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AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA
Núm. 463940
Acuerdo del Pleno de fecha 16/06/2025 del Ayuntamiento de Valldemossa por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aparcamiento de vehículos de tracción mecánica en vías municipales y la regulación de las zonas de circulación restringida
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Acuerdo del Pleno de fecha 16/06/2025 del Ayuntamiento de Valldemossa por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aparcamiento de vehículos de tracción mecánica en vías municipales y la regulación de las zonas de circulación restringida
El Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 16/06/2025 dictó el siguiente acuerdo:
“PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aparcamiento de vehículos de tracción mecánica en vías municipales y la regulación de las zonas de circulación restringida, en los términos de la Propuesta del servicio de fecha 27/05/2025 que se anexa al expediente, y que es la siguiente:
Modificación del artículo 9, que queda redactado de la siguiente manera:
«Las zonas determinadas para estacionamiento con limitación horaria son las siguientes:
Zona 1: Carrers Bartomeu Ferrà, Pilar Muntaner, Venerable Sor Aina, Rector Joan Mir, Es Cos,Santiago Rossinyol y Arxiduc Lluís Salvador
Zona 2: aparcamiento A (c/ Venerable Sor Aina)
Zona 3: Carrers de Son Gual, De na Mas, Ermita Joan Mir de la Concepció, Joan Fuster, Josep Coll Bardolet, Eliseu Meinfrein Pintor, Avenida Lluís Salvador Cilimingras».
Modificación del artículo 19.3, que queda redactado de la siguiente manera: «Autorizaciones puntuales. Excepcionalmente y, previa autorización municipal con conocimiento y/o informe de la Policía Local, se podrá permitir el paso de vehículos».
Modificación del artículo 22.4, que queda redactado de la siguiente manera: «Para establecimientos hoteleros, situados dentro de la zona determinada como ACIRE, se les permitirá, exclusivamente, el acceso y la circulación por la citada zona (no el estacionamiento), previa sol·licitud completa, indicando el tiempo de estancia y el número de matrícula en el Ayuntamiento».
Modificación del artículo 22.6, que queda redactado de la siguiente manera: «Los residentes dentro de la zona ACIRE podrán solicitar una tarjeta para circular dentro de esta zona. Esta tarjeta no dará derecho al estacionamiento».
Inclusión de un punto 22.7, que queda redactado de la siguiente manera: «Sólo vehículos con matricula nacional».
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio de que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones.
Asimismo, estará a la disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad [http://valldemossa.sedelectronica.es].
TERCERO. Considerar, en el caso de que no se presentaran reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CUARTO. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante este plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://valldemossa.sedelectronica.es].
Si transcurrido este plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente este Acuerdo.
(Firmado electrónicamente: 23 de junio de 2025
El alcalde Nadal Torres Bujosa)