Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Núm. 518440
Resolución de la convocatoria de subvenciones 2025 para la digitalización de las fichas catalográficas de los objetos que forman parte de los museos y colecciones museográficas mediante el programa informático MuseumPlus
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BDNS: 820531
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio ha dictado el 17 de julio de 2025 la siguiente resolución:
1. Conceder, en el marco de la convocatoria de subvenciones 2025 para la digitalización de las fichas catalográficas de los objetos que forman parte de los museos y colecciones museográficas mediante el programa informático MuseumPlus, la cantidad total de 21.121,25 € a favor de las entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla siguiente:
|
Exp. |
Beneficiario |
NIF |
Línea |
Presupuesto subvencionable |
Importe subvención |
|
1243003T |
Fundació Jardí Botànic de Sóller-Museu Balear de Ciències Naturals |
G07829377 |
2 |
5.000,00 |
2.500,00 |
|
1250121E |
Ajuntament de Sa Pobla |
P0704400A |
1 |
3.630,00 |
3.630,00 |
|
1251048R |
Ajuntament de Montuïri |
P0703800C |
1 |
5.000,00 |
5.000,00 |
|
1251469C |
Fundación Yannick y Ben Jakober |
G07637671 |
2 |
3.000,00 |
2.500,00 |
|
1252201T |
Ajuntament d'Inca |
P0702700F |
1 |
3.000,00 |
3.000,00 |
|
1252380R |
Ajuntament de Sant Llorenç des Cardassar |
P0705100F |
1 |
4.491,25 |
4.491,25 |
2. Disponer su gasto a favor del Ayuntamiento de Inca, el Ayuntamiento de Montuïri y del Ayuntamiento de Sa Pobla, el Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar por los importes que se indican en la tabla anterior, con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33210 46202 del ejercicio 2026.
Disponer su gasto a favor de Fundación Yannick y Ben Jakober y la Fundación Jardín Botánico de Sóller-Museo Balear de Ciencias Naturales por los importes que se indican en la tabla anterior, con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33210 48903 del ejercicio 2026.
No obstante lo anterior, al tratarse de una convocatoria de gasto anticipado, éste queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario al que se imputa el gasto (2026).
3. Anular la autorización de gasto (A) del ejercicio 2026 con núm. de operación 220259000124, por el importe de 3.878,75 €, como remanente resultante de la diferencia entre la cantidad de la dotación presupuestaria autorizada por la línea 1 de esta convocatoria y el importe dispuesto.
4. Revertir en la aplicación presupuestaria 20 33210 46202 el importe mencionado en el punto anterior.
5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín oficial de les Illes Balears y trasladar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica (21 de julio de 2025)
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante