Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
MANCOMUNIDAD PLA DE MALLORCA
Núm. 443319
Convocatoria del proceso selectivo mediante concurso-oposición para la cobertura, como personal laboral fijo, de dos plazas de trabajador/a social de la Mancomunitat Pla de Mallorca
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Mediante resolución de la Presidenta de la Mancomunidad del Plan de Mallorca, de fecha 24 de junio de 2025, se han aprobado las bases y la convocatoria del proceso selectivo mediante concurso-oposición para la cobertura, como personal laboral fijo, de dos plazas de trabajador/a social de la Mancomunidad Pla de Mallorca.
Las bases reguladoras del proceso, que incluyen los requisitos para participar, el sistema de selección y el desarrollo de las pruebas, se pueden consultar íntegramente en la sede electrónica de la Mancomunidad: http://plademallorca.sedelectronica.es
El plazo para presentar solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Petra, en la fecha establecida al margen del documento (24 de junio de 2025)
La presidenta de la Mancomunidad Pla de Mallorca Joana Maria Pascual Sansó
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE TRABAJADOR/A SOCIAL DE LA MANCOMUNIDAD PLA DE MALLORCA POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1. El objeto de esta convocatoria es proveer, por el procedimiento de concurso-oposición, dos plazas de personal laboral en régimen de contratación laboral fija vacantes en la plantilla de la misma y publicadas en la oferta pública de empleo de 2021.
Estas plazas están encuadradas en el grupo A2 con las retribuciones correspondientes a este grupo según la legislación vigente y el convenio laboral vigente de la mancomunidad. Su dedicación, jornada de trabajo y retribuciones será de jornada completa de los/as trabajadores/as sociales de esta Corporación.
Se aplicarán a estas pruebas selectivas la Ley 7/1985, de 2 de abril, el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, Ley de la Función Pública de las Islas Baleares Ley 3/2007, de 27 de marzo.
Esta plaza se rige por el convenio laboral de la mancomunidad, y en todo lo que no está expresamente previsto, por el régimen jurídico general de personal laboral. Estas plazas se encuentran incluidas en la Relación de Puestos de Trabajo y en el convenio laboral del personal laboral de la Mancomunidad Pla de Mallorca, que será de aplicación en materia de jornada, retribuciones, permisos, vacaciones y otras condiciones laborales.
La presente convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, en la página web de la mancomunidad, así como en el BOIB.
2. Las personas seleccionadas llevarán a cabo las funciones propias de su titulación, según el puesto de trabajo asignado, a desarrollar en los diferentes municipios que forman parte de la Mancomunidad Pla de Mallorca. Además, y con carácter general, bajo las órdenes y prescripciones técnicas dictadas por sus superiores jerárquicos, y de conformidad con lo que establece la vigente Relación de Puestos de Trabajo de la Mancomunidad Pla de Mallorca, tendrán que llevar a cabo las siguientes funciones y tareas concretas:
Planificación, ejecución y evaluación de programas, proyectos e intervenciones específicas en el ámbito de trabajo social que les sean encargados por sus superiores jerárquicos (toxicomanías, mujer, personas mayores, infancia y juventud, discapacidad, personas inmigrantes, situaciones de riesgo, teleasistencia, etc.).
Detección de las necesidades, individuales, grupales o comunitarias, para un mejor conocimiento de las carencias sociales, y programación de objetivos, proyectos y tareas.
Recogida y estudio de la demanda individual, grupal y comunitaria con el fin de clasificarla, publicándola en sectores y áreas de necesidad. Valoración, información y/o asesoramiento sobre la demanda presentada por la ciudadanía con la finalidad de aplicar los recursos adecuados.
Intervención social con objetivos preventivos, paliativos y asistenciales, así como formación de promoción personal y social de las personas usuarias.
Información, documentación, gestión y tramitación de los diversos recursos, ayudas, servicios, subvenciones y prestaciones.
