Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
CONSORCIO SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONIO MUNDIAL
Núm. 495650
Resolución de rectificación de la Resolución del vicepresidente del Consorcio Serra de Tramuntana de 18 de junio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de premios Serra de Tramuntana de Investigación 2025 (SV 5/2025
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Antecedentes
1.En fecha 18 de junio de 2025 el vicepresidente del Consorcio Sierra de Tramuntana resolvió aprobar la convocatoria pública de subvenciones de premios Sierra de Tramuntana de Investigación 2025 (SV 5/2025) y autorizar el gasto de que se deriva de la convocatoria pública de subvenciones de premios Serra de Tramuntana de investigación 2025 (SV 5/2025) de quince mil euros (15.000,00 euros) con cargo a la partida presupuestaria 00 33615 48100 y a los documentos contables RC nº. 220250000216 y A nº 220250001294 lo cual permitirá cumplir con las finalidades y los objetivos previstos en el Plan Estratégico de Subvenciones de este ente público para el 2025.
2. En el punto 8 de las bases que tienen que regir la presente Convocatoria se estableció un plazo de presentación de los trabajos de investigación y los documentos anexos de uno (1) mes contado desde el día siguiente a su publicación.
3. Visto que la fecha de publicación del BOIB supondría que el plazo de presentación de los trabajos transcurriría durante el mes de agosto, mes casi prácticamente inhábil, se procede a rectificar esta fecha y conceder hasta día 29 de septiembre de
Fundamentos de Derecho
De acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: “Las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
Por todo ello, resuelvo:
Resolución
1. Rectificar la Resolución de aprobación del vicepresidente del Consorcio Serra de Tramuntana con respecto al punto 8 de las bases que tienen que regir la convocatoria en el siguiente sentido:
Donde dice:
"8. Plazo y presentación de los trabajos:
El plazo de presentación de los trabajos de investigación y los documentos anexos será de un (1) mes contado desde el día siguiente a su publicación en el BOIB [...]
Ha de decir:
"8. Plazo y presentación de los trabajos:
El plazo de presentación de los trabajos de investigación y los documentos anexos será hasta el 29 de septiembre de 2025”.
2. Ordenar la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB por conducto de la Base de Datos Naciaonal de Subvenciones con esta modificación
Palma, a la fecha de la firma electrónica (8 de julio de 2025)
El vicepresidente Antonio Francisco Fuster Zanoguera