Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 505145
Aprobación del acuerdo regulador del precio público de los cursos y talleres organizados por la escuela de adultos. Exp. 3511/2025
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El Plenario del ayuntamiento de Capdepera, en sesión celebrada el 12 de mayo de 2025, acordó la aprobación del acuerdo regulador del precio público de los cursos y talleres organizados por la escuela de adultos, lo que se hace público a efectos de su general conocimiento.
"Acuerdo regulador del precio público de los cursos y talleres organizados por la Escuela de Adultos"
Artículo 1.- Fundamentos y naturaleza
De conformidad con lo que prevén los artículos 127 y 41 al 47 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (Real decreto legislativo 2/2004), el Ayuntamiento de Capdepera establece el precio público de los cursos y talleres organizados por la Escuela de Adultos, que deben regirse por esta ordenanza.
Artículo 2. -Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público regulado en la presente ordenanza las personas que se beneficien de los servicios o actividades que determinen la exigencia de los precios públicos.
Artículo 3. - Cuantía y tarifas
La cuantía del precio público regulado en este acuerdo regulador serán fijadas en las tarifas que se especifican en el anexo de la ordenanza.
Artículo 4. - Normas de gestión y cobro
La obligación de pagar el precio público nace desde el momento en el que se solicita la prestación del servicio.
El pago del precio público se realizará mediante ingreso directo utilizando el documento de liquidación facilitado por el área de Educación del Ayuntamiento de Capdepera en el momento de tramitar la matrícula.
La formalización de la matrícula y el pago del precio público debe realizarse según las normas que determine el Ayuntamiento.
Artículo 5. Devolución del precio público
Una vez hecho efectivo el precio público, no podrá devolverse el importe correspondiente salvo en los siguientes casos:
a. Cuando por causas no imputables al obligado al pago, el servicio no se preste o se modifica el horario del curso o taller. En este caso, se devolverá el 100% del importe abonado.
b. En los casos en que el beneficiario del servicio deba darse de baja por enfermedad grave, previa justificación de la misma. En este caso, se devolverá el importe de la parte proporcional que le corresponda.
c. Si se solicita la devolución y la baja de la asistencia del curso antes del inicio del curso siempre y cuando se comunique mediante registro de entrada en el ayuntamiento.
Procederá la devolución de los precios públicos regulados en este acuerdo, previo informe técnico y autorización del órgano correspondiente.
Las solicitudes de tramitación de devolución tendrán que ser presentadas por escrito en el registro general del Ayuntamiento de Capdepera y adjuntar los siguientes documentos:
Artículo 6. Infracciones y sanciones
Las infracciones y sanciones en materia tributaria se regirán por lo dispuesto en la Ley General Tributaria y en la normativa que la desarrolla.
Disposición final.
El presente acuerdo regulador entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
ANEXO Cuadro de tarifas
| Cursos/talleres |
Precios |
| Cursos de 40 horas de duración |
70 € |
| Cursos de 60 horas de duración |
105 € |
| Cursos de 80 horas de duración |
146 € |
| Cursos de otras duraciones |
1,75 €/hora |
Capdepera, en la fecha de la firma electrónica (11 de julio de 2025).
La alcaldesa Mireia Francesca Ferrer Jaume.