Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 503779
Resolución de Alcaldía por la cual se autorizan unos horarios de apertura especiales a la restauración en motivo de las fiestas de Santa Margalida y San Jaume en sa Pobla 2025
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Para hacer constar que se ha dictado decreto de Alcaldía n.º 1084/2025, en cuanto a los horarios de los establecimientos de restauración y ocio para las Fiestas de Santa Margalida y San Jaime 2025, y que a la letra dice:
Resolución de Alcaldía por la cual se autorizan unos horarios de apertura especiales a la restauración en motivo de las fiestas de Santa Margalida y San Jaime en sa Pobla 2025
Hechos
1. El Ayuntamiento de sa Pobla dispone de la Ordenanza municipal de Buen Gobierno, Civismo y Convivencia Ciudadana que, entre otras, regula los horarios de los establecimientos abiertos al público. En fecha 28 de diciembre de 2010 el Pleno de la corporación procedió a aprobar definitivamente la mencionada Ordenanza y fue publicada el 6 de enero de 2011 en el BOIB n.º 4/2011.
2. En fecha 7 de septiembre de 2023, por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de sa Pobla, se aprueba definitivamente la modificación del artículo 75 de la Ordenanza municipal de Buen Gobierno, Civismo y Convivencia Ciudadana, publicada en el BOIB n.º 133 de 28 de septiembre de 2023.
Fundamentos de derecho
I. El artículo 75 de la Ordenanza municipal de Buen Gobierno, Civismo y Convivencia Ciudadana, publicada en el BOIB n.º 133 de 28 de septiembre de 2023, contempla el horario de apertura de los establecimientos abiertos al público, tanto establecimientos de actividades comerciales diversas como los dedicados al ocio y la restauración. Y expone que: «Estos horarios se determinan para todo el año sin perjuicio de que el Alcalde, atendiendo las circunstancias de época de año u otra análoga pueda modificarlo.
Para poder ejercer la actividad entre las 00,00 las 8.00 h tendrán que adoptar medidas para intentar evitar el ruido y la aglomeración de personas en el exterior de la actividad que puedan provocar molestias al vecindarios.»
II. El artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, respecto a las atribuciones del Alcalde.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar a los establecimientos abiertos al público dedicados al ocio y la restauración, de conformidad con el artículo 21.1 de la Ley 7/1985 y el artículo 75 de la Ordenanza municipal de Buen Gobierno, Civismo y Convivencia Ciudadana, atendiendo las circunstancias y en motivo de las fiestas de Sant Antoni, los siguientes horarios de cierre:
Por la festividad del día 18 al 19 de julio de 2025, la hora de cierre, como máximo será a las 05.00 horas, permitiéndose que los mismos puedan reproducir música a sus locales hasta esta hora, teniendo que adoptar las medidas para minimizar los ruidos que puedan provocar molestias a los vecindarios.
Por la festividad del día 19 al 20 de julio de 2025, la hora de cierre, como máximo será a las 04.00 horas, permitiéndose que los mismos puedan reproducir música a sus locales hasta esta hora, teniendo que adoptar las medidas para minimizar los ruidos que puedan provocar molestias a los vecindarios..
2. Comunicar la presente Resolución al Departamento de Seguridad Ciudadana, a los efectos oportunos.
Sa Pobla, documento firmado electrónicamente (16 de julio de 2025) El alcalde Biel Ferragut Mir Ante mí, el secretario