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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MURO

Núm. 458337
Creación de seis licencias para transporte urbano mediante vehículos de tracción animal o de tracción eléctrica limitada con conductor

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Texto

El Pleno Municipal en fecha 26 de junio de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

Creación de seis licencias para el transporte urbano mediante vehículos de tracción animal o de tracción eléctrica limitada con conductor.

Visto que con fecha 26 de junio de 2024 el Pleno Municipal aprobó definitivamente el Reglamento municipal para el transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal (galeras) o de tracción eléctrica limitada con conductor.

Visto el interés por el fomento de un transporte sostenible y accesible a la ciudadanía de Muro.

Dado que se ha constatado la necesidad de diversificar las opciones de transporte urbano para adaptarse a las nuevas tendencias ecológicas ya las necesidades de los ciudadanos,

Dado que los vehículos de tracción animal y eléctrica pueden contribuir a la reducción de la contaminación y la mejora de la movilidad urbana.

Dado que actualmente no existe ninguna licencia en el municipio, aunque históricamente se ha venido prestando el servicio.

Dado que consta en el expediente municipal estudio económico para la determinación del precio de las licencias de fecha 14 de enero de 2025.

Visto el informe favorable de la Comisión de Seguimiento de fecha 19.06.2025.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO. Crear un total de seis licencias para el transporte urbano mediante vehículos de tracción animal (galeras) o de tracción eléctrica limitada con conductor, que permitirán a la persona que obtenga la licencia operar en el municipio de Muro.

SEGUNDO. Estas seis licencias se otorgarán al turno de conductores no titulares de licencia, conforme a lo establecido en el artículo 9 y 10 del Reglamento.

TERCERO. Conforme al artículo 5 del Reglamento del transporte urbano mediante vehículos de tracción animal (galeras) o de tracción eléctrica limitada con conductor, para la creación de nuevas licencias se requiere que se acredite la adecuación de la oferta y la demanda, de forma que no se supere el tres por mil del total de la población de derecho del municipio de Muro. Dado que el total de población de derecho del municipio son 8392 personas, con la creación de seis licencias no se supera el índice fijado en el reglamento, pues suponen 0,71 licencias por cada mil personas.

CUARTO. Este acuerdo tiene como objetivo regularizar el servicio existente y adaptarlo al Reglamento municipal para el transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal (galeras) o de tracción eléctrica limitada con conductor, aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Muro el 26 de junio de 2024 y publicado en el BOIB el 20 de julio de 2024.

QUINTO. Con arreglo a lo establecido en el artículo 15 ya la disposición transitoria quinta del citado Reglamento, el precio de la licencia será de 20.000 € (IVA no incluido), conforme el estudio económico realizado por el ingeniero Técnico Industrial de 14 de enero de 2025.

SEXTO. Conforme al artículo 9 del Reglamento, cuando el acuerdo del Pleno de creación de las nuevas licencias sea firme en vía administrativa, se publicará un nuevo anuncio en el BOIB concediendo un plazo no inferior a un mes para formular peticiones. Agotado este plazo, el Ayuntamiento confeccionará las listas que servirán de base para el otorgamiento de nuevas licencias conforme al artículo 10 del Reglamento.

 

SÉPTIMO. Publicar el presente acuerdo en el BOIB y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Muro para general conocimiento.”

 

Muro, en data de la signatura electrònica (27 de junio de 2025

El alcalde Miquel Porquer Tugores)