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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 515897
Resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad por la que se rectifica el error material detectado en la resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad de 25 de junio de 2025, por la que se aprueba la tarifa de referencia de la isla de Mallorca del servicio de transporte de viajeros en taxi

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Texto

Hechos

1. El 25 de junio de 2025, el consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad aprobó, mediante resolución, la tarifa de referencia de la isla de Mallorca del servicio de transporte de viajeros en taxi —BOIB nº. 83, de 28 de junio.

2. Posteriormente, se ha detectado que por un error material no se incluyeron los parámetros de programación en la resolución anteriormente mencionada, tal como exige la normativa de metrología.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición. Asimismo, la rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error material existente en la resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad de 25 de junio de 2025, por la que se aprueba la tarifa de referencia de la isla de Mallorca del servicio de transporte de viajeros en taxi, en el sentido de añadirle, como punto 3, los parámetros de programación que por un error material no se incluyeron en la misma.

2. Los parámetros de programación que deberán incluirse, como punto 3, en la resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad de 25 de junio de 2025, por la que se aprueba la tarifa de referencia de la isla de Mallorca del servicio de transporte de viajeros en taxi, son los siguientes:

Parámetros de programación:

— Tarifa 1

  • Valor del salto: 0,05 €
  • Metros por salto: 41,67 metros
  • Segundos por salto: 9,28 segundos
  • Velocidad límite: 16,17 km/h

— Tarifa 2

  • Valor del salto: 0,05 €
  • Metros por salto: 37,04 metros
  • Segundos por salto: 8,41 segundos
  • Velocidad límite: 15,85 km/h
 

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de julio de 2025)

El consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad José Luis Mateo Hernández