Derivación de los casos, si procede, a los servicios sociales especializados, profesionales u otras redes asistenciales.
Coordinación dentro de la propia institución o con otros agentes, organismos o instituciones, para el desarrollo, supervisión y evaluación de los diferentes proyectos.
Diagnóstico de la problemática social para una intervención óptima. Tratamiento de esta problemática para la aplicación de los recursos adecuados.
Evaluación de la intervención social para medir su eficacia o modificarla si es necesario.
Asesoramiento en materia propia de su titulación.
Elaboración de informes, memorias, estudios o documentos relacionados con su ámbito profesional. Ejecución de las tareas administrativas derivadas de las actuaciones.
Supervisión, seguimiento e inspección de los servicios contratados, recursos materiales y humanos dentro del ámbito de los programas asignados.
Propuesta de actuaciones o medidas en relación con las necesidades sociales detectadas en su área de actuación y dentro del ámbito de las competencias municipales.
Relación con proveedores y empresas de servicios y suministros dentro del ámbito de los programas asignados.
Cualquier otra tarea de naturaleza similar que le sea encomendada por su superior jerárquico, así como las que eventualmente pueda asumir para suplir una vacante, ausencia o situación de baja de otro personal del servicio.
SEGUNDA.- CONDICIONES DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Ser español/a o tener la nacionalidad de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia , con excepción de las plazas para las que en las bases específicas se limite el acceso de las personas aspirantes de nacionalidad española.
Haber cumplido los dieciocho años y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa, ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Estar en posesión del título de grado o diplomatura de trabajo social
No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, de los servicios de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para trabajos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaban en el caso del personal laboral, en lo que hubiera sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impide, en su Estado, en los mismos términos el acceso al trabajo público.
No estar sometido debido a incapacidad o incompatibilidad de las contenidas en la legislación local.
Estar en posesión de carnet de conducir clase B.
Estar en posesión del certificado de nivel B2, de conocimientos medios de catalán, de la Junta Evaluadora de Catalán, de la Escuela Balear de Administración Pública u otro organismo reconocido al efecto en la legislación vigente.
Haber abonado la tasa por derechos de examen, salvo en los casos de exención por desempleo, discapacidad o familia numerosa, debidamente acreditados.
Están exentas de pagar la tasa:
Personas en situación legal de desempleo, inscritas en el SOIB como demandantes de trabajo, sin percibir prestaciones contributivas.
Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
Personas miembros de familias numerosas (especial o general).
Deberá presentarse la documentación acreditativa correspondiente en el momento de la solicitud:
Certificado actualizado del SOIB.
Tarjeta acreditativa de discapacidad.
Título oficial de familia numerosa.
QUINTA.- ADMISIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES.
Una vez expirado el plazo de admisión de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas los listados de personas admitidas y excluidas. Dichos listados se expondrán en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y de la página web.
El anuncio de esta Resolución recogerá el lugar, la fecha y la hora de inicio de los ejercicios o pruebas, otorgando un plazo de 3 días, para poder mencionar el defecto que haya motivado la exclusión.
Las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas por resolución de la Presidencia a la que se aprueba la lista definitiva, y se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en la página web de la Mancomunidad.
Si no hay reclamaciones, la lista provisional se considerará elevada a definitiva el día siguiente al de la finalización del plazo para reclamar.
SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal se constituirá de la forma siguiente:
Presidenta: La Jefa de los Servicios Sociales de la Mancomunidad. Suplente: El Gerente de la Mancomunidad.
Vocales: Titular: Margalida Rosselló Bauzà Suplente: Francisca Rosselló Mas Titular: Joana Maria Mestre Miquel Suplente: Fernanda Caro Blanco Titular: Sebastiana Ballester Oliver Suplente: Laura Bosch Torrens Titular: Iolanda Cirer Sotos Suplente: Maria Magdalena Viedma Viedma
Secretaria y vocal: Margalida Ferrer Sabater. Suplente: Práxedes Mestre Sansó
Con la finalidad de garantizar la transparencia del proceso, podrá asistir como observadora, con voz pero sin voto, una persona designada por el comité de empresa o representación legal del personal laboral de la Mancomunidad Pla de Mallorca, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del convenio colectivo vigente.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la presencia de, como mínimo, la mayoría de sus miembros, sean titulares o suplentes, y será necesaria en todo caso la presencia de la presidencia y de la secretaría o, si procede, de quien los sustituya.
SÉPTIMA.- ORDEN DE ACTUACIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
El orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético.
OCTAVA.- INICIO Y DESARROLLO DEL CONCURSO OPOSICIÓN.
El concurso oposición tendrá dos fases. Primeramente tendrá lugar la fase de la oposición y después la del concurso.
Fase de Oposición: Hasta un máximo de 60,00 puntos.
La fase de oposición consta de dos pruebas de carácter obligatorio. Las personas aspirantes serán convocadas por orden alfabético una única vez y las que no se presenten el día y hora señalados, quedarán excluidas de la oposición. El contenido de las pruebas viene especificado en los correspondientes anexos.
1. Primer ejercicio.- De carácter obligatorio, este ejercicio consiste en desarrollar por escrito en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario de 40 preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una es correcta, propuesto o validado por el tribunal calificador entre los 32 temas que figuran en el Anexo III. Cada pregunta que se responda correctamente se valorará con 1,00 puntos. Las preguntas no resueltas no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea o si figura más de una respuesta se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. La puntuación máxima será de 40 puntos. Para superar la prueba hay que sacar un mínimo de 20,00 puntos. Las personas que no lleguen al mínimo de 20,00 puntos de este ejercicio quedan excluidas del proceso de selección.
2. Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio, este ejercicio consiste en desarrollar por escrito en un tiempo máximo de una hora, un caso práctico, escogido de entre dos que propone el tribunal y relacionado con la materia propia de la plaza (se valorará entrega y discrecionalmente por el tribunal: máximo 20,00 puntos). Para superar la prueba hay que sacar un mínimo de 10,00 puntos. Las personas que no lleguen al mínimo de 10,00 puntos de este ejercicio quedan excluidas del proceso de selección.
Fase de Concurso: Hasta un máximo de 40,00 puntos.
Se valorarán exclusivamente los méritos y las condiciones personales que se relacionan en los anexos I y II.
En caso de sobrevaloración, la puntuación será corregida a la baja por el tribunal.
En caso de infravaloración, no se incrementará la puntuación autoasignada, aunque la documentación lo permita.
Los méritos presentados por las personas aspirantes se acreditará de la siguiente forma:
a) Experiencia Profesional: puntuación máxima en este apartado 30,00 puntos
1.- Haber prestado servicios a administraciones municipales y/o mancomunidades realizando tareas de trabajador/a social, 0,30 puntos por mes, hasta un máximo de 20,00 puntos.
2.- Haber prestado servicios a administraciones públicas o a entidades del tercer sector social desarrollando funciones o tareas dentro del campo propio de la plaza de trabajador/a social, 0,15 puntos por mes, hasta un máximo de 10,00 puntos.
Acreditación servicios prestados en Administraciones públicas mediante:
Certificación de servicios expedidos por la Administración Pública o Entidad del tercer sector social correspondiente o , donde se indique la relación funcionarial o laboral y el número total de años, meses y días de servicios prestados.
b) Formación: puntuación máxima en formación 10,00 puntos
Los méritos a valorar hasta un máximo de 10,00 puntos estarán sujetos al siguiente baremo:
1.- Titulaciones académicas (Máximo 3,00 puntos)
Acreditación de la titulación: mediante la presentación del título, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición, o mediante certificación expedida por la Secretaría del organismo docente competente.
No se valorarán las titulaciones que hayan sido imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.
