Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 518329
Decreto del presidente del Consejo Insular de Menorca n.º 107/2025, de 18 de julio, relativo a la suspensión de las reuniones de los órganos colegiados durante el mes de agosto de 2025 (exp. 03146-2025-000004)
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El arte. 113, apartado primero, del Reglamento orgánico del Consejo Insular prevé que, a pesar de que el Pleno tendrá sesiones ordinarias, como mínimo con carácter mensual, este último órgano podrá habilitar la presidencia para suspender la realización de la sesión ordinaria correspondiente durante el periodo de vacaciones, siempre que no menoscabe la gestión de los asuntos insulares.
Dado que en el acuerdo del Pleno de 31 de julio de 2023, por el cual se establece la periodicidad, el día y la hora de las reuniones ordinarias del Pleno, se habilita expresamente la presidencia para que pueda suspender las sesiones ordinarias en periodo de vacaciones en los términos previstos en el Reglamento orgánico;
Considerando, finalmente, que el artículo 111.3 del mencionado Reglamento orgánico establece la aplicación supletoria de las normas que regulan el funcionamiento y el régimen de sesiones del Pleno al resto de órganos colegiados del CIM;
RESUELVO
Primero. Suspender las reuniones ordinarias de los órganos colegiados del Consejo Insular de Menorca durante el mes de agosto, excepto la reunión del Consejo Ejecutivo correspondiente al día 4 de agosto de 2025. Sin perjuicio que se puedan reunir en el supuesto de que se requiera la buena gestión de las competencias insulares.
Segundo. Publicar esta resolución en el BOIB, en el tablón de edictos de la corporación y comunicarla a los interesados, sin perjuicio que tenga efectos desde la fecha de su adopción.
Maó, 21 de julio de 2025
Por delegación del presidente La secretaria Rosa Salord Oleo (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023)