Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 469595
Aprobación de la prórroga el contrato de “Gestión de los servicios municipales del abastecimiento domiciliario de agua potable y alcantarillado del ayuntamiento de Formentera” [hoy Consell Insular de Formentera] gestionado por la concesionaria Aqualia, gestión integral del agua, S.A.
Versión PDF
Se hace público que la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de 28 de mayo de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“PRP2025/406. PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA PRÓRROGA EL CONTRATO DE “GESTIÓN DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES DEL ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL AYUNTAMIENTO DE FORMENTERA” [hoy CONSELL INSULAR DE FORMENTERA] GESTIONADO POR LA CONCESIONARIA AQUALIA, GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA, S.A. (exp. 2025/3049)
“(…)
Visto el Decreto de presidencia, de 27 de diciembre de 2024, con rectificación de errores de transcripción según el Decreto de presidencia de 15 de enero de 2025 (publicado al BOIB n.º 19 de fecha 11 de febrero de 2025), sobre las atribuciones y el régimen jurídico de la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera [artículo 132.2 de la Ley 4/2022, de los Consells Insulares, sobre las atribuciones de la Junta de Gobierno indicadas en el artículo 28 letra h)], se indica que, entre otros, la Junta de Gobierno tiene la atribución siguiente: “Ejercer las competencias de órgano de contratación en todo tipo de contratos, en los mismos casos que la legislación de contratos del sector público prevé para la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población, sin perjuicio del que pueda prever el reglamento orgánico. En consecuencia, de acuerdo con el punto 11 de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consell 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, todas las competencias que esta disposición adicional segunda prevé a los 10 puntos anteriores (incluyendo, por lo tanto, los contratos públicos y los contratos privados), de esta norma, corresponden al Consell Insular de Formentera a la Junta de Gobierno, siempre que el importe del contrato sea superior al de los contratos menores (IVA excluido), o, sin superar las cuantías de estos contratos, la duración del contrato sea superior en un año.”, por lo tanto, en virtud del anterior, la siguiente,
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO.- APROBAR la prórroga del Contrato de suministro domiciliario de agua potable y alcantarillado, con la concesionaria del servicio AQUALIA, Gestión Integral del Agua, S.A, por el plazo de cinco (5) años.
SEGUNDO.- INFORMAR de que, en ningún caso, las actuaciones que se lleven a cabo pueden ir a cargo de las tarifas que el concesionario podrá percibir de los usuarios, según consta en el pacto quinto y sexto del contrato celebrado por las partes, la cláusula décima de los PCAP y del Anexo III de los PPT relativo a la Ordenanza municipal reguladora de los servicios municipales de abastecimiento domiciliario de agua potable y alcantarillado.
TERCERO.- REQUERIR a la concesionaria del servicio AQUALIA, Gestión Integral del Agua, S.A, por que en el plazo máximo de un mes desde la recepción del presente acuerdo, presente un plan de actuación para afrontar las inversiones derivadas de las actuaciones antes mencionadas.
CUARTO.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB).
QUINTO.- TRASLADAR el presente acuerdo al área de Contratación del Consell Insular de Formentera, para que se publique el presente acuerdo en el Registro Público de Contratos (art. 118 TRLCAP) dependiendo de la Junta Consultiva de Contratación, como apoyo de la estadística sobre contratación pública para finalidades estatales.
SEXTO.- INFORMAR del presente acuerdo al área de Intervención del Consell Insular de Formentera.
SÉPTIMO.- NOTIFICAR el presente acuerdo a la concesionaria del servicio AQUALIA, Gestión Integral del Agua, S.A., para que tenga conocimiento.
OCTAVO.- DAR CUENTA al Pleno de la Corporación a la próxima sesión que tenga lugar del presente acuerdo a los efectos oportunos.
[...]
Se tiene que entender, a todos los efectos, como ha dejado patente el secretario que en todo momento se está hablando del Consell Insular de Formentera, en el cual queda disuelto el Ayuntamiento de Formentera.
La Junta de Gobierno, en ejercicio de sus competencias [artículos 130.2, 132 (en relación en el artículo 28) y 134 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consells insulars], en base a aquello propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88.3 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas supone la motivación de este acto) y el que ha dicho el secretario de palabra, adopta, por unanimidad, el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- APROBAR la prórroga del Contrato de suministro domiciliario de agua potable y alcantarillado, con la concesionaria del servicio AQUALIA, Gestión Integral del Agua, S.A, por el plazo de cinco (5) años, que se refiere al Consell Insular de Formentera en el cual se entiende disuelve el Ayuntamiento de Formentera.
SEGUNDO.- INFORMAR de que, en ningún caso, las actuaciones que se lleven a cabo pueden ir a cargo de las tarifas que el concesionario podrá percibir de los usuarios, según consta en el pacto quinto y sexto del contrato celebrado por las partes, la cláusula décima de los PCAP y del Anexo III de los PPT relativo a la Ordenanza municipal reguladora de los servicios municipales de abastecimiento domiciliario de agua potable y alcantarillado.
TERCERO.- REQUERIR a la concesionaria del servicio AQUALIA, Gestión Integral del Agua, S.A, por que en el plazo máximo de un mes desde la recepción del presente acuerdo, presente un plan de actuación para afrontar las inversiones derivadas de las actuaciones antes mencionadas.
CUARTO.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB).
QUINTO.- TRASLADAR el presente acuerdo al área de Contratación del Consell Insular de Formentera, para que se publique el presente acuerdo en el Registro Público de Contratos (art. 118 TRLCAP) dependiendo de la Junta Consultiva de Contratación, como apoyo de la estadística sobre contratación pública para finalidades estatales.
SEXTO.- INFORMAR del presente acuerdo al área de Intervención del Consell Insular de Formentera.
SÉPTIMO.- NOTIFICAR el presente acuerdo a la concesionaria del servicio AQUALIA, Gestión Integral del Agua, S.A., para que tenga conocimiento.
OCTAVO.- DAR CUENTA al Pleno de la corporación a la próxima sesión que tenga lugar del presente acuerdo a los efectos oportunos.
(...)”
Se hace público para general conocimiento.
Formentera, con fecha de la firma electrónica (19 de junio de 2025)
El presidente Oscar Portas Juan