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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 451102
Resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad, a propuesta del director general de Vivienda y Arquitectura, por la que se resuelve la denegación de determinadas solicitudes de ayudas al alquiler del año 2021 por extinción del crédito disponible, de conformidad con la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 (BOIB n.º 134, de 30 de septiembre de 2021), por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 al alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

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Texto

El director general de Vivienda y Arquitectura ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. El día 30 de septiembre de 2021, se publicó en el BOIB n.º 134 la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 al alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

2. Las solicitudes que figuran en el anexo 1 fueron inicialmente desestimadas por causas diversas recogidas en la normativa aplicable, siendo esta circunstancia debidamente notificada a los interesados.

3. Contra estas resoluciones desfavorables, los interesados interpusieron un recurso de reposición, al amparo del artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Tras el análisis de los recursos presentados, se resolvió estimar sus pretensiones y, en consecuencia, se acordó retrotraer las actuaciones al momento de la comprobación de los requisitos exigidos por la convocatoria para ser beneficiario de la ayuda, con el fin de proseguir adecuadamente la tramitación administrativa.

5. El artículo 4.3 de la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 al alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2019, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, dispone que la concesión de las ayudas que regula esta Orden estará limitada por el crédito presupuestario que se incluye. En este sentido, en fecha 6 de marzo de 2025, la jefa del Servicio de Vivienda emitió un informe que concluye la extinción del crédito previsto en la convocatoria y su posterior ampliación.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOE n.º 61, de 10 de marzo de 2018).

2. La Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 al alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º134, de 30 de septiembre de 2021).

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003).

4. El Decreto Legislativo 2/2005, 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º196, de 31 de diciembre de 2005).

5. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º176, de 25 de julio de 2006).

6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

7. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril de 2003).

8. La Ley 11/2022, de 28 de diciembre de 2022, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023 (BOIB n.º 171, de 31 de diciembre de 2022).

9. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 8, de 15 de enero de 2015).

10. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º122, de 2 de septiembre de 2004).

11. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 15, de 2 de febrero de 2019).

12. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º94, de 10 de julio de 2023).

13. El artículo 2.6.a) del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears —modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero; por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo; por el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, y por el Decreto 2/2025, de 7 de febrero—por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que establece que la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, de la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad, ejercerá sus competencias, entre otras, en el ámbito material de fomento, coordinación y gestión de las ayudas públicas en materia de vivienda (BOIB n.º94, de 10 de julio de 2023).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad que dicte la resolución en los siguientes términos:

1. Denegar las solicitudes de las personas interesadas que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 al alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, dado que la concesión de estas ayudas estará limitada por el crédito presupuestario y, según consta en el informe de la jefa del Servicio de Vivienda de fecha 6 de marzo de 2025, este crédito se encuentra agotado.

2. Comunicar esta Resolución a las personas interesadas, mediante su publicación en la página web de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Documento firmado electrónicamente (19 de mayo de 2025)

El consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad José Luis Mateo Hernández

Documento firmado electrónicamente (16 de mayo de 2025)

El director general proponente José Francisco Reynés Sancho

ANEXO 1 Denegados por agotamiento del crédito disponible 

DNI

Expedient

43130099Q

PAV-0042/2021

54629366L

PAV 0216/2021

43180124Q

PAV 0438/2021

X2960945V

PAV 0477/2021

43107978K

PAV 0514/2021

43104065H

PAV 0862/2021

43117708E

PAV 1051/2021

41392277M

PAV 1084/2021

X1684938G

PAV 1092/2021

43027762Y

PAV 1109/2021

X7496055X

PAV 1429/2021

43106659J

PAV 1612/2021

46389632N

PAV 1694/2021

41506983X

PAV 1870/2021

32082257V

PAV 2695/2021

78193441L

PAV 2814/2021

41740223F

PAV 3315/2021

42969812Q

PAV 3336/2021

X2318757N

PAV 3599/2021

37627740Q

PAV 3812/2021

41741926P

PAV 3828/2021

04043173A

PAV 4147/2021

41519217P

PAV 4767/2021

43168837E

PAV 4934/2021

43202589X

PAV 5010/2021

40449149S

PAV 5133/2021

30042103D

PAV 5545/2021

X5975330E

PAV 6642/2021

54624938F

PAV 6810/2021

32868580Q

PAV 6925/2021

08661037L

PAV 8140/2021

45193134C

PAV 8224/2021

49609210G

PAV 8310/2021

34066052Q

PAV 8482/2021

43023620G

PAV 8796/2021

Y7715226M

PAV 8862/2021

46393340V

PAV 8881/2021

41638182V

PAV 8939/2021

X1954953E

PAV 8948/2021

41497896P

PAV 9251/2021

32738732A

PAV 2809/2021

54872328D

PAV 1574/2021

41507449Q

PAV 1629/2021

Y4868974A

PAV 2000/2021

32738732A

PAV 2809/2021

X9798951P

PAV 3080/2021

Y8578188F

PAV 5712/2021

41749731Q

PAV 6345/2021