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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 469887
Adjudicación de puesto de trabajo proceso selectivo de estabilización sistema concurso excepcional de méritos personal laboral fijo subgrupo A1 del Ayuntamiento de Manacor (AODL)

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Texto

Por Decreto de Alcaldía n.º 2025-3362, de 2 de julio de 2025, se ha resuelto lo siguiente:

«RESOLUCIÓN

1. Adjudicar el puesto de trabajo siguiente, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de la Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba la lista definitiva con la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo A1, categoría AODL del Ayuntamiento de Manacor, con asignación de puesto de trabajo por turnos de acceso:

- Henedina Perelló Perelló. Agente de ocupación y desarrollo local (n.º de relación en la plantilla 1.5.1.1, numeración actualizada a 1.2.41.1).

2. Contratar como personal laboral fijo con la categoría de AODL a la persona aspirante antes mencionada, la cual ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para la convocatoria de esta plaza, de acuerdo con el anexo 1 de la resolución antes citada.

3. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. La firma del contrato del puesto adjudicado se tiene que efectuar en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BOIB.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer directamente demanda laboral ante el Juzgado Social de Palma de Mallorca, en el plazo de 20 días hábiles, o el especial que sea aplicable, contados a partir del día siguiente al día en que se haya producido el acto o la notificación de la resolución impugnada, o desde que se tenga que entender agotada la vía administrativa en los otros casos, según lo que dispone el artículo 69.3 de la Ley 36 /2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, en la redacción dada por la Disposición Final 3.ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».

 

Manacor, 4 de julio de 2025

La delegada de Recursos Humanos Antònia Llodrà Brunet