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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 476739
Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública por la cual se modifica la Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2 y ofrecimiento de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Alcúdia (auxiliar de servicios fijo-a discontinuo-a) con asignación de puestos de trabajo por turno de acceso para su contratación como personal laboral fijo

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Texto

Se publica la resolución del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, según el Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo que dispone el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

“Hechos

1. En fecha 30 de noviembre de 2022 se publica la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública por el que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2 (BOIB nº. 158, de 6 de diciembre),  entre otros se convocaron cinco plazas de la categoría/especialidad auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)  del Ayuntamiento de Alcúdia.

2. En el marco de esta convocatoria, fecha 31 de julio de 2024 el Tribunal calificador, aprobó la lista definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con aplicación de los criterios de desempates y la resolución de las alegaciones formuladas a la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de puestos correspondientes a las plazas convocadas, dando un plazo de siete días hábiles para comunicar el orden de preferencia de los puestos ofrecidos.

3. De conformidad con el punto 8.8 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofrecidos, por Acuerdo de fecha 22 de noviembre de 2024 el Tribunal elevó al consejero ejecutivo de Hacienda y Función pública la propuesta de las personas aspirantes que superaban el proceso selectivo convocado.

4. Mediante Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública en fecha 29 de noviembre de 2024 (BOIB nº. 159, de 7 de diciembre de 2024), transcurridos seis meses desde que se notificó la publicación de la Resolución del Ayuntamiento de Alcúdia sin que éste haya dictado la resolución para la contratación como personal laboral fijo, fecha 20 de junio de 2025 (R.G.E. 527432/2025), el Ayuntamiento mencionado, comunica la jubilación de la aspirante Antonia Cladera Ferrer, con opción a la adjudicación como personal laboral fijo en la categoría/especialidad de auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a), motivo por el que el Tribunal calificador propone la adjudicación a la siguiente persona por orden de prelación de la lista definitiva de puntuaciones de méritos del proceso, el señor Joan Llinàs Jaume.

5. De conformidad con la base 8.8 de la convocatoria, con la finalidad de asegurar que se cubran las plazas convocadas, cuando haya renuncias de aspirantes seleccionados antes del nombramiento o la toma de posesión, el Tribunal tiene que elevar al órgano convocante una relación complementaria de los aspirantes que estén situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación, para un posible ingreso como personal laboral fijo en sustitución de las que renuncien.

6. En fecha 26 de junio de 2025 el Tribunal calificador competente del procedimiento selectivo ha acordado elevar al consejero de Hacienda y Función Pública el Acuerdo por el que se modifica la propuesta de las personas aspirantes por orden de prelación que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2, derivado de la oferta de empleo público extraordinaria del Ayuntamiento de Alcúdia, con la asignación de oficio del puesto de trabajo, por turno de acceso para su contratación como personal laboral fijo. Esta Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública se dictó en fecha 1 de julio de 2025 aunque no se publicó en el BOIB.

7. Se han detectado errores en la Resolución de fecha 1 de julio 2025 sobre este asunto, que hacen aconsejable dictar una nueva resolución.

Fundamentos de derecho 

1. El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local 

2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de les Illes Balears.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

4. La Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público 

5. La Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos Insulares 

6. El artículo 4 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de les Illes Balears.

7. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2022 (BOIB nº. 158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 y de fecha 8 de febrero de 2023 (BOIB nº. 13, de 28 de enero de 2023 y BOIB nº. 19, de fecha 11 de febrero de 2023), por Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 29 de agosto de 2023 (BOIB nº. 121, de 31 de agosto de 2023), por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 27 de septiembre de 2024 (BOIB nº. 130, de 3 de octubre de 2024), y por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 7 de noviembre de 2024 (BOIB nº. 147, de 9 de noviembre de 2024), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo.

Por todo ello, dicta la siguiente

Resolución

1. Dejar sin efecto la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 1 de julio de 2025. 

2. Aprobar la modificación de la lista definitiva rectificada de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo en la categoría/especialidad auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a) del Ayuntamiento de Alcúdia de acuerdo con lo que se indica en el Anexo 1, con indicación de la asignación del puesto de trabajo al señor Joan Llinàs Jaume.

De conformidad con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, esta convocatoria contiene, como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.

3. Ordenar la publicación de esta Resolución y su Anexo en el tablón  de edictos, en  la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, y en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con aquello que prevén los artículos 66.2 y 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por Acuerdo del Pleno de 12 de abril de 2018, y los artículos 12 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

​​​​​​​

Palma, en fecha de la firma electrónica (7 de julio de 2025)

El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública  Rafael Ángel Bosch Sans  (por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, ​​​​​​​BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022

​​​​​​​

ANEXO 1 Modificación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por<A[para|por]> el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2, derivada de la oferta de empleo público extraordinaria del Ayuntamiento de Alcúdia (auxiliar de Servicios fijo-a discontinuo-a) y de asignación de puestos de trabajo por turno de acceso para su contratación como personal laboral fijo.

1. Turno libre ordinario concurso laboral

1.5 Subgrupo C2

Ayuntamiento de Alcúdia. Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a) (ELC0C2/022)

Apellidos y Nombre

Nº Ref./puesto

Nombre del puesto <A[lugar|sitio]>

Grupo

Forma de provisión

Carácter de adscripción

Llinàs Jaume Joan

6430-2

Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)

C2

Concurso

1

CARÁCTER DE ADSCRIPCIÓN

1.  Adscripción del puesto de trabajo con carácter definitivo.

2. Adscripción del puesto de trabajo con carácter provisional hasta la acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso de la categoría/especialidad, dentro del plazo máximo establecido en la disposición adicional decimotercera del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio con la redacción modificada por la disposición final primera del Decreto ley 5/2025 de 16 de mayo y la base específica 5.2 del Anexo II de la convocatoria.

 

ANEXO 2 ​​​​​​​La modificación acordada en el presente documento para una mejor comprensión del texto resulta con el literal siguiente:

1. Turno libre ordinario concurso laboral

1.5 Grupo C2

Ayuntamiento de Alcúdia. Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a) (ELC0C2/022)

Apellidos y Nombre

Nº Ref./puesto

Nombre de puesto<A[lugar|sitio]>

Grupo

Forma de provisión

Carácter de adscripción

Ayala Batle, Manel Miquel

6430-1

Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)

C2

Concurso

2

Fernández Bernat José Antonio

6430-3

Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)

C2

Concurso

2

Garcías Cerdá Francisca Isabel

6430-4

Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)

C2

Concurso

1

Pujadas Estrany Francisca Maria

6430-5

Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)

C2

Concurso

1

Lllinàs Jaume Joan

6430-2

Auxiliar de servicios (fijo-a discontinuo-a)

C2

Concurso

1

CARÁCTER DE ADSCRIPCIÓN

1.  Adscripción del puesto de trabajo con carácter definitivo.

2.  Adscripción del puesto de trabajo con carácter provisional hasta la acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso de la categoría/especialidad, dentro del plazo máximo establecido en  la disposición adicional decimotercera del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio con la redacción modificada por la disposición final primera del Decreto ley 5/2025 de 16 de mayo y la base específica 5.2 del Anexo II de la convocatoria.” 

Palma, en  fecha de la firma electrónica (7 de julio de 2025)

El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans