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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 509550
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se cesa y nombra a los miembros de reconocido prestigio del Consejo Escolar de las Illes Balears

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Texto

Hechos y consideraciones jurídicas

1. El texto refundido de la Ley de Consejos Escolares de las Illes Balears, aprobado por Decreto Legislativo 112/2001, de 7 de septiembre, modificado por la Ley 15/2009, de 29 de marzo, establece la composición del Consejo Escolar de las Illes Balears.

2. El artículo 9.1 del texto refundido, en la redacción dada por el apartado 7 del artículo único, de la Ley 15/2019, de 29 de marzo, establece una nueva redacción y determina los integrantes del Consejo Escolar de las Illes Balears.

3. El artículo 9.1.m) de la Ley 15/2019 establece que las dos personalidades de prestigio reconocido en el campo de la educación serán cooptadas por el pleno del Consejo Escolar de las Illes Balears.

4. El artículo 9.3 del mencionado texto refundido dispone que los vocales del Consejo Escolar de las Illes Balears tienen que ser nombrados, por resolución del consejero de Educación y Universidad, de acuerdo con las propuestas formuladas por los grupos correspondientes en los plazos que reglamentariamente se determinen.

5. El artículo 10.b) del texto refundido de la ley de Consejos Escolares de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 112/2001, dispone que uno de los motivos de cese en los cargos de los vocales es la finalización del plazo de su nombramiento.

6. Día 26 de junio de 2025 el Pleno del Consejo Escolar de las Illes Balears reeligió por consenso a los dos mismos candidatos que hasta el momento formaban parte como representantes del grupo m.

7. La presidenta del Consejo Escolar de las Illes Balears ha formulado la propuesta de nombramiento mediante el escrito del día 4 de julio de 2025, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.o) del Reglamento.

8. De acuerdo con lo que dispone el artículo 10.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears, los consejeros del CEIB son nombrados y destituidos por el consejero competente en materia de educación y se considera que toman posesión de su cargo con la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Cesar como miembros de reconocido prestigio (grupo m) del Consejo Escolar de las Illes Balears a las siguientes personas:

Titular: Sr. Bernat Josep Alemany Ramis 

Titular: Sr. José Ignacio Monge Ganuzas

2. Nombrar nuevamente por un periodo de cuatro años, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto legislativo 112/2001, miembros de reconocido prestigio (grupo m) del Consejo Escolar de las Illes Balears a las siguientes personas:

Titular: Sr. Bernat Josep Alemany Ramis 

Titular: Sr. José Ignacio Monge Ganuzas

3. Disponer que esta resolución tenga efecto el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

(Firmado electrónicamente: 17 de julio de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany