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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 502372
Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la convocatoria para proveer, por el procedimiento de libre designación, un puesto de jefe/jefa de Servicio de Informática de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer del Servicio de Salud de las Illes Balears

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Informática correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 29 y 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE núm. 301, de 17 de diciembre de 2003).

2. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (BOE núm. 8, de 9 de enero de 1999).

3. La disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública (BOIB núm. 46, de 12 de abril de 2016).

4. El Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por el que se regula el sistema de provisión de puestos de trabajo del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2022 (BOIB núm. 70, de 31 de mayo de 2022).

Por ello dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa de Servicio de Informática correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que figuran en el anexo 1.

3. Designar a los miembros de la Comisión de Selección, que figuran en el anexo 2.

4. Publicar el modelo de solicitud y el modelo de proyecto de gestión y organización para acceder al puesto de trabajo ofertado en esta convocatoria, accesible en el portal web www.ibsalut.es. siguiendo la ruta Profesionales > Trabaja con nosotros > Jefaturas del personal estatutario > Jefaturas de gestión y servicios.

5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares 

(www.ibsalut.es).

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

​​​​​​​También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente: 16 de julio de 2025)

La directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer Por delegación del director general del Servei de Salut (BOIB núm. 112, de 12/08/2023)

​​​​​​​

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo ofertado

Jefe/jefa de Servicio de Informática correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer del Servicio de Salud de las Islas Baleares

2. Características generales

El régimen jurídico del puesto de trabajo en cuestión es el establecido por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y las disposiciones que la desarrollan. El cargo se ocupará en régimen de dedicación exclusiva.

3. Requisitos de los aspirantes

3.1. Requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o tener el derecho a la libre circulación de trabajadores de conformidad con el Tratado de la Unión Europea u otros tratados ratificados por España, o bien tener reconocido este derecho por medio de una norma legal.

b) Ostentar un nombramiento como personal estatutario fijo que, en la fecha de publicación de esta convocatoria, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de puesto y preste servicio en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.

c) También pueden participar el personal funcionario de carrera que, en la fecha de la publicación de esta convocatoria, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de puesto de trabajo y preste servicio en cualquier administración pública.

d) Asimismo, pueden optar el personal estatutario temporal que cumpla el resto de los requisitos que prevé la convocatoria, circunscribiéndose su posible selección a la ausencia de personal fijo.

e) Acreditar los conocimientos de catalán nivel B2 de acuerdo con la Ley 4/2016 de 6 de abril de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.

f) Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.

g) Tener una titulación oficial que habilite para el ejercicio profesional del puesto de trabajo ofertado (o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo para presentar solicitudes).

h) Tener cumplidos dieciséis años y no sobrepasar la edad de jubilación forzosa.

i) No haber sido separado del servicio —por medio de un expediente disciplinario— de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para ejercer funciones públicas ni, en su caso, la profesión correspondiente.

En los casos de personas de otros estados mencionadas en el párrafo a), no estar inhabilitado por una sanción o una pena para el ejercicio profesional o para acceder a funciones o servicios públicos en su estado, ni haber sido separado por medio de una sanción disciplinaria de ninguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

​​​​​​​3.2. Requisitos específicos

a) Ser personal estatutario fijo de gestión y servicios o personal funcionario de carrera de los subgrupos A1 y A2 que en la fecha de la publicación de la convocatoria esté en servicio activo o en otra situación administrativa que genere reserva de plaza y preste servicio en una institución sanitaria del Sistema Nacional de Salud o en cualquier otra Administración pública.

b) Acreditar un año de experiencia profesional en puestos con funciones en áreas de Transformación, Innovación y servicios digitales en el ámbito sanitario.

3.3. Acreditación de los requisitos:

a) Los requisitos deben cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes en la forma que la convocatoria determine y deben presentarse en el momento de formalizar la solicitud.

b) En relación con los requisitos generales de esta convocatoria, no es necesaria la acreditación documental para el personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares —a excepción del nivel de conocimientos de catalán—, pues el órgano competente hará las comprobaciones necesarias de oficio, salvo que el aspirante se oponga manifiestamente en la solicitud.

c) Los aspirantes que no trabajen en el Servicio de Salud de las Islas Baleares han de aportar la documentación acreditativa —original o una copia auténtica— de todos los requisitos en los términos establecidos.

