Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 517399
Bases del XXV Premio Alexandre Ballester de Ensayo 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 845058

1. Objeto y finalidad

El Ayuntamiento de sa Pobla establece el XXV Premio Alexandre Ballester (2025) con el objetivo de fomentar la investigación en las ciencias humanas y sociales. Se convoca en la modalidad de ensayo. Se aceptan monografías que traten la cultura de las Islas Baleares desde las más diversas disciplinas.

2. Beneficiarios

Pueden participar al Premio todas las personas que estén al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de sa Pobla y con la AEAT, así como de las obligaciones con la TGSS, y no estén sometidas a ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo y que cumplan con el resto de requisitos formales y materiales previstos en esta convocatoria y la normativa de subvenciones aplicable, así como en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de sa Pobla (BOIB n.º 77 de fecha 11/06/2019).

3. Dotación económica y edición de la obra premiada

Se establece un premio de 800 euros y la publicación del trabajo ganador. La dotación económica del premio irá por anticipado de los derechos de autoría. La obra premiada será editada por Lleonard Muntaner, Editor a la colección Panorama de las Islas Baleares.

4. Naturaleza del premio

Los premios de esta convocatoria son de carácter voluntario y eventual y anulables, revocables y reintegrables en todo momento por las causas previstas en la ley o en estas bases.

5. Crédito presupuestario

Durante el ejercicio presupuestario 2025, se destina la cantidad de 800 € euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 48000.01.

6. Régimen de concesión

El procedimiento de concesión de la subvención previsto en estas bases se hace mediante concurrencia competitiva de todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos.

7. Características de las obras presentadas

Las abres aspirantes al XXV Premio Alexandre Ballester de Ensayo (2025) tienen que ser escritas en lengua catalana y hace falta que sean originales e inéditas. Cada participante podrá concursar con un máximo de una sola obra.

Los trabajos tendrán que tener, como máximo, una extensión de 35 folios de texto más 12 fotografías en blanco y negro reunidas en un apéndice final. Las obras tendrán que presentarse en formato DIN A4, mecanoscrites a espacio 1,5 y por una sola cara, en tipo Times New Roman o pareciendo, de cuerpo doce. Se tiene que enviar la obra en apoyo digital, realizada con software, o en formato usual, como por ejemplo Word, OpenOffice o PDF. En la primera página solo se consignará el título de la obra, nada más.

8. Tramitación

A. Solicitudes

El Ayuntamiento de sa Pobla facilitará un modelo único de solicitud para participar en este premio, que se adjunta como anexo Y de la presente convocatoria. Para cualquier información o apoyo en la tramitación y seguimiento de las solicitudes hay que dirigirse a las dependencias del Ayuntamiento situadas en la plaza de la Constitución, 1, 07420, sa Pobla (Islas Baleares).

B. Presentación

Las solicitudes tienen que ir dirigidas al alcalde presidente del Ayuntamiento de sa Pobla y se tienen que presentar en el Registro General del Ayuntamiento: Ayuntamiento de sa Pobla, plaza de la Constitución, 1, 07420, sa Pobla (Islas Baleares), o a través de la administración electrónica.

Así mismo se pueden presentar por cualquier de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Una vez presentada al Premio, no se podrá retirar ninguna obra para hacer correcciones, ampliaciones o para renunciar al concurso.

C. Plazo

El plazo para presentar las solicitudes empezará el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB y finalizará día 31 de octubre de 2025. No se puede presentar ningún modelo de solicitud de subvención fuera del plazo establecido.

Si la solicitud no reúne los datos de identificación solicitadas, o algunos de los requisitos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, se tiene que requerir la persona solicitante de acuerdo con el que establece el artículo 68 de la ley mencionada porque, en un plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si no lo hace así, se tendrá por desistida la petición, con una resolución exprés previa.

9. Documentación

La documentación que se tiene que presentar es la siguiente:

A. Modelo de solicitud facilitado en el presente anexo I.

B. Fotocopia del DNI.

C. El original en apoyo digital, realizado con software ―o en formato― usual, como por ejemplo Word, OpenOffice o PDF. En la primera página solo se consignará el título de la obra, nada más.

D. Un sobre, con el título de la obra al exterior, que contendrá los datos de la autoría: título de la obra, nombre y linajes, dirección postal, dirige electrónica y teléfono.

En caso de presentación telemática, un fichero, denominado “Datos”, que contendrá los datos mencionados en este mismo punto.

10. Jurado

Se constituirá un jurado integrado por una persona en representación de la empresa editora; dos personas más de reconocido prestigio dentro del ámbito de la cultura de habla catalana; otra en representación de la concejalía de Cultura del Ayuntamiento de sa Pobla, que ejercerá la presidencia del jurado, con voz y sin voto; y otra que hará las funciones de secretaría, con voz y sin voto.

El jurado solo tendrá acceso a los textos de los originales. Cuando se haya adoptado la decisión de cuál es la obra ganadora se tendrá acceso, exclusivamente, a la información sobre la autoría de la obra premiada, para preservar el anonimato de los otros participantes al concurso.

El veredicto del jurado se hará público el último viernes hábil del mes de noviembre, día 28 de noviembre de 2025. El jurado podrá declarar desierto el premio, pero en ningún caso no podrá otorgarlo de manera compartida. El jurado podrá recomendar las publicaciones que crea oportunas de las obras finalistas y resolverá todos aquellos aspectos que no prevean estas bases. El veredicto del jurado será inapelable.

11. Aceptación de estas bases

La participación en el XXV Premio Alexandre Ballester de Ensayo (2025) supone la total aceptación de estas bases.

Disposición final

El premio objeto de esta convocatoria se rige por el que dispone la Ley 39/15, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común; por la Ley 38/2003, general de subvenciones; por la normativa de régimen local que esté de aplicación y teniendo en cuenta la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares; por las bases de ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de sa Pobla correspondientes al ejercicio 2025, por la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de sa Pobla (BOIB n.º 77 de 11/06/2019) y por el resto de normativa que legalmente pueda ser de aplicación.

Sa Pobla, documento firmado electrónicamente (22 de julio de 2025) El alcalde Biel Ferragut Mir