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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 502877
Decreto de la Presidencia de modificación del Decreto por cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca

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Texto

El día 28 de julio de 2023 la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca dictó el Decreto por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca (BOIB n.º 106, de 29 de julio de 2023), modificado por los Decretos de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de día 2 de octubre de 2023, decreto de día 25 de septiembre de 2024, el decreto de 2 de octubre 2024 y el Decreto de día 21 de febrero de 2025 (BOIB n.º 136, de día 5 de octubre de 2023; BOIB núm.128, de día 28 de septiembre de 2024; BOIB n.º 131 de día 5 de octubre de 2024; BOIB n.º 25, de 25 febrero de 2025).

Por Decreto de la Presidencia de día 11 de julio de 2025 se dictó Decreto donde se modificaba el Decreto de día 28 de julio de 2023 y en el cual se han detectado varios errores que se tienen que corregir.

Por tanto, de acuerdo con los artículos 21.g) y 31.2 de la Ley 4/2022 de 28 de junio de consejos insulares y los artículos 28.3 y 40.2 del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca dicto el siguiente:

DECRETO

Artículo único

Modificar el Decreto de día 28 de julio de 2023 por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca de la manera siguiente:

1. Se traspasan las siguientes competencias del Departamento de Presidencia al Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública:

  • Implementación, impulso, coordinación ejecutiva y seguimiento de los planes y programas estratégicos del Consejo Insular de Mallorca, así como de los proyectos que por su transversalidad interdepartamental o estratégica la Presidencia o el Consejo Ejecutivo encarguen expresamente a este Departamento.
  • Impulso de la aplicación del Reglamento de honores y distinciones.
  • Promoción, potenciación y coordinación de las conmemoraciones y los acontecimientos de ámbito insular que ayuden a crear tejido institucional y cohesionen la ciudadanía.
  • Promoción y gestión de las actuaciones relativas a la recuperación o rehabilitación del edificio del Sindicado de Felanitx.
  • Relaciones generales entre el Consejo Insular y el resto de instituciones públicas de las Islas Baleares y del Estado español.
  • Implementar el conocimiento de la institución y el patrimonio de la máxima institución representativa y de gobierno de Mallorca.
  • Organizar y apoyar a determinadas actividades de Coordinación de la política del Consejo Insular en materia de transparencia de su actividad de carácter institucional pública.
  • Promoción e implantación de proyectos estratégicos de modernización y de innovación tecnológica y de transformación digital de la institución, y conectarlos en el marco transversal de Mallorca y proveer de aplicaciones informáticas a los departamentos.
  • Provisión del material informático necesario a las diversas áreas del Consejo Insular, excepto el que corresponda al servicio de asistencia técnica a los ayuntamientos.
  • Gestión, dotación de la infraestructura de comunicaciones de voz y datos.
  • Apoyo a usuarios del sistema.
  • Coordinación, diseño y análisis de la estrategia de comunicación del Consejo Insular de Mallorca.
  • Gestión y coordinación de la relación con los medios de comunicación.
  • Contribución a la construcción de la identidad de la Institución mediante la organización de acciones comunicativas como actos y acontecimientos.
  • Gestión y coordinación de la publicación de la información institucional a los medios de comunicación.

2. Se cambia la adscripción del Centro de Alcanda y del Sindicato de Felanitx del Departamento de Presidencia al Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública.

 

Disposición final única

Vigencia

Este Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

 

Palma, en la fecha de la firma  electrónica (16 de julio de 2025)

El presidente del Consejo Insular de Mallorca Llorenç S. Galmés Verger