 4. Características del puesto de trabajo y funciones por desempeñar

La persona que obtenga el puesto de trabajo dependerá de la Gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer, y orgánicamente de la Subdirección de Gestión y Servicios Generales del Área de Innovación y Proyectos y desempeñará las funciones y cumplirá los objetivos propios de jefe o jefa de servicio de Informática de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer del Servicio de Salud.

Funciones:

a) Planificación y dirección: planificar, organizar, dirigir y coordinar las actividades del Servicio de Informática del Hospital Universitario Son Llàtzer.

b) Gestión de los recursos humanos y materiales:

  • Administrar eficazmente los recursos asignados al servicio de informática, incluyendo personal, equipos y presupuesto.

  • Supervisar y coordinar a los equipos de profesionales de TI, evaluando su desempeño y facilitando su desarrollo profesional, así como favorecer programas de formación y desarrollo para el personal del Servicio de Informática.

  • Gestionar el presupuesto del departamento de informática y planificar inversiones en tecnología según sus necesidades, de forma coordinada con la Subdirección de Gestión y Servicios Generales del Área de Innovación y Proyectos, de quien depende directamente el Servicio de Informática.

c) Supervisión y coordinación de proyectos y proveedores:

  • Supervisar proyectos informáticos de hardware y software, tanto internos como contratados a terceros.

  • Supervisar la relación con proveedores externos de servicios y soluciones tecnológicas.

  • Desarrollar y gestionar proyectos tecnológicos en coordinación con la de forma coordinada con la Subdirección de Gestión y Servicios Generales del Área de Innovación y Proyectos.

d) Gestión operativa de sistemas informáticos:

  • Supervisar y mantener los sistemas informáticos del Hospital, para asegurar siempre su disponibilidad y rendimiento.

  • Realizar el mantenimiento y soporte, o coordinar las tareas cuando estos servicios los presten terceros a través de contratos de ámbito corporativo, de los servidores, aplicaciones, sistemas operativos, redes, bases de datos y otros recursos informáticos.

  • Mantener relaciones con usuarios internos y externos, para garantizar que sus necesidades informáticas son atendidas.

  • Coordinar y garantizar el soporte técnico a los usuarios internos para resolver incidencias y problemas tecnológicos.

e) Seguridad informática: implementar y supervisar medidas de seguridad para proteger los sistemas y datos de la Administración.

f) Cumplimiento normativo: garantizar que todas las actividades del Servicio de Informática cumplan con las normativas y regulaciones vigentes.

g) Otras funciones: llevar a cabo todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la Gerencia a través de la Subdirección de Gestión y Servicios Generales del Área de Innovación y Proyectos.

Objetivos del puesto:

1. Trabajo en equipo.

2. Adaptabilidad y flexibilidad.

3. Implicación y compromiso.

4. Orientación a resultados.

5. Orientación a usuarios internos y externos.

5. Trámite de solicitud

5.1. Para participar en la convocatoria hay que presentar la solicitud accesible en el portal web www.ibsalut.es en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.2. Junto con la solicitud debe presentarse los documentos acreditativos de los requisitos generales, cuando los participantes no trabajen en el Servicio de Salud de las Islas Baleares, y de los requisitos específicos, un currículum, donde se detallen los méritos curriculares y competencias a valorar contemplados en el punto 6, así como un proyecto de gestión y organización.

5.3. La documentación que se especifica deben ser documentos originales o copias auténticas.

5.4. La solicitud y el resto de la documentación puede presentarse en el registro del Hospital Universitario Son Llàtzer o por medio de cualquiera de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

Sea cual sea la opción escogida para presentar la solicitud, se recomienda enviar el justificante de presentación a la unidad de recursos humanos del Hospital Universitario Son Llàtzer por correo electrónico a la dirección hsll.prh@hsll.es.

5.5. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes, se publicarán en el web del Servicio de Salud (www.ibsalut.es) las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando la causa de la exclusión.

5.6. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las listas provisionales para presentar reclamaciones —que no tendrán carácter de recurso— o para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado la exclusión o corregir errores detectados en la consignación de los datos personales.

5.7. Posteriormente se publicarán en el mismo web las listas definitivas de candidatos admitidos y excluidos expresando la causa de exclusión de cada candidato.

