Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 495433
Acuerdo del Consejo de Dirección del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears para la aprobación de la oferta pública de empleo del personal laboral del FOGAIBA, correspondiente al año 2025
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1. El artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban cubrirse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, deben ser objeto de la oferta de empleo público o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal. Esto conllevará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por ciento adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de estos. Esta oferta debe ser aprobada anualmente por el órgano de gobierno de las Administraciones Públicas, debe publicarse en el diario oficial correspondiente y desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
2. Con fecha 27 de febrero de 2025, previa comunicación al Comité de Empresa, el Consejo de Dirección del FOGAIBA aprobó inicialmente la oferta pública de empleo del personal laboral del FOGAIBA correspondiente al año 2025.
En dicha oferta no se establece un porcentaje de reserva para personas con discapacidad porque el ente cumple con lo previsto en el artículo 48.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Constan en el expediente los informes previos y preceptivos de la Dirección General de Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos y Financiación, relativos a los aspectos de legalidad y a los aspectos presupuestarios y de sostenibilidad financiera, respectivamente.
4. El artículo 19 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, establece que las plazas de nuevo ingreso que debe incluir la oferta pública de empleo de los entes que integran el sector público instrumental deben fijarse de conformidad con la delimitación que, con carácter básico, establezca el Estado para el año 2024, mediante la norma con rango legal correspondiente y en el marco de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2024, o, en su defecto, con lo dispuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y de acuerdo, asimismo, con el Estatuto Básico del Empleado Público.
5. De acuerdo con la disposición adicional vigésima primera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en relación con el artículo 20, la oferta pública de empleo debe llevarse a cabo mediante la tasa de reposición de efectivos, que se fija, con carácter general, en un 110 %, salvo para los sectores prioritarios definidos en el artículo 20.dos.3, que tienen asignado un 120 %.
Asimismo, se establece que, para calcular la tasa de reposición, el porcentaje máximo se aplica sobre la diferencia entre el número de personas trabajadoras fijas que dejaron de prestar servicios en el ejercicio presupuestario anterior y el número de personas trabajadoras fijas que se hubieran incorporado en el mismo ejercicio. No obstante, entre otros supuestos, no computan en la tasa de reposición ni se tienen en cuenta para su cálculo las plazas que se convoquen por promoción interna, ni aquellas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local.
6. Se establece el turno de promoción interna para los grupos de técnico/a superior en las especialidades de agronomía e informática, conforme al artículo 26 del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, al que el FOGAIBA está adscrito.
Visto todo lo expuesto, y de conformidad con el artículo 11.1.l) del Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, el Consejo de Dirección del FOGAIBA, en sesión celebrada el día 26 de junio de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente:
ACUERDO
Primero. Aprobar la oferta pública de empleo del año 2025 del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, que incluye las plazas que figuran en el anexo de este Acuerdo.
Segundo. No establecer un porcentaje de reserva para personas con discapacidad, dado que el ente cumple con lo previsto en el artículo 48.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Tercero. Dar traslado de este Acuerdo a la representación del personal a los efectos pertinentes.
Cuarto. Publicar la Oferta Pública de Empleo del año 2025 en la página web de la entidad y en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para general conocimiento y para la interposición de los recursos que, en su caso, las personas interesadas consideren oportunos.
Quinto. Contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime pertinente en defensa de sus intereses.
En la fecha de la firma electrónica (4 de julio de 2025)
El secretario del Consejo de Dirección del FOGAIBA Antoni Maria Grau Jofre
ANEXO Oferta pública del año 2025 del FOGAIBA
|
Categoría profesional |
Especialidad |
Grupo |
Isla |
Núm. de plazas |
Sistema de selección |
Forma de acceso |
|
Técnico/a superior |
Veterinaria |
A |
Mallorca |
1 |
Concurso-oposición |
Turno libre |
|
Técnico/a superior |
Agronomía |
A |
Mallorca |
1 |
Concurso-oposición |
Turno libre |
|
Técnico/a de grado medio |
Agrícola |
B |
Mallorca |
1 |
Concurso-oposición |
Turno libre |
|
Técnico/a superior |
Jurídica |
A |
Mallorca |
1 |
Concurso-oposición |
Turno libre |
|
Técnico/a superior |
Agronomía |
A |
Mallorca |
1 |
Concurso-oposición |
Promoción interna |
|
Técnico/a superior |
Informática |
A |
Mallorca |
1 |
Concurso-oposición |
Promoción interna |
|
|
|
|
Total |
6 |
|
|