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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 463650
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se constituye la bolsa preferente en la isla de Eivissa de personal laboral temporal del Grupo E, Nivel 8, de la categoría de limpieza

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB n.º 122, de 17 de septiembre) de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. En cumplimiento del artículo 24.1 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad de la ocupación pública de las Illes Balears, dispone que en las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso oposición, han de prever que las personas que no superen el proceso selectivo se deben incluir en bolsas de personal funcionario interino o personal laboral temporal, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes de cada una de las administraciones. En estas bolsas se han de integrar los candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente y no habiéndolo superado, sí que hayan obtenido la puntuación mínima de 5 puntos, en la fase de oposición.

El precepto legal mencionado se desarrolla en la base 20 de la convocatoria que establece que, una vez finalizado el proceso selectivo, los tribunales requerirán a las personas que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos, en la fase de oposición. El tribunal ha de revisar y baremar los méritos declarados según el procedimiento establecido en la base 13 y, una vez comprobados, conformará una lista por orden de puntuación de acuerdo con la puntuación global establecida en la base 11.

Tanto el artículo 21 del Decreto ley 6/2022 como la base 14.2 del anexo 2 de la convocatoria establecen el orden de criterios a aplicar en los casos en que se produzcan empates en las valoraciones definitivas de méritos.

3. En fecha de 3 de julio de 2024 se publicó las listas definitivas de valoración de méritos de las personas aspirantes requeridas del grupo E, nivel 8, categoría de limpieza, del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. En fecha de 25 de julio de 2024 se publicó en el BOIB n.º 98, la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se ofrecen los puestos de trabajo.

5. En fecha de 31 de agosto de 2024 se publicó en el BOIB n.º 114, la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se designan los aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de los grupos D y E, categorías laborales auxiliar técnico educativo, peón especialista, socorrista, peón y personal de limpieza, de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se les adjudica un puesto de trabajo.

6. Mediante la Resolución de 30 de septiembre de 2024 (BOIB n.º 130, de 3 de octubre) de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas se constituyó una bolsa preferente parcial de personal laboral temporal de la categoría de limpieza, para las islas de Mallorca, Menorca y Eivissa, de la Administración de la CAIB, correspondiente al proceso de estabilización por concurso oposición convocado por Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB n.º 122, de 17 de septiembre).

7. En cumplimiento de lo que dispone la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso de estabilización se han revisado y baremado la persona aspirante que quedaba pendiente. La finalidad para baremarla, todo y que ya se habían adjudicado las plazas ofrecidas en estabilización, es al efecto de conformar una bolsa preferente de personal laboral de la categoría indicada en la isla de Eivissa.

Con esta finalidad, el 7 de mayo de 2025 se publicó en el portal del opositor de la CAIB la lista adicional provisional de puntuación obtenida por un aspirante. Contra esta lista provisional no se ha presentado ninguna alegación.

 

8. En sesión celebrada el 21 de mayo de 2025, el Tribunal ha elaborado, la lista definitiva adicional de puntuación obtenida por la persona aspirante que ha de conformar la bolsa preferente y que se propondrá a la consejera de Presidencia y Administraciones Pública para su aprobación.

Fundamentos de derecho

1. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Illes Balears.

4. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La base 15.2 y 20 del anexo 2 y el anexo 5 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, por el Decreto 1/2004, de 4 de enero, por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, por el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, por el Decreto 2/2025, de 7 de febrero y por el Decreto 6/2025, de 2 de junio).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la constitución de la bolsa preferente para la isla de Eivissa de personal laboral del Grupo E, Nivel 8, de la categoría de limpieza, de acuerdo con lo que dispone la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears aprobada por Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).

La composición de la bolsa de trabajo con el orden de prelación final se adjunta como anexo de esta Resolución.

2. Dado que los aspirantes para ser admitidos en el proceso selectivo presentaron una solicitud de forma electrónica que incorporaba una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación que se exigen en la convocatoria, se informa que la comprobación de los requisitos se realizará antes del nombramiento a requerimiento de la Dirección General de Función Pública.

La no presentación ante la Administración competente de la documentación que, en su caso, se requiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, determina la imposibilidad de tomar posesión del puesto y la exclusión de la bolsa.

3. Declarar como desistidos de su derecho al trámite correspondiente a las personas que no han presentado la documentación requerida para la valoración de méritos, de acuerdo con la base 13 de la convocatoria.

4. Excluir del procedimiento selectivo a las personas aspirantes Francisca Hidalgo Pazos y Maria Cruz Martínez Coronado por el hecho que han asimilado la condición de personal laboral fijo de la categoría de limpieza de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, en el poratl del opositor y en la sede electrónica de la CAIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer demanda ante la jurisdicción social de Palma en el plazo de dos meses desde la publicación, de acuerdo con los artículos 10.4 a) y concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

 

(Firmado electrónicamente: 1 de julio de 2025)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO Bolsa preferente del Grupo E, Nivel 8, limpieza para la isla de Eivissa de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

DNI

APELLIDOS, NOMBRE

TOTAL PUNTOS

POSICIÓN

***4690*

NAVARRO SANCHEZ, ROSARIO

60,163

1

***5117*

ESCANDELL ROIG, ROSA MARIA

59,078

2

***6291*

CABELLO RUIZ, MARI CARMEN

57,178

3

***9376*

GONZALEZ ALCALA, ENCARNACION

53,739

4

***5596*

MACIAS GUTIERREZ, CARMEN

53,382

5

***1752*

GARCIA GARCIA, MARIA DOLORES

52,978

6

***4021*

RUIZ REY, MARIA DEL CARMEN

42,600

7

***4860*

ZOMEÑO VIÑALS, MONTSERRAT

35,133

8

***5781*

VILLAREJO DE MIGUEL, SARA

27,337

9