5.8. Las personas que participen en el proceso son personalmente responsables de la veracidad de la documentación aportada y están obligadas a presentar los documentos originales en cualquier momento a requerimiento de la Administración convocante.

6. Méritos para la evaluación curricular: forma de presentación y criterios de evaluación.

6.1. El procedimiento para proveer este puesto de trabajo es el de libre designación.

6.2. Para la evaluación de los méritos curriculares y de las competencias profesionales los candidatos deberán acreditarlos por medio de la documentación siguiente:

a) Currículo profesional:

Se valorará de acuerdo con la naturaleza del puesto convocado, bien teniendo en cuenta la experiencia adquirida en puestos de trabajo similares, bien la similitud entre el contenido técnico y especialización de los puestos ya ocupados con el ofrecido.

b) Experiencia profesional:

- Se valorará la experiencia profesional en alguna de las categorías, cuerpos o escalas necesarias para ocupar el puesto convocado, haciendo constar las áreas o servicios donde haya desarrollado las funciones.

- La experiencia profesional desarrollado como cargo directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, se valorará del mismo modo que los servicios prestados en la misma categoría que aquella del puesto al que se opta siempre que se cumplan los requisitos exigidos para participar en el procedimiento de provisión durante el tiempo en que ha desarrollado el puesto directivo.

- El personal del Servicio de Salud de las Illes Balears no ha de acreditar la documentación relativa a este apartado puesto que el órgano competente hará las comprobaciones necesarias de oficio, salvo que el aspirante se oponga manifiestamente en la solicitud.

c) Estudios académicos reglados y formación de posgrado:

Dichos estudios estarán relacionados con las funciones del puesto de trabajo. Se acreditarán a través de la presentación de copia auténtica del título por el anverso y reverso. Si se trata de títulos extranjeros deberán estar debidamente homologados.

d) Conocimientos de catalán de nivel superior al requerido:

Se acreditarán a través de certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) o bien expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística o reconocido como equivalente por la normativa autonómica vigente.

e) Cursos de formación:

Formación relacionada con el puesto de trabajo y que verse sobre las siguientes materias:

• Gestión de RRHH y Gestión del Tiempo

• Gestión de Proyectos

• Ciberseguridad y Seguridad de la Información

• Herramientas de Microsoft 365 (Outlook, Power BI,…)

• Contratación Administrativa en el ámbito de las TIC

Esta formación debe estar acreditada por la Administración central, autonómica o local, organizaciones sindicales, patronales, colegios profesional, Universidades públicas y privadas.

f) Proyecto de gestión y organización:

Relacionado con el ámbito de actuación del puesto convocado. Este proyecto se debe ajustar al entorno y a los recursos humanos y materiales que haya en la unidad administrativa en que se encuadra el puesto citado. Dicho proyecto se tiene que elaborar en base a los objetivos básicos del puesto convocado que aparecen detallados en la convocatoria. Se podrá requerir su exposición y defensa en sesión pública.

En el portal web del Servicio de Salud www.ibsalut.es siguiendo la ruta Profesionales > Trabaja con nosotros > Jefaturas del personal estatutario > Jefaturas de gestión y servicios, los candidatos pueden disponer de un modelo de proyecto de gestión y organización.

6.3. En el proceso de valoración curricular puede exigirse formalmente al candidato que aclare ciertos documentos que haya adjuntado o que aporte la documentación adicional que se estime necesaria para comprobar los méritos alegados.

6.4. La documentación será valorada por la Comisión de Valoración, cuyos miembros figuran en el anexo 2.

6.5. Los miembros de la Comisión, todos con voz y voto, tienen la condición de personal estatutario fijo o funcionario de carrera en una plaza, una categoría, un cuerpo, un grupo o una escala para los que se exija tener una titulación de nivel académico igual o superior que la exigida para el puesto de trabajo ofertado. El pertenecer a la Comisión es siempre a título individual, de modo que no puede pertenecerse a ella en representación de otra persona.

A tener en cuenta que el personal directivo no puede formar parte de las comisiones de valoración (nota interna del director general del Servicio de Salud del 29 de febrero de 2024).

7. Resolución de la convocatoria y efectos

7.1. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes, se publicarán en el web del Servicio de Salud (www.ibsalut.es) las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando la causa de la exclusión.

