Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE MARIA DE LA SALUT
Núm. 468766
Nombramiento de funcionario de carrera, categoría agente de policía local de Maria de la Salut
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Expediente núm.: 1028/2024
Procedimiento: selección de personal y provisión de puestos de trabajo. Bases específicas y convocatoria del proceso selectivo para cubrir, como personal Funcionario de carrera, una plaza vacante de la categoría de Policía Local, por el sistema de movilidad
Asunto: publicación de la resolución de Alcaldía núm. 221, de fecha 3 de julio de 2025, por la cual se aprueba la adjudicación de la plaza de Policía Local del municipio de Maria de la Salut
Documento firmado por: el Sr. Alcalde
ANUNCIO EN EL BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS
El Sr. Jaime Ferriol Martí, en su condición de Alcalde Presidente de la Corporación Local,
HACE SABER:
Que, por resolución de la Alcaldía núm. 221, de fecha 3 de julio de 2025, una vez concluido el proceso selectivo, se efectúa el nombramiento de:
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NOM |
DNI |
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Juan Luis Núñez Tejedor |
4*******R |
Características de la plaza:
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GRUPO |
C |
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SUBGRUPO |
C1 |
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CATEGORÍA |
Agente |
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DENOMINACIÓN Y NÚMERO DE PUESTO DE TRABAJO |
Núm. 41 «agente Policía» |
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NÚMERO DE VACANTES |
1 |
Lo que se publica pera general conocimiento y los efectos oportunos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, ante la Alcaldía de la Corporación municipal, de conformidad con lo que se dispone en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma o, a elección de la persona interesada, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En caso de que se opte por interponerse el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva el primero expresamente o se produzca su desestimación por silencio administrativo.
Todo esto sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Maria de la Salut, 3 de julio de 2025
(El alcalde Jaime Ferriol Martí)