Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 491095
Acuerdo del plenario por la declaración de inaplicación de la excepción establecida en el apartado 4.H) de la disposición adicional primera de la ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes por la sostenibilidad y circularidad del turismo de las Islas Baleares
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Expediente núm.: 5856/2025
Aprobado el siguiente acuerdo a la sesión plenaria núm. 8 de fecha 10/07/2025 en el Ayuntamiento de Capdepera, se somete a información pública al Boletín Oficial de la Provincia el siguiente texto integral:
PROPUESTA QUE PRESENTA EL GRUPO SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA, PARA LA DECLARACIÓN DE INAPLICACIÓN DE LA EXCEPCIÓN ESTABLECIDA EN EL APARTADO 4.H) DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY 3/2022, DE 15 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA SOSTENIBILIDAD Y CIRCULARIDAD DEL TURISMO DE LAS ISLAS BALEARES.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El modelo turístico de las Islas Baleares se encuentra en un momento crítico. El objetivo de alcanzar una verdadera sostenibilidad y circularidad pasa necesariamente para frenar el crecimiento ilimitado de plazas turísticas, especialmente en territorios que ya presentan una carga muy elevada y una presión social, ambiental, de infraestructuras y servicios importante.
El Decreto Ley 4/2025, de 11 de abril, de medidas transitorias para la oferta y por la calidad turística de las Islas Baleares, abre la puerta, mediante su disposición transitoria tercera, a excepción recogida en el apartado 4.h) de la disposición adicional primera de la Ley 3/2022, que permite la concesión de 500 nuevas plazas turísticas a la Isla de Mallorca, 150 a la Isla de Ibiza y 50 a la Isla de Formentera.
Esta medida se podría aplicar automáticamente si no se adopta un acuerdo de plenario dentro del plazo de tres meses desde la entrada en vigor del decreto ley, es decir, antes del 11 de julio de 2025.
Delante del mal que supondría para nuestra tierra esta ampliación, y dando respuesta a las demandas ciudadanas de un modelo turístico equilibrado, manifestadas una vez más esta última semana a la calle, se considera necesario actuar para bloquear esta excepción.
Por este motivo, y de acuerdo con el que prevé la disposición transitoria tercera mencionada, el Pleno del Ayuntamiento de Capdepera acuerda:
1. Declarar la inaplicación de la excepción recogida en el apartado 4.h) de la disposición adicional primera de la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Islas Baleares, dentro del ámbito territorial de este Ayuntamiento.
2. De manera que quede temporalmente suspendida en este municipio la posibilidad de adquirir plazas turísticas a través del organismo gestor o de la administración turística, así como el intercambio de plazas entre particulares, ya sea para iniciar una nueva actividad turística o para ampliar una ya existente, de acuerdo con el que establece la disposición adicional primera, tanto si se trata de edificios catalogados o declarados bienes de interés cultural y se encuentran situados como urbano o rústico común.
3. Publicar este acuerdo al Boletín Oficial de las Islas Baleares, con efectos inmediatos, para garantir su validez jurídica y aplicación.
4. Notificar este acuerdo al Consejo de Mallorca // Ibiza // Formentera, como administración responsable de la gestión de plazas turísticas.
(Firmado electrónicamente: 11 de julio de 2025
La alcaldesa Mireia Francesca Ferrer Jaume)