Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 452059
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública mediante el cual se declara desierta la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral de la categoría auxiliar informador-a (código ELC0C2/094) del Ayuntamiento de Artà dentro del marco del proceso de estabilización
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Se publica la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, según el Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB nº128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo que dispone el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
“Antecedentes
1. En fecha 19 de mayo de 2022 el Ayuntamiento de Artà aprueba la oferta pública de 2022 para el proceso de estabilización para la reducción de la temporalidad (BOIB nº. 67, de 24 de mayo de 2022).
En la oferta pública se aprueba el siguiente puesto de trabajo como personal laboral fijo:
|
Grupo |
Denominación |
Procedimiento |
Jornada |
Fijo discontinuo |
Vacantes |
|---|---|---|---|---|---|
|
C2 |
Auxiliar informador-a |
Concurso |
Completa |
No |
1 |
2. Por resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema extraordinario de concurso de méritos para cubrir plazas personal laboral fijo de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Artà, entre otros (BOIB nº. 158, 6 de diciembre 2022).
En la mencionada resolución consta convocada del Ayuntamiento de Artà una plaza de personal laboral en la categoría/especialidad de auxiliar informador-a (código ELC0C2/094).
3. En la base 7.6 del Anexo II de las Bases específicas incluidas en la Resolución del punto anterior se dispone que el plazo para la presentación de solicitudes para participar en la convocatoria finalizaba el día 23 de enero de 2023.
4.En la mencionada convocatoria se presentaron sólo dos personas tal como se refleja a la lista definitiva de personas admitidas y excluidas publicada, en fecha 18 de mayo de 2023, mediante resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública.
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Apellidos |
Nombre |
DNI |
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|---|---|---|---|
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TERAN |
BAIGES |
ROBERTO |
***0338** |
|
VAZQUEZ |
MASSOT |
JESUS |
***3504** |
5. En fecha 27 de septiembre de 2023 se publica la resolución de aprobación de la lista informativa del orden de las personas aspirantes de acuerdo con los méritos alegados en la autobaremación.
Constan las dos personas interesadas con la siguiente puntuación:
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Apellidos |
Nombre |
DNI |
PUNTUACIÓN |
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|---|---|---|---|---|
|
TERAN |
BAIGES |
ROBERTO |
***0338** |
96,25 |
|
VAZQUEZ |
MASSOT |
JESUS |
***3504** |
17 |
En la misma resolución se requiere a los aspirantes con el fin de acreditar los requisitos y méritos alegados en la declaración responsable en un plazo de siete días hábiles, contadores desde el día siguiente de la publicación.
6. Una vez transcurrido el plazo de acreditación de requisitos y méritos, en fecha 18 de mayo de 2024, por resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública se publica la lista de personas excluidas en la que consta el señor jesús Vázquez Massot como excluido por el hecho de no cumplir con el trámite de presentación de documentación acreditativa de requisitos y méritos.
7. En fecha 20 de junio de 2024 se publica el Acuerdo del tribunal calificador de aprobación de la lista provisional con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes del proceso selectivo mencionado.
Figura sólo el señor Roberto Terán Baiges con una puntuación de 96,25 puntos.
8. En fecha 31 de julio de 2024 se aprueba el Acuerdo del tribunal calificador de estimación o desestimación de las alegaciones presentadas sobre la lista provisional de méritos, resolución de empates y aprobación de la lista definitiva de méritos del proceso selectivo para cubrir del Ayuntamiento de Artà una plaza de personal laboral en la categoría/especialidad auxiliar informador-a (código ELC0C2/094).
En el mismo Acuerdo se otorgó un plazo de siete días hábiles para que las personas aspirantes que figuraban en las listas definitivas de valoración de méritos en disposición de obtener plaza comunicaran el orden de preferencia de todos los puestos de trabajo ofrecidos.
El aspirante figuraba en la lista definitiva de la categoría/especialidad auxiliar informador-a (código ELC0C2/094) del Ayuntamiento de Artà.
9. El señor Roberto Terán Baiges comunicó el orden de preferencia de los puestos de trabajo ofrecidos durante el plazo establecido.
10. Posteriormente, con el fin de elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso de méritos, con asignación de puestos de trabajo, se requiere (nº. 109065) al señor Roberto Teran Baiges para la acreditación, en el plazo de 5 días hábiles, de los siguientes documentos de acuerdo con la Base 1.2 del Anexo I y la Base 2.2 del Anexo IV:
El requerimiento advertía expresamente al señor Roberto Teran Baiges que el incumplimiento de la aportación de la documentación mencionada comportaría la declaración del participante como decaído en el derecho al trámite y, por lo tanto, su exclusión del procedimiento.
11. En fecha 18 de septiembre de 2024 (R.G.E. 63789/2025), el señor Roberto Teran Baiges, con opción a la adjudicación de la plaza de la categoría auxiliar informador-a (Código ELC0C2/094) del Ayuntamiento de Artà renunció a su participación en la convocatoria correspondiente.
Fundamentos jurídicos
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.
- La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que desarrolla el presente proceso de estabilización.
- El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de les Illes Balears, sin perjuicio de lo establecido en la Constitución Española.
- El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
- La Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de les Illes Balears, y a la normativa subsidiaria en materia laboral y presupuestaria.
- El Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Por todo ello, dicta la siguiente:
Resolución
1. Declarar desierta la convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de concurso de méritos, personal laboral de la categoría/especialidad auxiliar informador-a (código ELC0C2/094) derivada de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Artà dentro del marco del proceso de estabilización sobre la base del informe emitido por la técnica jurídica del EMAP.
2. Esta resolución se publicará a efectos oportunos en el BOIB, la Sede electrónica y en el tablón de edictos electrónico del Consejo de Mallorca.
Interposición de recursos
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, en fecha de firma electrónica
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans (por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022)”
Palma, en fecha de la firma electrónica (26 de junio de 2025)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans