Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 506189
Modificación de las bases de las convocatorias de Policia Local de una plaza de Mayor (BOIB, núm 53 de 29/04/2025), de una plaza de Inspector/a en las dos variantes, promoción interna y externa (BOIB n.º 66 de 24/05/2025 y BOIB n.º 69 de 31/05/2025), de una plaza de Subinspector/a y de ocho plazas de Oficial, (ambas BOIB n.º 66 de fecha 24/05/2025) en cuanto a la letra c) de la base “Segunda. Requisitos de los aspirantes"
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Hechos
1. En el BOIB n.º 53 de fecha 29/04/2025 se publicaron la convocatoria concurso oposición por el sistema de promoción externa para cubrir una plaza de la categoría de Mayor de policía local, correspondiendo a la oferta pública de empleo del año 2022.
2. En el BOIB n.º 66 de fecha 24/05/2025 se publicaron la convocatoria concurso oposición por el sistema de promoción interna para cubrir ocho plazas vacantes de la categoría de Oficial, una plaza de Subinspector/a y una plaza de Inspector/a, de la Policía Local de Calvià, correspondiendo a la oferta pública de empleo del año 2024.
3. En el BOIB n.º 69 de fecha 31/05/2025 se publicó la convocatoria concurso oposición por el sistema de promoción externa para cubrir una plaza de la categoría de inspector/a de policía local.
4. Contra las convocatorias de Mayor e Inspector/a, en las dos variantes, promoción interna y externa, se presentaron recursos de reposición en impugnación del requisito para participar, de tener la condición de funcionario de carrera de la Policía Local en la categoría desde la que se quiere promocionar, contando como tal con una antigüedad mínima de dos años en la referida plaza.
5. Los recursos de reposición interpuestos contra las convocatorias s´han estimado por esta administración mediante Decretos de Alcaldía de fecha 14/07/2025, en aplicación de la doctrina del TJUE que interpreta la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al el Acuerdo marco de la CES, la UNICE y lo CEEP sobre el trabajo de duración determinada, la cual ha declarado discriminatoria no valorar el tiempo que un funcionario de carrera que quiere promocionar, ha prestado servicios como interino, al no haber ninguna razón objetiva que justifique la diferencia de trato.
6. Consecuencia del anterior, se procede a modificar las bases de le convocatorias la plaza de Mayor (BOIB, núm 53 de 29/04/2025) y las convocatorias de Inspector/a en las dos variantes, promoción interna y externa (BOIB n.º 66 de 24/05/2025 y BOIB n.º 69 de 31/05/2025).
7. También se procede a modificar las bases de la convocatoria de una plaza de Subinspector/a y las bases de la convocatoria de ocho plazas de Oficial, (ambas BOIB n.º 66 de fecha 24/05/2025), de conformidad con el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP, sin que sea preciso acudir a los sistemas de revisión dado que las convocatorias publicadas no atribuyen derechos o facultados miedo sí mismas, como ha concluido el Tribunal Supremo, sino que el derecho se adquiere después de la convocatoria de la oposición y solo una vez que se aprueba la lista definitiva de admitidos.
En virtud del que establece el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, esta batlia dispone la siguient
Resolución
1. Modificar la letra c) de la base “SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes” de la convocatoria para cubrir una plaza de la categoría de Mayor de la policía local por promoción externa (BOIB, núm 53, de 29/04/2025) que queda redactado de la siguiente forma:
“c) Tener la condición de personal funcionario de carrera en alguno de los cuerpos de policía local de las Islas Baleares y la antigüedad que se especifica a continuación, en la categoría de origen:
2. Modificar la letra c) de la base “SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes” de las bases de la convocatoria para cubrir una plaza de la categoría de Inspector/a de la policía local por promoción interna (BOIB, núm 66, de 24/05/2025) que queda redactada de la siguiente forma:
“c) Tener la condición de personal funcionario de carrera en el cuerpo de la Policía Local de Calvià y una antigüedad de dos años en la categoría de subinspector.”
3. Modificar la letra c) de la base “SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes” de las bases de la convocatoria para cubrir una plaza de la categoría de Inspector/a de la policía local y por promoción externa (BOIB, núm 69, de 31/05/2025) de la policía local que queda redactado de la siguiente forma:
“c) Tener la condición de personal funcionario de carrera en alguno de los cuerpos de policía local de las Islas Baleares y la antigüedad que se especifica a continuación, en la categoría de origen:
4. Modificar la letra c) de la base “SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes” de las bases de la convocatoria para cubrir una plaza de la categoría de Subinspector/a de la policía local por promoción interna (BOIB, núm 66, de 24/05/2025) que queda redactada de la siguiente forma:
“c) Tener la condición de funcionario de carrera en el cuerpo de la Policía Local de Calvià y una antigüedad de dos años en la categoría de oficial.”
5. Modificar la letra c) de la base “SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes” de las bases de la convocatoria para cubrir ocho plazas de la categoría de Oficial de la policía local por promoción interna (BOIB, núm 66, de 24/05/2025) que queda redactada de la siguiente forma:
“c) Tener la condición de funcionario de carrera en el cuerpo de la Policía Local de Calvià y una antigüedad de dos años en la categoría de policía”
6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,de 1d'octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Calviá, en la fecha de la firma electrónica (16 de julio de 2025)
La teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación municipal y Educación Isabel Bonet Saum (Delegación por Resolución de Alcaldía del 21/11/2023)