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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 482710
Notificación de Resolución de Revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, exp. 051 de fecha 08 de julio de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 08 de julio de 2025, firmó la siguiente resolución,

"RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020

Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas

Submesura 6.1 - Creación de empresas de jóvenes agricultores

Convocatoria: CEJA 2021_1 Exp. CEJA2021_1/051

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 2509959

Código BDNS: 498194

Antecedentes

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores . La citada Resolución se modificó en fecha 26 de abril de 2016 (BOIB núm. 54).

2. Una vez analizada toda la documentación presentada, el vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor de los interesados que figuran en el anexo de la Resolución con los datos e importes correspondientes.

3. El 8 de septiembre de 2022, en el BOIB núm. 118, se publicó la Resolución de la concesión a los beneficiarios de las ayudas, en la que se incluye MIQUEL PERELLÓ ESTELRICH (núm. Exp. CEJA2021_1/051), con un importe prima de 40.000, 00€.

 

4. El 15 de septiembre de 2022 (con registro de entrada GOIBE523037) el beneficiario presenta la solicitud del primer pago parcial de la prima (50 %), por el que se realizó un pago por importe de 20.000,00 €.

5. El 27 de mayo de 2024 (registro de entrada GOIBE333946), el beneficiario presenta la solicitud del segundo pago y el servicio de gestión de ayudas al Desarrollo rural revisa el expediente y se comprueba que la explotación no alcanza el mínimo de 25 UBM para ser beneficiaria del complemento de orientación productiva ganadera de 5.000,00€.

6.Este hecho implica realizar una revocación parcial de 5.000,00 €, por tanto, el importe de ayuda auxiliable es de 35.000,00 € y el pago correspondiente al 2º tramo será de una cuantía de 15.000,00€.

8. Se ha considerado el Informe Propuesta provisional de resolución de la revocación parcial/Resolución de revocación parcial de la ayuda concedida a MIQUEL PERELLÓ ESTELRICH con NIF ***7404**, de día 11 de junio de 2025.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2.Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020 .

3.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1.Revocar parcialmente las resoluciones de ayuda concedidas a las personas beneficiarias por el importe y con los plazos detallados en el anexo de esta resolución, que es de 1 expediente y que comienza y termina con MIQUEL PERELLÓ ESTELRICH, que suma importe total de 5.000,00 euros, relativa a la línea de ayuda ”Creación de empresas de jóvenes agricultores”.

2.Finalizar el procedimiento de revocación del expediente CEJA2021_1/051.

3.Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CEJA2021_1 A REVOCAR

TITULAR

NIF

NÚM. EXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a revocar

COFINANCIACIÓN_1

Anualidad

CAIB 14,00%

FEADER 80,00%

AGE (Fega) 6,00%

MIQUEL PERELLÓ ESTELRICH

***7404**

CEJA2021_1/051

40.000,00 €

35.000,00 €

5.000,00 €

700,00 €

4.000,00 €

300,00 €

2021

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (9 de julio de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni