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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 480187
Acuerdo Ple sobre la propuesta de aprobación inicial del “Plan de actuación de ámbito local ante emergencias por incendios forestales del municipio de Es Mercadal”
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El Pleno de la Corporación celebrado, el día 25 de junio de 2025, en sesión ordinaria se acordó aprobar la propuesta de aprobación inicial del «Plan de actuación de ámbito local ante emergencias por incendios forestales del municipio de Es Mercadal, y que dice:
«10. Propuesta de aprovación inicial del «Plan de actuación de àmbito local frente emergencias por incendios forestales del municipio de es Mercadal» (E0446/2020/778)
Se tiene en cuenta de la propuesta de aprobación inicial del “Plan de actuación de ámbito local ante emergencias por incendios forestales del municipio de Es Mercadal”, la cual fue dictaminada favorablemente a la comisión informativa ordinaria de Urbanismo y Obras celebrada en fecha 19 de junio de 2025, y fue aprobada por unanimidad (2 votos y 2 votos 1 PSOE)
«PROPUESTA DE LA ALCALDIA»
Considerando que en fecha 8 de octubre de 2020 se firmó el CONVENIO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA PARA LA REDACCIÓN DEL PLAN INSULAR CONTRA INCENDIOS FORESTALES, aprobado por el Pleno municipal en sesión ordinaria el 30 de septiembre de 2020.
Dado que en fecha 21 de mayo de 2021, el Ayuntamiento remitió al Consejo Insular de Menorca (CIM) la siguiente documentación como información a efectos de redactar el plan:
Proyecto de Gestión Forestal en las Áreas Municipales de la Urbanización Son Parc, T.M. Es Mercadal, signat per J. Joaquín García García-Roldán en data 28/08/2020.
Plan integral de defensa contra incendios forestales para las urbanizaciones ubicadas en la interfase urbano/forestal de Menorca, firmado por Jose Domingo Yerbes, ingeniero de Montes en fecha 20/01/2013, documento Consell Insular de Menorca i Govern de les Illes Balears
Dado que en fecha 27 de feber de 2024, el CIME envió el plan elaborado por Tragsa: «PLAN DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL ANTE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DEL MUNICIPIO DE ES MERCADAL (Menorca)», que consiste en 3 documentos: una memoria, 27/04/2023, por Mónica Fernández Ramirez y Carolina Quesada.
Dado que en fecha 17 de marzo de 2025, la ingeniera municipal, emitió informe en el que indicó:
«Para poder estudiar y aprobar el Plan, necesitamos poder analizar los criterios y definiciones de las actuaciones, en concreto se solicita:
1. Aclaración si el Presupuesto total de ejecución de 560.737,72€, considera gastos generales, beneficio industrial e IVA.
2. Documento Excel con desglosamientos de las unidades de obra asi como la determinación de los precios i criterios considerables.
3. Aclaración sobre la diferencia de presupuesto considerado, en concreto por el ambito de Son Parc entre el «PLAN DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL ANTE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DEL MUNICIPIO DE ES MERCADAL (Menorca)», redactat per CIME i el "Proyecto de Gestión Forestal en las Áreas Municipales de la Urbanización de Son Parc, TM Mercadal", en fecha 27/07/2020 que fué enviado durante la redacción del Pleno.
Dado que mediante oficio de la Alcaldía de 24 de marzo de 2025 el precedente informe se trasladó al Consell Insular de Menorca. Dado que en fecha 17 de junio de 2025, la ingeniera municipal ha emitido informe en el que concluye:
«CONCLUSIONES»
1) De acuerdo con el apartado 3.5. del Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12823 , sobre Los planes de actuación de ámbito local :
Los planes municipales o de otras entidades locales, establecerán la organización y procedimiento de actuación de los recursos y servicios cuya titularidad corresponda a la administración local de que se trate y los que puedan ser asignados al mismo por otras administraciones públicas o por otras entidades públicas o privadas, al objeto de hacer frente a las emergencias por incendios forestales, dentro del ámbito territorial de aquella. (3.5.1. Concepto )
Los planes de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales deberán ser elaborados e implantados por el organismo competente en aquellos municipios con riesgo de incendio forestal que así se determinen en el correspondiente Plan de Comunidad Autónoma. (3.5.1. Concepto )
Los planes municipales o de otras entidades locales se aprobarán por los órganos de las respectivas corporaciones en cada caso competentes y serán homologados por la comisión de protección civil de la comunidad autónoma que corresponda. (3.5.3. Contenido mínimo)
2) Revisado el «PLAN DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL ANTE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DEL MUNICIPIO DE ES MERCADAL (Menorca)» que consiste en 3 documentos: una memoria, planos y anexos, firmado digitalmente 27/04/2023 por Mónica Fernández Ramirez y Carolina Quesada, informe su aprobación inicial siempre que se cumplen las siguientes prescripciones:
- El anexo 2. Tabla de titulares y emplazamiento (pág. 9 del pdf) debe actualizarse con estos datos.
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FUNCIÓN |
CARGO |
TELÈFONO |
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Dirección |
ALCALDE/ESSA |
659 958 995 |
alcaldia@esmercadal.es |
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Dirección suplente |
Regidor/a de policia |
620 967 169 |
rriera@esmercadal.es |
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Jefe de operacions |
Jefe de policia |
629 720 165 |
cappolicia@esmercadal.es |
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Grupo de intervención |
BOMBEROS (CIMe) |
971 380 809 |
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Jefe de Grupo de seguridad |
Jefe de policia. |
629 720 165 |
cappolicia@esmercadal.es |
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Comitè Assessor |
Regidor/a de instalaciones municipales |
677 370 739 |
nnevado@esmercadal.es |
|
Regidor/a urbanizaciones |
676 769 576 |
tpons@esmercadal.es |
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Jefe de brigada limpieza, mantenimiento y urbanizaciones |
687 423 571 |
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Jefe de brigada de obras |
636 725 098 |
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Jefe de servicios tecnicos |
971 375 50 02 ext 3332 |
tecnic3.urbanisme@esmercadal.es |
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Engenieria municipal |
971 375 50 02 ext 3331 |
enginyer-urbanisme@esmercadal.es |
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Servicios sociales |
971 375 50 02 ext |
treballadora-social@esmercadal.es |
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Gabinete de Información/ Responsable Comunicaciones |
Regidor comunicación |
650 803 463 |
crotger@esmercadal.es |
Se mantendrá comunicación con la Dirección General de Emergencias e Interior (DGEI) a través del 112, que les asesorará en temas técnicos y les brindará apoyo facilitando partes meteorológicos, etc.
Se ha de tener en cuenta en todos los documentos que NO extisten bomberos semiprofessionales ni agrupaciones de volutarios de protección civil formalizados, por lo tanto, el ayuntamiento no dispone de los medios necesarios para formar parte del Grupo de Interevención, tampoco para llevar a cabo las vigilancias preventivas.
- En el annexo 4. Directorio (pàg. 15 i 16)
Se han de corregir los contactos de:
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Recinto Ferial: |
971 375 002 |
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Campo de futbol Sant Martí: |
654 332 399 |
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S'Arangi IBANAT: |
971 154 077 |
Se deberán añadir los siguientes números de contacto de las EMPRESAS ABASTECEDORAS DE AGUA POTABLE Y RESPONSABLES DE HIDRANTES:
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Jefe de servicios de Aguas Son Parc |
674 05 88 20 |
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Jefe de servicios aguas Arenal des Castell. CASTELLOSA |
670 52 25 44 |
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Jefe de servicios aigua de es Mercadal |
687 474 138 |
- Se han de estudiar el nucleo de Coves Noves II como area de urbanización i Tirant i Pic de Or como agrupación de edificaciones. Se deberán evaluar si requiere medidas adicionales.
- Las actuaciones planeadas, las preventivas sobre el terrritorio (está previsto que las ejecute el CIME mediante Convenio de el ayuntamiento) i las actuaciones organizativas de el ayuntamiento (que las deberá ejecutar el ayuntamiento), han de tner en cuenta todo lo que se especificó en el apartado de consideraciones tecnicas, particularmente:
En Son Parc se han de revisar las zonas prioritarias que no estan definidas i que por falta de recursos el ayuntameinto no puede ajecutar.
En Arenal de es Castell – Punta Grossa, se considera que se habría de evaluar tambien Zona CASOR- 1 i zonas verdes municipales.
Revisar el número de hidrantes a colocar, ya que hay más núcleos (de los relacionados en el Plan) que no disponen de hidrantes en su red de abastecimiento de agua potable y, además, de los existentes, no todos funcionan correctamente y no cubren todas las zonas. Anexo 4. Se adjunta Hidrantes Urbanización Es Mercadal
Independientemente de las mediciones de ORG-1. Vigilancia disuasoria, se propone que 2 personas de la brigada y/o voluntarios realicen rutas y visitas en verano. Se informa que el Ayuntamiento no cuenta con los recursos necesarios.
3) El Director del Pleno, el alcalde deberá implantar el pleno en un terminio de 12 meses a partir de su homologación. De acuerdo al Plan, esta implementación requerirá: revisión y actualización anual de medios y recursos, capacitación permanente del personal discontinuo, revisión de las bases cartográficas cada 5 años y realización de simulacros cada 4 años y la vigencia del plan es de 10 años.
4) El ayuntamiento deberá programar la redacción de los planos de autoprotección de las urbanizaciones: Son Parc, Sa Roca, Port Addaia, Arenal des Castell, Punta Grossa i Na Macaret.
Anexos:
Anexo 1. Red viaria del Catálogo de caminos municipales de Es Mercadal, homologado
Anexo 2. «Proyecto de Gestión Forestal en los Áreas Municipales de la Urbanización Son Parc, T.M. Es Mercadal, firmado por J. Joaquín García García-Roldán el 28/08/2020»
Anexo 3. Plan de autoprotección Son Park EU.3 T.M. Es Mercadal, firmado por Esteve Pous Garrido y Antonio Roca Martínez de septiembre de 2021.
Anexo 4. Hidrantes Estatales™ Es Mercadal. Ubicación de las aguas y los hidrantes del Mercado Excel en Son Park
Desde el 17 de noviembre de 2020, el Concejal de Medio Ambiente y Territorios del GOIB, resolvió:
“Determinar los lineamientos para el desarrollo e implementación de los Planes Locales de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF) de ámbito municipal, en los siguientes términos:
1. El PLPIF tendrá como finalidad elaborar un documento técnico que sirva como mecanismo para establecer, planificar e implementar acciones de prevención de incendios forestales a nivel local, por parte de los distintos actores involucrados, con el objetivo de evitar los incendios forestales, minimizar los daños y garantizar una defensa eficaz contra los mismos.
2. Los PLPIF deberán basarse en el IV Plan General de Defensa contra Incendios Forestales de las Illes Balears (PGIF) y en el Plan insular o autonómico correspondiente vigente. Su contenido debe estar orientado especialmente a especificar y priorizar la planificación de acciones concretas de prevención a escala y por actores locales, mientras que la caracterización del riesgo a escala de condado o isla ya está definida en el resto de planes de nivel superior.
3. El contenido mínimo del PLPIF de ambito local, ha de recojer los siguientes aspectos:
a) Alcance y vigencia del plan.
b) Caracterización territorial y ambiental, en materia de riesgo de incendio forestal a nivel municipal.
c) Inventario de medios, recursos e infraestructuras preventivas existentes, identificando la titularidad de cada uno de ellos y su situación actual de gestión.
(d) Normativa aplicable. Ordenanzas municipales y normas de aplicación.
e) Determinación de zonas críticas y elementos más vulnerables. Identificación de actividades o usos susceptibles de generar o verse afectados por incendios forestales.
f) Planificación de las acciones locales de prevención, estableciendo responsables de su gestión, planificación, características, presupuesto, cronograma y mapeo. Priorización de acciones de prevención locales.
g) Plan de desarrollo del programa, tiempo y económico.
h) Seguimiento de la ejecución del plan, evaluación y revisión prevista.
i) Directorio de funcionarios municipales y actores locales de prevención.
(j) Anexo cartográfico.
k) Anexo de Fichas Básicas a cumplimentar para cada acción de prevención local:
- Cody
- Nombre de la acción
- Prioridad
- Descripción de la actuación
- Ubicación
- Plazo previsto de ejecución y vigencia de la medida
- Costos iniciales y previstos
- Responsabilidad de ejecución (disponibilidad de terreno si aplica)
- Definición de si la actuación ya está recogida en otros instrumentos de planificación
- Plan de seguimiento
4. Los PLPIF serán elaborados y firmados por profesionales que hayan recibido formación específica acreditada en materia de incendios forestales.
5. La vigencia de los PLPIF será por un periodo máximo de 10 años.
6. La dirección general competente en materia de incendios forestales, si así lo solicita la corporación responsable de la elaboración y aprobación del PLPIF, prestará apoyo técnico para la elaboración del plan.
7. Los PLPIF serán aprobados por los órganos de las respectivas administraciones locales competentes en cada caso. Se puede solicitar con antelación a la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, del Ministerio de Medio Ambiente y Territorio, que tiene asignadas las funciones de prevención de incendios forestales y forma de adaptación al Plan General de Incendios Forestales de la CAIB y la
«Plano de isla correspondiente o plan de condado actual.»
Dado que el arte. El artículo 26 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de Gestión de Emergencias de las Illes Balears, dispone que:
«Artículo 26. Aprobación de planes. Publicación y publicidad
1. Los planes municipales y supramunicipales serán aprobados provisionalmente por el Pleno del ayuntamiento o ayuntamientos correspondientes, previo informe de la Junta Local de Protección Civil. La aprobación final corresponderá también al pleno o plenos del ayuntamiento o ayuntamientos afectados, previa aprobación de la Comisión de Emergencias y Protección de las Islas Baleares (CEPIB).
2. Los planes insulares serán aprobados por el órgano competente del consejo insular correspondiente, previa aprobación de la CEPIB.
3. Los planes mencionados en los dos puntos anteriores no podrán ejecutarse hasta su aprobación, que deberá realizarse por la autoridad competente en el plazo máximo de tres meses desde su recepción por dicha autoridad.
4. Los planes que no sean aprobados deberán ser modificados de acuerdo con las observaciones que formule la Comisión de Emergencia y Protección, aplicándose, mientras tanto, el plan de alcance superior.
5. Los planes de ámbito autonómico se aprobarán por decreto del Gobierno de las Illes Balears, previo informe del CEPIB y aprobación de la Comisión Nacional de Protección Civil, excepto aquellos que no estén regulados por la normativa básica estatal, que requerirán la aprobación del CEPIB.
6. Los acuerdos o decretos por los que se aprueban y modifican los planes especiales y territoriales de protección civil se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
7. Un ejemplar completo de cada plan aprobado estará a disposición de cualquier persona, para su consulta, en la sede del órgano aprobador, sin necesidad de acreditar interés determinado.
8. Se enviará otra copia a la dirección general competente en materia de emergencias. 9. En caso de que los municipios o ayuntamientos obligados a elaborar los planes territoriales no lo hayan hecho en el plazo establecido por la autoridad competente, la autoridad competente de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears podrá, previa solicitud de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre medidas de emergencia, adoptar las medidas materiales, técnicas y jurídicas que considere necesarias para hacer frente al riesgo o riesgos presentes en su territorio.
SE PROPONE al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.- APROVAR PROVISIONALMENT el «PLAN DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL ANTE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DEL MUNICIPIO DE ES MERCADAL (Menorca)», que consiste en 3 documentos: un memorando, planos y anexos, firmado digitalmente el 27/04/2023 por Mónica Fernández Ramirez y Carolina Quesada, con las prescripciones señaladas en el informe del ingeniero municipal de 17 de junio de 2025 que son:
- El Anexo 2. Cuadro de titulares y ubicación (pág. 9 del pdf) deberá actualizarse con estos datos.