2.- Acciones formativas (Máximo 5,50 puntos)
Asistencia a cursos de especialización organizados por centros oficiales reconocidos, directamente relacionados con las funciones propias de la plaza convocada de una duración igual o superior a 20 horas. En el caso de que en el certificado conste número de créditos se computará a 25 horas por crédito. Este apartado se puntuará de acuerdo con el siguiente baremo:
Participación en Jornadas formativas relacionadas con las funciones de la plaza convocada impartidas por Instituciones Públicas u Oficiales, 0,10 puntos por Jornada, no se computarán las Jornadas de menos de 20 horas.
Acreditación de las acciones formativas, mediante: Presentación de título, diploma o certificación expedida por la Administración Pública, Universidad, Organismo o Institución que haya impartido la acción formativa o que sea competente para su expedición.
Los títulos, diplomas y certificaciones deberán contener la información siguiente:
Sólo se valorará la participación, como alumno/a, en acciones de formación o perfeccionamiento (cursos, seminarios, congresos y jornadas), sobre las materias siguientes:
No se valorarán, en ningún caso:
3. Otros méritos (máximo 1,50 puntos)
Conocimiento de la lengua catalana:, nivel C1 o equivalente, 0,50 puntos, nivel C2 o equivalente 1,00 puntos, LA o equivalente 1,50 puntos.
NOVENA.- CALIFICACIÓN DEL CONCURSO-OPOSICIÓN
La puntuación final del concurso-oposición será el resultado de la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición —integrada por la puntuación del examen tipo test y la puntuación otorgada por el tribunal al caso práctico—, más la puntuación obtenida en la fase de concurso (valoración de méritos).
La lista se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, en la página web de la mancomunidad
DÉCIMA.- LISTADO DE PERSONAS APROBADAS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez determinada la calificación de las personas aspirantes, el tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad Pla de Mallorca, la relación de todas ellas por orden de puntuación, y se elevará propuesta de nombramiento a la Presidencia de la Mancomunidad de la persona seleccionada que haya obtenido mejor puntuación.
Con la finalidad de garantizar la cobertura efectiva de las plazas convocadas, se requerirá la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria como mínimo a cuatro personas aspirantes, por orden de puntuación, con el fin de prever posibles renuncias o incumplimientos.
Las personas convocadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la relación de personas aprobadas, para presentar, los siguientes documentos:
Las personas que no presenten la documentación dentro del plazo, salvo causa debidamente justificada de fuerza mayor, o que no cumplan los requisitos, quedarán excluidas del proceso y no podrán ser contratadas, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse por falsedad en la solicitud.
Si la persona propuesta no cumple los requisitos de la base segunda o no presenta la documentación acreditativa de reunir las condiciones, se contratará a la persona que, habiendo superado todas las pruebas selectivas, figure con mayor puntuación en las listas de calificaciones dadas por el Tribunal.
Si la documentación presentada es correcta, la Presidencia procederá a decretar la contratación y formalizará el correspondiente contrato laboral, en el plazo de 10 días.
La contratación se formalizará mediante contrato laboral de carácter fijo, en el marco del convenio colectivo del personal laboral vigente de la Mancomunidad Pla de Mallorca.
UNDÉCIMA.- INCIDENCIAS
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso oposición en todo aquello que estas bases no prevén.
DUODÉCIMA.- BOLSA DE TRABAJO
Una vez finalizado el proceso selectivo, se creará una bolsa de trabajo con las personas que, habiendo superado todas las pruebas en la fase de oposición, no hayan sido seleccionadas para ocupar ninguna de las plazas convocadas.
Esta bolsa se utilizará para cubrir, por orden de puntuación, vacantes temporales, sustituciones, interinidades u otras necesidades temporales relativas a puestos de trabajador/a social dentro del ámbito de la Mancomunidad Pla de Mallorca.
Las personas integrantes de la bolsa serán llamadas por riguroso orden de puntuación final, y deberán manifestar su disponibilidad en un plazo de 3 días hábiles desde el requerimiento por parte de la Mancomunidad. En caso de no responder o rechazar sin causa justificada, podrán pasar al final de la bolsa, según determine el órgano gestor de acuerdo con la normativa interna vigente.
La vigencia de la bolsa será de cuatro años a contar desde su aprobación definitiva, sin perjuicio de que se pueda convocar un nuevo proceso selectivo que actualice o sustituya su vigencia.
Las personas integrantes de la bolsa podrán solicitar, mediante instancia dirigida a la Mancomunidad, la suspensión temporal de su disponibilidad, por motivos debidamente justificados, como enfermedad, maternidad/paternidad, conciliación familiar, formación reglada o prestación de servicios en otra administración o entidad. Durante el período de suspensión, no serán llamadas. La suspensión no afectará a su posición en la bolsa, que se mantendrá intacta, y deberán comunicar expresamente su retorno a la disponibilidad con el fin de reactivarse.
La no aceptación de una oferta o la no incorporación al puesto de trabajo ofertado sin causa justificada podrá conllevar la suspensión temporal de oficio o la pérdida de su posición en la bolsa, según el criterio del órgano gestor.
Fecha y firma establecidos al margen (24 de junio de 2025)
La presidenta de la Mancomunidad Pla de Mallorca Joana Maria Pascual Sansó
ANEXO I MODELO DE INSTANCIA PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA,MEDIANTE CONTRATACIÓN LABORAL FIJA, DOS PLAZAS DE TRABAJADOR/A SOCIAL
DATOS PERSONALES
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Apellidos: |
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Nombre: |
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DNI/NIE: |
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Fecha de nacimiento: |
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Nacionalidad: |
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Dirección: |
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Código postal: |
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Municipio |
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Teléfono/s: |
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Correo electrónico: |
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REQUISITOS
Se adjunta:
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DNI/NIE |
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Hoja de baremación de Méritos (Anexo II). |
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Fotocopia simple del justificante o resguardo de pago del importe de 30 € en concepto de tasa por los derechos de examen. |
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En su caso, certificación del Servicio Público de Empleo acreditativa de mi situación de desempleo, discapacidad, familia numerosa. |
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Declara que cumple con el requisito de tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que son necesarias para el ejercicio de las funciones de la especialidad o categoría a que corresponde esta convocatoria. |
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Declara que no he sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni se encuentra inhabilitado o inhabilitada de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para acceder a la especialidad o categoría de esta bolsa extraordinaria. |
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Autoriza el uso de la dirección de correo electrónico a efectos de notificación de trámites relativos al procedimiento. |
Declaro que son ciertos los datos y la relación de méritos declarados en el anexo II.
Fecha y firma:
SRA . PRESIDENTA DE LA MANCOMUNIDAD PLA DE MALLORCA
ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS (AUTOEVALUACIÓN)
Nombre y linajes de la persona aspirante:
DNI/NIE:
A. EXPERIENCIA PROFESIONAL (Máximo 30,00 puntos)
A.1. Servicios prestados en administraciones municipales a diferentes núcleos de población y/o mancomunidades realizando funciones propias de la plaza de trabajadora social (máximo 20,00 puntos):
Número de meses: ________ x 0,30 puntos = ________ puntos
A.2. Servicios prestados administraciones públicas o a entidades del tercer sector social en funciones equivalentes (máximo 10,00 puntos):
Número de meses: ________ x 0,15 puntos = ________ puntos
Total experiencia profesional (A): __ puntos (máximo 30,00 puntos)
B. FORMACIÓN ACADÉMICA (Máximo 10,00 puntos) 1. Titulaciones académicas (Máximo 3,00 puntos)
1. ________________________________________ Puntos: ________
2. ________________________________________ Puntos: ________
3. ________________________________________ Puntos: ________
4. ________________________________________ Puntos: ________
5. ________________________________________ Puntos: ________
2. Acciones formativas (Máximo 5,50 puntos)
1. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
2. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
3. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
4. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
5. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
6. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
7. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
8. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
9. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
10. ___________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
3. Otros méritos (Máximo 1,50 puntos)
1. ____________________________________ Horas: _____ Puntos: ________
PUNTUACIÓN FINAL
TOTAL A + B ________ puntos (máximo 40,00 puntos)
Fecha: ____________ Firma: ___________________________
ANEXO III Temario de trabajador/a social.
1. La intervención individual-familiar desde el Trabajo Social: principios, objetivos, instrumentos y técnicas.
2. La entrevista como instrumento para la intervención. Elementos claves y técnicas.
3. La intervención grupal y comunitaria desde el Trabajo Social: principios, objetivos, instrumentos y técnicas
4. La interrelación entre la atención social individual-familiar y la atención grupal-comunitaria.
5. La ética profesional en el Trabajo Social. Principios éticos en relación a la persona usuaria, a las instituciones y otros profesionales. La confidencialidad.
(Temas específicos de Servicios Sociales):
6. La ley 4/2009 de Servicios Sociales de las Islas Baleares. Estructura del Sistema Público de Servicios Sociales de las Islas Baleares, funciones y competencias administrativas. Otros aspectos que regula la ley
7. La financiación de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos. El Plan de Financiación en las Islas Baleares.
8. Las carteras de Servicios Sociales en las Islas Baleares.
9. El Sistema de Atención y Promoción de la Dependencia: estructura, organización, competencias, normativa y servicios.
10. La protección del Menor en las Islas Baleares: Principios, organización, normativa y prestaciones
11. Intervención con menores y familias en riesgo de desprotección: el papel de los Servicios Sociales Comunitarios.
12. Los sistemas de garantía de rentas en las Islas Baleares: la Renta Social Garantizada, características, organización, procedimiento y normativa reguladora. El Ingreso Mínimo Vital: características, organización y normativa reguladora
13. La inserción sociolaboral desde los Servicios Sociales Comunitarios: Los itinerarios individualizados de inserción.
14. La atención de la mujer víctima de violencia de machista: tipologías, normativa, proceso de atención, servicios y prestaciones
15. La inmigración. Problemáticas sociales de las personas inmigrantes. Servicios y recursos.
(Temas específicos Mancomunidad des Pla):
16. Mancomunidad Pla de Mallorca: características, estructura, organización.
17. Reglamento de Régimen Interno de las Unidades de Trabajo Social de la Mancomunidad Plan de Mallorca
18. Prestaciones de la Cartera de Servicios Sociales de la Mancomunidad Plan de Mallorca
19. El procedimiento de Recursos Humanos en la Mancomunidad Pla de Mallorca
20. Procedimiento de Información, Orientación, Asesoramiento, Intervención y Derivación de la Mancomunidad Pla de Mallorca
21. Plan de infancia y adolescencia: CLIA
22. PEPI (plan estratégico participativo de igualdad)
23. El Reglamento de Ayudas no tecnicas de la Mancomunidad Pla de Mallorca
24. El Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio y Apoyo a la Unidad de Convivencia de la Mancomunidad Pla de Mallorca: objetivos, personas beneficiarias, actuaciones y procedimiento
25. Campaña no hay espacio para machismo.
26. SAD: proceso de intervención.
27. Mesas de coordinación para el abordaje de las violencias machistas.
28. Centros de día en la Mancomunidad Pla de Mallorca: reglamentos y contratos
29. Plan de Gestión de Calidad del SAD de la Mancomunidad Pla de Mallorca
30. El Plan Municipal de Actuaciones sobre el Consumo de Drogas y Conductas Adictivas de la Mancomunidad Pla de Mallorca: Objetivos, destinatarios y líneas de actuación.
31. Unidad de Igualdad y abordaje de las violencias machistas de la Mancomunidad Pla de Mallorca.
32. La acción concertada de Servicios Sociales en la Mancomunidad Pla de Mallorca.