Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 499022
Acuerdo plenario de la dedicación de los miembros políticos de la corporación y de las retribuciones del Ayuntamiento de Capdepera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Expediente núm.: 4021/2023

Asunto: Edicto del certificado del acuerdo plenario de las retribuciones de los miembros electos del Ayuntamiento de Capdepera

Aprobación de la dedicación de los miembros políticos de la corporación y de las retribuciones

Aprobado el siguiente acuerdo a la sesión plenaria núm. 8 en fecha 10/07/2025 en el Ayuntamiento de Capdepera, se somete a información pública al Boletín Oficial de la Provincia el siguiente texto integral:

Propuesta de acuerdo de la dedicación de los miembros políticos de la corporación y de las retribuciones

Hechos

1. El pasado 28 de mayo de 2023 tuvieron lugar las elecciones locales. El nuevo Ayuntamiento se constituyó en sesión pública el día 17 de junio.

2. Se considera necesario el establecimiento del régimen de dedicación de los miembros políticos de esta corporación, así como de la retribución que comporta.

3. El pasado día 23 de octubre, se signó un pacto de gobernabilidad entre los grupos municipales PP y Més per Capdepera.

4. En fecha 27 de octubre de 2023 se acordó la retribución a los regidores del equipo de gobierno.

5. En fecha 13 de marzo de 2025 renunció como regidora de Més per Capdepera la Sra. Mireia Flaquer Llull.

6. En fecha 10 de abril de 2025 tomó posesión la Sra. Maria Pilar Díaz como nueva regidora de Més per Capdepera. 

Fundamentos de derecho

1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y de otra normativa concordante, los miembros de la corporación tienen derecho a percibir retribuciones para ejercer sus cargos, cuando los desarrollen en régimen de dedicación exclusiva o con dedicación parcial, así como percibir asistencias para la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación, en las condiciones que establezca el pleno de la corporación.

En aplicación del apartado 5 del mencionado artículo 75 LRBRL se deberá dar publicidad del acuerdo plenario en el Boletín Oficial de la Provincia y al tablón de anuncios de la corporación.

Propuesta al Pleno

Por todo esto, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del acuerdo siguiente:

PRIMERO. Establecer el siguiente régimen de dedicaciones y retribuciones para los regidores de la corporación:

Nombre y Apellidos

Régimen de dedicación

Retribuciones

Porcentaje de dedicación

Retribuciones (bruto anual)

Mireia Francesca Ferrer Jaume

EXCLUSIVA

52.000 €

100%

52.000 €

Agripina Rocha Rodeiro

PARCIAL

36.230 €

75%

27.172,50 €

Manuel Alberto Filgueiras Posada

EXCLUSIVA

36.230 €

100%

36.230 €

Núria Garcia Caballeria

EXCLUSIVA

36.230 €

100%

36.230 €

Paulino Faba Sancho

EXCLUSIVA

36.230 €

100%

36.230 €

Maria Pilar Diaz Villafaina

EXCLUSIVA

36.230 €

100%

36.230 €

Yannick Wilken

PARCIAL

36.230 €

50%

18.115 €

Sergi Viejo Barba

PARCIAL

36.230 €

50%

18.115 €

Margalida Bisquerra Gràcia

PARCIAL

36.230 €

25%

9.057 €

Joan Campins Melis

PARCIAL

36.230 €

25%

9.057 €

SEGUNDO. Esta retribución se percibirá en catorce pagas, doce correspondientes a las mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y dándoles de alta al régimen general de la Seguridad Social.

TERCERO. Establecer el régimen de indemnizaciones a favor de los miembros de la corporación, por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados que se detallen todo seguido:

1. Ple, 70 euros/sesión

2. Comisiones Informativas, 50 euros/sesión

CUARTO. Establecer una asignación económica de carácter mensual a favor de los grupos políticos municipales que constará de:

1. Componente fijo: 160 euros

2. Componente variable: 35 euros/regidor

 Estas asignaciones han de aplicarse para atender gastos relacionados con el funcionamiento del grupo político y que no se correspondan con remuneraciones de personal ni a la constitución de activos fijos de carácter patrimonial.

QUINTO. Establecer el gasto de kilometraje en la misma cuantía que establece la normativa de los funcionarios locales sobre indemnizaciones por razón del servicio.

SEXTO. Las retribuciones se actualizarán cada año con la cantidad que se establece por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los funcionarios, siempre que no se superen los límites máximos retributivos del artículo 75 bis de la LRBRL.

SÉPTIMO. Notificar este acuerdo a los regidores y a las regidoras interesadas.

OCTAVO.  Publicar el presente acuerdo al Boletín Oficial de la Provincia y al tablón de anuncios de la corporación

 

(Firmado electrónicamente: 15 de julio de 2025

La alcaldesa Mireia Francesca Ferrer Jaume)