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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 466227
Extracto de la convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva del área de Alcaldia del Ayuntamiento de Maó

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 843607 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

La Junta de Gobierno Local de día 30/06/2025, ha aprobado la Convocatoria para la concesión de subvenciones en concurrencia competitiva para 2025 en materia de Alcaldia.

Beneficiarios

Para obtener la condición de beneficiario, las personas físicas, las personas jurídicas, instituciones o entidades legalmente constituidas tendrán que cumplir con los requisitos y obligaciones contenidas tanto en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como en los artículos 10 y 11 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Maó.

Objeto y plazo de ejecución de las actividades subvencionadas

Es objeto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que se establece en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Maó, definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones mediante el régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la actividad habitual y global de asociaciones y entidades que realicen su proyecto en el municipio de Maó en el ámbito. El período de ejecución de los proyectos subvencionables será desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria están contenidas en la Ordenanza general municipal de subvenciones, publicada en el BOIB número 12 de 25 de enero de 2018.           https://www.caib.es/eboibfront/ca/2018/10769/604750/aprovacio-definitiva-de-la-modificacio-de-l-ordena           https://www.caib.es/eboibfront/es/2018/10769/604750/aprobacion-definitiva-de-la-modificacion-de-la-ord

Cuantía.

La cuantía global máxima de la convocatoria asciende a 19.000,00 euros, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Org.

Programa

Económico

Descripción

Importe

A01

9120

4810001

Subvenciones en concurrencia.

19.000,00 €

Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención

La concesión de las subvenciones se realizará en base a la aplicación de los criterios de valoración que se detallan a continuación.

  • Alcaldia, con un máximo de 50 puntos:

ÁMBITO

PUNTOS MÁXIMOS

ASPECTOS A VALORAR

PUNTOS

Valoración del proyecto

15

Cualidad del proyecto e impacto sobre el municipio (participantes y diversidad de destinatarios)

5

Implicación de la entidad en actividades organitzadas por el Ajuntamiento

5

Variedad y originalidad de actividades durante todo el año

5

Viabilidad técnica  y económica

5

Adecuación del presupuesto o valoración económica de las actividades.

5

Impacto social de las actividades

15

Actividades que fomenten la participación y la identidad del barrio.

5

Realización de actividades durante las festividades populares y del barrio.

5

Relación del proyecto y las actividades con la difusión de los valores históricos, populares y tradicionales de Maó.

5

Importancia y consolidación social de la entidad

10

Capacidad para involucrar otras asociaciones y col·lectives en la organización de sus actividades.

5

Cesión del local social a otros colectivos

5

Número de asociados

5

Número de Asociados a la entidad

Hasta 100 asociados : 3 puntos

Más de 100 asociados : 5 puntos

5

Previamente a la valoración de las solicitudes, se comprobará que los beneficiarios cumplen con los requisitos señalados. La valoración que se otorgará en cada solicitud deberá quedar justificada en el correspondiente informe técnico de valoración.

El importe de la subvención individual de cada entidad será la suma de dos componentes: un componente fijo y otro componente ligado a los criterios de concesión

La determinación del importe a conceder a cada entidad se realizará de la siguiente forma:

A) Determinación del componente fijo. Todas las entidades solicitantes que obtengan la puntuación mínima establecida al final de este artículo, recibirán la cuantía fija de 500 euros, que se verá incrementada en función del proyecto y de la valoración posterior que obtenga.

B) Determinación del valor monetario por cada punto de los criterios. Se realizará la valoración de los criterios de todas las solicitudes y se sumará su importe global.

C) Determinación del componente de la subvención ligado a los criterios. Se determinará para cada solicitud multiplicando el valor monetario de cada punto por los puntos obtenidos en la valoración de los criterios.

No obstante lo anterior, para la determinación del importe final de la subvención se tendrán en cuenta las siguientes reglas y limitaciones:

  • No se concederá subvención a aquellas entidades que, en la valoración de los criterios de concesión, obtengan una puntuación inferior a 10 puntos.
  • El importe máximo de la subvención para una misma entidad no podrá ser superior a 1800 euros.

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

El trámite de solicitud de subvenciones se realizará exclusivamente de forma electrónica, por lo que deberá presentarse la documentación a través de la sede electrónica el Ayuntamiento de Maó en la dirección https://www.carpetaciutadana.org/mao/Portal.aspx

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Plazo y forma de justificación

La justificación se presentará de forma telemática, bajo la modalidad de cuenta justificativa simplificada, regulada en el artículo 75 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. El plazo para su presentación tendrá como fecha límite el 31 de enero de 2026.

Otros datos

De acuerdo con lo que dispone el artículo 31.3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, en el momento de conceder la subvención se reconocerá la obligación por su importe total. En el mismo momento se tramitará anticipadamente el pago del 50% del total, reteniendo a cuenta el 50% restante, como garantía de la ejecución de la actividad subvencionada y de la correcta justificación. Esta retención se imputará extrapresupuestariamente al concepto 20061 y se devolverá una vez aprobada la justificación de la subvención.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (2 de julio de 2025)

El alcalde Héctor Pons Riudavets