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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 506903
Notificación de Resolución de aceptación de renuncia y revocación total a los beneficiarios de las ayudas, INEA2021_1-133, de 10 de julio de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 17 de diciembre de 2021 por la que se convocan subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, para el año 2021

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 17 de diciembre de 2021 por la que se convocan, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, correspondiente al año 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 10 de julio de 2025, firmará la siguiente resolución.

«Informe, Propuesta y Resolución de aceptación de renuncia y revocación total Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1 Inversiones en las explotaciones agrarias

CONVOCATORIA: INEA 2021_1

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 2773119

Código BDNS: 601315

Expte. núm.: INEA2021_1/133

Antecedentes

1. En fecha de 21 de diciembre de 2021 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 174, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias para el año 2021.

2. El 12 de abril de 2024, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 52, del 20 de abril de 2024, en la que se figuraba una concesión de 36.952,91.-€

3. Dada la Resolución de concesión de la citada ayuda, y de acuerdo con lo establecido en el apartado undécimo de la convocatoria antes mencionada, el beneficiario se obliga, entre otros, a realizar las actuaciones auxiliadas dentro del plazo establecido ya justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en la forma y plazos determinados en la convocatoria.

4. Dentro del plazo legalmente establecido para la justificación de las inversiones aprobadas, el 04/07/2025 con registro GOIBE470426 el interesado presenta la solicitud de renuncia por motivos de inviabilidad del proyecto.

5. El artículo 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, dispone que “Procede la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionado a la concesión de revocación de la subvención, queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente”.

6. Ante todo esto, se propone realizar la revocación total.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.

2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Aceptar la renuncia de la ayuda concedida a ANDREA REYES DELGADO con NIF ***9139**.

2.  Revocar totalmente la ayuda concedida a ANDREA REYES DELGADO con NIF ***9139** (exp.: INEA2021_1/133), por un importe de 36.952,91.-€.

3. Finalizar el procedimiento y archivar el expediente INEA2021_1/133 4. Notificar esta resolución a la persona interesada, mediante la publicación en Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de resursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de las Comunidades Autónomas y de 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El jefe de sección de Ayudas al Desarrollo Rural

La jefa de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Antonio Barceló Ávila

Gemma Canós Franch

 

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente en materia agrária del FOGAIBA

Fernando Fernández Such»

 

ANEXO  IMPORTE A REVOCAR Medida 4.1 Inversiones en las explotaciones agrárias

 

FEADER

AGE

CAIB

Anualitat

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe a revocar

 

 

 

 

ANDREA REYES DELGADO

***9139**

INEA2021_1/133

36.952,91.-€

36.952,91.-€

19.585,04

5.210,36

12.157,51

2022

 

 

1

36.952,91.-€

36.952,91.-€

 

 

 

 

 

 

Nº BENEFICIARIOS

TOTAL AYUDA

 

 

 

 

 

 

Palma, en fecha de firma digital (17 de julio de 2025)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni