Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 515097
Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubes deportivos de las Illes Balears, año 2025 (BOIB Núm. 67, 27 de mayo de 2025)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Las entidades que figuran en el anexo 1 de esta resolución han presentado a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para apoyar la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubes deportivos de las Illes Balears para el año 2025.

2. Las entidades solicitantes por su naturaleza pueden ser beneficiarias de subvenciones, han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria y están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración tributaria, tanto la estatal como la autonómica.

3. En fecha 27 de junio de 2025 la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 10 de la convocatoria y emitir el informe que debe servir de base al Director General de Deportes para dictar la propuesta de resolución.

4. La Propuesta de resolución del Director General de Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubes deportivos de las Illes Balears, año 2025 a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado, fue publicada en la página web de la Dirección General de Deportes día 30 de junio de 2025. (https://www.caib.es/seucaib/ca/201/empreses/tramites/tramite/6344461)

5. Las entidades beneficiarias han dispuesto de 10 días hábiles para presentar alegaciones, así como comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta.

6. Todos los beneficiarios que figuran en el anexo 1 aceptaron la subvención en el plazo hábil de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del Director General de Deportes.

7. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 12301.461A01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prorrogados para el año 2025.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. Orden de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).

3. Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubes deportivos de las Illes Balears, año 2025 (BOIB Núm. 67, 27 de mayo de 2025).

4. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Aprobar la concesión de una subvención para las personas que figuran en el Anexo 1 de esta resolución por el importe individual indicado.

2. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 12301.461A01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prorrogados para el año 2025, para las personas que figuran en el Anexo 1 de esta Resolución por el importe individual indicado.

3. Establecer el pago de la subvención que se tramitará, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria, a partir de la presentación de los documentos justificativos de haber efectuado las actuaciones.

4. Las entidades deben presentar la documentación justificativa descrita en la base 11 de la convocatoria en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización de la ejecución de las actuaciones objeto de subvención o, en el supuesto de que las actuaciones a subvencionar ya se hubieran ejecutado en el momento de otorgarse la subvención, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de la resolución de concesión de la subvención solicitada.

5. El periodo al que se concreta la actividad subvencionada es el comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 15 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

6. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en la base 14 del anexo 1 de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 22 de mayo de 2025.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su aprobación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (17 de julio de 2025)

El director general Joan Antoni Ramonell Miralles Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2023)

 

ANEXO 1 BENEFICIARIOS CONCEDIDOS

Nº Expediente

Solicitante

NIF

Importe total del proyecto

Importe solicitado

Importe proyecto aceptado

Importe concedido

ESTA2025-01

Real Club Escuela equitación Mallorca

G07036908

28.850,00 €

20.000,00 €

28.850,00 €

15.000,00 €

ESTA2025-02

Federació de pàdel de les Illes Balears

G57757528

3.132,32 €

3.132,32 €

3.132,32 €

3.132,32 €

ESTA2025-03

Club Mega Escacs Calvià - EBA

G57382871

2.000,00 €

1.700,00 €

1.700,00 €

1.700,00 €