvención, queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente»

Informe y propuesta de resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Aceptar la renuncia a las ayudas concedidas por Resolución del vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA de día 20 de marzo de 2024, publicada en el BOIB núm. 48, de 11 de abril de 2024, presentada por el beneficiario detallado en el anexo I adjunto, que se JAIME ESTANCIAS SIQUIER.

2. Revocar las ayudas concedidas en la resolución del vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA de 20 de marzo de 2024, correspondiente a la persona interesada señalada y por el importe indicado en el anexo I de esta resolución.

3. Declarar concluido el procedimiento y archivar el expediente.

4. Notificar esta Resolución a las personas interesadas.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 1 comunidad de 1 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El jefe de Sección XVI del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural

Antonio Barceló Avila

*Por vacante de la jefa de Sección II de Ayudas para el Desarrollo Rural

(BOIB núm. 94 de 15 de julio de 2021)

 

Conforme con el informe, se propone

La jefa del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural

Gema Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente en materia agrária del FOGAIBA

Fernando Fernández Such»

 

 

ANEXO I IMPORTE A REVOCAR

NOMBRE

NIF

EXPEDIENTE

NOTIFICACIÓN  DE LA CONCESIÓN

IMPORTE ANUAL CONCEDIDO(€)

IMPORTE A REVOCAR (€)

ANUALIDAD 2023, 2024

IMPORTE TOTAL DE LAS ANUALIDADES 2025, 2026, 2027

FEADER (54,00%)

MAPA (10,80 %)

CAIB (35,20 %)

100 % CAIB

JAIME ESTADES SIQUIER

***0571**

13

BOIB núm. 48, d'11 d'abril de 2024

600,00 €

324,00 €

64,80 €

211,20 €

600,00 €

 

 

 

 

 

648,00 €

129,60 €

2.222,40 €

 

 

 

 

 

3.000,00 €

 

Palma, en fecha de firma digital (23 de julio de 2025)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni