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AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 509835
Extracto de las bases de la convocatoria de subvenciones para fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios del municipio de felanitx, año 2025 (código: sub16)
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De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Código BDNS 846934.
1.- Objeto
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de subvenciones, dentro de los límites presupuestarios previstos, para fomentar la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas comerciales minoristas y determinadas empresas de servicios del municipio de Felanitx.
La convocatoria tiene como objetivo otorgar ayudas destinadas a impulsar la modernización y mejora del comercio minorista y de determinadas empresas de servicios del municipio de Felanitx.
Con esta línea de ayudas, el Ayuntamiento de Felanitx quiere apoyar al pequeño comercio ya las empresas de servicios que, debido a la incertidumbre económica actual y al aumento generalizado de los costes, necesitan un impulso para adaptarse a las nuevas exigencias del mercado, tanto en lo que se refiere a la modernización tecnológica como a la mejora de sus establecimientos.
Esta convocatoria se dirige especialmente a los trabajadores y trabajadoras autónomos ya las microempresas del sector comercial y de servicios, con el objetivo de contribuir a su consolidación y transformación, minimizando el impacto económico de las recientes crisis y facilitando la transición hacia modelos de negocio más eficientes y adaptados a las nuevas necesidades de los consumidores.
El Ayuntamiento considera prioritaria la reactivación económica del municipio y apuesta por iniciativas que favorezcan la innovación, la calidad del servicio y la mejora de la experiencia de compra, entendiendo que el comercio de proximidad es uno de los pilares fundamentales de la vida social y económica de Felanitx.
2.- Finalidad de las subvenciones
De acuerdo con las previsiones del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año, estas subvenciones tendrán que fomentar proyectos/actividades de interés público o social que tengan por finalidad:
El sostenimiento de comercios calificados como “emblemáticos” mediante la promoción del desarrollo empresarial.
3.- Periodo de ejecución
Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases, deberán destinarse a financiar proyectos o actividades desarrolladas durante el período del 1 de enero del ejercicio 2025 al 15 de octubre de 2025.
4.- Requisitos de los beneficiarios/arias y forma de acreditarlos
1. Pueden ser beneficiarias de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque carezcan de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.
2. Estos beneficiarios deben tener la consideración de autónomo o, en caso de empresas, estar dado de alta en el censo empresarial como microempresa y/o pequeña y mediana empresa (definida en esta convocatoria como aquella con una plantilla de 10 trabajadores o trabajadoras como máximo y con una facturación anual inferior a 1.000.000,00 €). autónomos o titulares (o ambas cosas) de pequeñas empresas del sector del comercio minorista o de determinadas empresas de servicios, con establecimiento físico en el territorio del municipio de Felanitx ya existente, que lleven a cabo venta presencial, con sede social en las Islas Baleares.
3. En caso de que un establecimiento tenga más de un titular, sólo se podrá realizar una única solicitud por establecimiento. También debe presentarse una única solicitud por beneficiario en el supuesto de que éste sea titular de más de un establecimiento.
4. Las personas físicas o entidades que soliciten estas ayudas tienen que ejercer, en el momento de la publicación de la convocatoria de la subvención, alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas —IAE—, que se detallan en el Anexo V. En caso de que el solicitante sea titular de varios establecimientos de cada establecimiento en el que se ha de reunir cada establecimiento.
Requisitos
1. Estar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente previamente a la solicitud de la subvención.
2. Las personas jurídicas privadas, estar legalmente constituidas, gozar de capacidad jurídica y de obrar y estar inscritas en el Registro que les corresponda.
3. Tener actividad empresarial dentro del término (licencia de apertura y actividades en el municipio de Felanitx), y constar en el alta del IAE correspondiente (e incluido en el Anexo V).
4. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con el Ayuntamiento de Felanitx y no encontrarse incluido en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o en ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.
La solicitud de la subvención comportará la autorización para que la el Ayuntamiento de Felanitx pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, siempre que se dé el consentimiento expreso mediante el anexo III. En el caso de denegación expresa del consentimiento, el solicitante debe aportar los certificados correspondientes, junto
6. No concurrir en ninguna de las prestaciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Además, los solicitantes no pueden haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias firmes en los últimos tres años porque hayan ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con lo que establece el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de 28 de julio resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el período estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.
7. Disponer de una memoria descriptiva de su proyecto de acuerdo con el modelo contemplado en el Anexo II.
5.- Documentación a aportar
1. Modelo normalizado de solicitud y declaración responsable firmado, que figura como Anexo I de esta resolución y que está disponible en:https://www.felantix.org
De acuerdo con lo que dispone el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, el interesado, con la solicitud, autoriza al AYUNTAMIENTO DE FELANITX para que pueda consultar los datos de identidad del solicitante y su situación en cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, siempre que se dé el consentimiento exprésel anexo III.
2. Modelo normalizado de memoria explicativa del proyecto que debe llevarse a cabo, que figura como anexo II de esta Resolución. Este modelo está disponible en:https://www.felantix.org
3. Aportación de los presupuestos o las facturas proforma. En el caso de proyectos o gastos realizados con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, pero incluidos dentro del período de elegibilidad, deben presentarse las facturas.
4. En el caso de empresas, debe presentarse también la siguiente documentación:
5. Documentación acreditativa y necesaria para valorar la solicitud, según los criterios de valoración que se detallan en el apartado noveno de esta convocatoria.
6. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde el solicitante desea percibir la subvención.
7. El Ayuntamiento de Felanitx, en cualquier momento, puede solicitar a los interesados la documentación y la información complementaria que considere necesarias para resolver el expediente.
6.-Plazo y forma de presentación de las solicitudes
La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y aceptación de las normas que la regulan, pero no presupone la concesión automática de la subvención, que se resolverá una vez estudiada la propuesta de actividad y valorada en función de los criterios generales de estas normas.
Términos:
Las entidades solicitantes podrán presentar las peticiones en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación del anuncio del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Forma:
Mediante el siguiente trámite, disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Felanitx:
Sede Electrónica: https://ajfelanitx.eadministracio.cat/
Trámite: SUB16 -Subvenciones modernización empresas
(Firmado electrónicamente: 18 de julio de 2025
La alcaldesa Catalina Soler Torres)