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FUNCIÓ |
CÀRREC |
TELÈFON |
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Dirección |
ALCALDE/ESSA |
659 958 995 |
alcaldia@esmercadal.es |
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Direcció suplent |
Regidor/a de policia |
620 967 169 |
rriera@esmercadal.es |
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Jefe de operaciones |
Jefe de policia |
629 720 165 |
cappolicia@esmercadal.es |
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Grupo de intervención |
BOMBEROS (CIMe) |
971 380 809 |
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Jefe de Grupo de seguridad |
Jefe de policia. |
629 720 165 |
cappolicia@esmercadal.es |
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Comitè Assessor |
Regidor/a de instalaciones municipales |
677 370 739 |
nnevado@esmercadal.es |
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Regidor/a urbanitzaciones |
676 769 576 |
tpons@esmercadal.es |
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Jefe de brigada lipieza, mantenimiento i urbanitzaciones |
687 423 571 |
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Jefe de brigada de obras |
636 725 098 |
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Jefe de servicios tecnicos |
971 375 50 02 ext 3332 |
tecnic3.urbanisme@esmercadal.es |
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Ingenieria municipal |
971 375 50 02 ext 3331 |
enginyer-urbanisme@esmercadal.es |
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Servicios Sociales |
971 375 50 02 ext |
treballadora-social@esmercadal.es |
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Gabinete de Información/ Responsable Comunicaciones |
Regidor comunicación |
650 803 463 |
crotger@esmercadal.es |
Se mantendr´ça la comunicación con la Dirección General de Emergencia e Interior (DGEI) a través del 112, quien les assesorará en cuestiones tecnicas i prestará el soporte facilitando partes meteorologicas, etc.
Se ha de tener en cuenta en todos los documentos que NO exsisten bomberos semiprofessionales, ni agrupaciones de voluntarios de protección civil formalizado, por lo tanto, el ayuntamiento no dispone de los medios para poder informar parte del Grupò de intervención, tampoco para poder llevar a cabo las vigilancias preventivas.
- Anexo 4. Directorio (pág. 15 y 16)
Se han de corregir los contactos de:
|
Recinto Ferial: |
971 375 002 |
|
Campo de futbol Sant Martí: |
654 332 399 |
|
S'Arangi IBANAT: |
971 154 077 |
Se han de agregar los siguientes telefonos de contacto de las EMPRESAS RESPONSABLE DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DEL HIDRANTE:
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Jefe de servicios de agua Son Parc |
674 05 88 20 |
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Jefe de servicios de agua Arenal d'en Castell. CASTELLOSA |
670 52 25 44 |
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Jefe de servicios de agua des Mercadal |
687 474 138 |
En Son Parc se deben revisar las áreas prioritarias que no están definidas y que el Ayuntamiento no puede implementar por falta de recursos.
En Arenal d'en Castell – Punta Grossa se considera que también se deben evaluar la Zona CASOR-1 y las zonas verdes municipales.
Revisar el número de hidrantes a colocar, ya que hay más núcleos (de los relacionados en el Plan) que no disponen de hidrantes en su red de abastecimiento de agua potable y, además, de los existentes, no todos funcionan correctamente y no cubren todas las zonas. Anexo 4. Se adjunta Hidrantes Urbanización Es Mercadal™.
Independientemente de las mediciones de ORG-1. Vigilancia disuasoria, se propone que 2 personas de la brigada y/o voluntarios realicen rutas y visitas en verano. Se informa que el Ayuntamiento no cuenta con los recursos necesarios.
Segundo.- SOMETER el expediente a trámite de información pública durante el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica del Ayuntamiento. Durante este plazo, el expediente estará a disposición de quien desee examinarlo a fin de presentar las alegaciones que considere pertinentes.
Tercero.- SOLICITAR a la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del GOIB un informe sobre la adecuación del PLPIF al Plan General de Incendios Forestales de la CAIB y al Plan Insular o Regional correspondiente vigente.
Cuarto.- SOLICITAR a la Comisión de Emergencias y Protección de las Islas Baleares (CEPIB) la aprobación del Plan que se aprueba provisionalmente.
Es Mercadal, en la fecha de la signatura electrónica
El alcalde
Joan Manel Palliser Riudavets"
Votación
Sometida a votación la propuesta, ésta fue aprobada por unanimidad (5 votos del grupo PSOE, 4 votos del grupo ENTESA y 3 del grupo PP)”
Es Mercadal, en la fecha de la firma electrónica (8 de julio de 2025)
El alcalde Joan Palliser Riudavets