7.2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las listas provisionales para presentar reclamaciones —que no tendrán carácter de recurso— o para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado la exclusión o corregir errores detectados en la consignación de los datos personales.

7.3. Posteriormente, se publicarán en el mismo web las listas definitivas de candidatos admitidos y excluidos, con la causa de exclusión de cada aspirante.

7.4. De acuerdo con el punto 11.4 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022, la Comisión de Valoración ha de elevar al órgano competente una relación nominal de aspirantes que reúnan los requisitos y superen las especificaciones exigidas en la convocatoria.

7.5. Se puede proponer que se declare desierta, por acuerdo motivado, cuando no concurran candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria o no concurran candidatos idóneos para su desempeño.

​​​​​​​​​​​​​​7.6. El órgano competente, oída la comisión, debe nombrar a la persona que considere más adecuada para el cargo, o mediante resolución motivada, declarar desierta la convocatoria por no concurrir candidatos idóneos para desempeñar el cargo convocado.

7.7. Las personas titulares de los cargos provistos por este procedimiento podrán ser removidas discrecionalmente, mediante una resolución motivada, por el órgano que las haya nombrado o por el que le sustituya en el ejercicio de las competencias.

7.8. La resolución de la convocatoria, así como la designación del candidato designado para ocupar el puesto de trabajo —o bien la declaración de que la convocatoria ha quedado desierta, en su caso—, se hará pública en el mismo web y también en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

7.9. El candidato designado ha de tomar posesión del puesto de trabajo dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución a que se refiere el punto anterior. No obstante, el órgano convocante puede prorrogar dicho plazo si el candidato designado lo solicita y lo justifica debidamente.

7.10. El candidato designado obtendrá un nombramiento para ocupar el puesto de trabajo convocado y su situación será la siguiente:

a) Si tiene la condición de estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en el mismo centro, ocupará el puesto de trabajo como personal estatutario fijo de su categoría en el mismo centro.

b) Si tiene la condición de estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en otro centro, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria fija.

c) Si tiene la condición de estatutario fijo de otro servicio de salud, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación administrativa que le corresponda según la legislación aplicable.

d) Si tiene la condición de funcionario de carrera con plaza fija en otra administración pública, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación administrativa que le corresponda según la legislación aplicable.

7.11. Los efectos económicos y administrativos del nombramiento solo se producirán una vez que se haya efectuado la toma de posesión del puesto de trabajo.

7.12. El trabajador nombrado no podrá participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo durante un plazo mínimo de dos años a contar desde el día en que haya tomado posesión del puesto. Esta previsión no es aplicable en los supuestos de remoción o supresión del puesto de trabajo, de redistribución de efectivos u otros supuestos de movilidad forzosa.

7.13. En los supuestos de renuncia o de cese en el puesto de trabajo por las causas establecidas en el punto 16 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022, este trabajador dejará de ocupar el puesto obtenido y pasará a ocupar la plaza básica de su categoría desde la fecha en que el supuesto sea efectivo.

8. Cese

8.1. Son causas de cese en el puesto de trabajo obtenido las que establece el punto 16 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022.

8.2. Asimismo, en caso de renuncia o cese, será aplicable lo que establece ese mismo punto del Acuerdo y la normativa que sea de aplicación.

9. Evaluación del desempeño

9.1. El trabajador nombrado deberá superar la evaluación del desempeño      profesional y del cumplimiento de los objetivos del puesto de trabajo obtenido. Por lo tanto, la continuidad en ese puesto de trabajo queda vinculada a superar dicha evaluación.

9.2. La primera evaluación se llevará a cabo al cumplir el primer año de la ocupación efectiva del puesto; dicho plazo se computará desde la fecha de toma de posesión de trabajo, y a tal efecto se aplicará el procedimiento de evaluación establecido en el punto 15 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022.

 

ANEXO 2 Comisión de Valoración

Cargo

Nombre

Titulares

Presidente

Ramón Riba Álvarez (HCIN)

Secretario

Javier Mancho Iglesias

Vocal titular 1

Joan Marqués Faner (HUSE)

Suplentes

Presidenta

María José Cuevas

Secretaria

Nieves Álvarez Torres

Vocal suplente 1

Agustín Romero Frais