Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 443894
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del FOGAIBA de 3 de junio de 2025 por la que se convocan las ayudas del año 2025 para la mejora de la producción y la comercialización de los productos de la apicultura correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola (ISA 2023-2027)
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En fecha 3 de junio de 2025, el presidente del FOGAIBA dictó la Resolución por la que se convocan las ayudas del año 2025 para la mejora de la producción y la comercialización de los productos de la apicultura correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola (ISA 2023-2027), publicada en el BOIB núm. 71, de 5 de junio de 2025.
El punto 1 del apartado sexto de esta Resolución hace referencia a la fecha en que finaliza el periodo para solicitar la ayuda, siendo la fecha indicada en este apartado el 4 de julio de 2025, fecha que no abarca todo el periodo apícola dados los plazos propios de las ayudas ligadas a la Organización Común de Mercados (OCM).
Una vez publicada dicha Resolución, se ha constatado la conveniencia de realizar una modificación con respecto a esta fecha para formalizar la solicitud de ayuda a los efectos de mejorar, dentro de unos límites aceptables, la cobertura del año apícola y dando un margen de tiempo aceptable para poder ejecutar la tramitación en los plazos requeridos a la Intervención Sectorial Apícola.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Modificar el punto 1 del apartado sexto de la Resolución del presidente del FOGAIBA de 3 de junio de 2025 por la que se convocan las ayudas del año 2025 para la mejora de la producción y la comercialización de los productos de la apicultura correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola (ISA 2023-2027), que queda redactado de la siguiente manera:
“1. El plazo de presentación de solicitudes va desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de las Illes Balears (BOIB) hasta el 8 de julio de 2025”.
Segundo
Esta Resolución deberá comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y deberá publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de junio de 2025)
El presidente del FOGAIBA Joan Simonet Pons