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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

Núm. 440703
Adjudicación puestos de trabajo aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición, y, para su contratación como personal laboral fijo del grupo AP, especialidad de trabajador/a familiar

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Texto

Mediante Decreto de Alcaldía n.º 609/2025, de 20 de junio, se aprobó la adjudicación y contratación de puestos de trabajo como personal laboral fijo del grupo AP, especialidad de Trabajador/a familiar, del Ayuntamiento de Binissalem a las personas aspirantes que han superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición. Tal como señala el decreto, que se transcribe a continuación, se publica el texto íntegro:

Expediente 207/2022

Asunto: Reducción temporalidad ocupación pública, Proceso estabilización.

Adjudicación puestos de trabajo: Trabajadoras familiares – concurso oposición laborales

Resolución del Sr. alcalde del Ayuntamiento de Binissalem para la adjudicación de los puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición, y, por su contratación como personal laboral fijo del grupo AP, especialidades de Trabajador/a Familiar, del Ayuntamiento de Binissalem.

Hechos

1. En el BOIB n.º 119, de 10 de septiembre de 2022, se publicó el convenio de colaboración entre el Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Binissalem, para la convocatoria y gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal, por el cual el Consell de Mallorca se encargaba de la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública, que deriva de la oferta de ocupación pública correspondiente a la tasa adicional para la estabilización de la ocupación temporal, aprobada por Decreto de Alcaldía núm. 617/2022, de 24 de mayo (BOIB n.º 68 de 26-05-2022). Convenio prorrogado hasta el 07-09-2025 (BOIB núm. 133 de 10-10-2024)

2. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 2 de diciembre de 2022 (BOIB n.º158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023, de fecha 7 de febrero de 2023 y de fecha 13 de febrero de 2023 (BOIB n.º 13, de 28 de enero de 2023, BOIB n.º 19, de fecha 11 de febrero de 2023 y BOIB n.º 21, de 16 de febrero de 2023), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral fijo del grupo AP derivada de la oferta de ocupación pública, de varias entidades locales, entre ellas, el Ayuntamiento de Binissalem.

En esta resolución se convocaron, entre otros, 4 plazas del Ayuntamiento de Binissalem:

Grupo o subgrupo

Denominación

Nº de vacantes

AP

Trabajador-a familiar

3

3. Por Acuerdo del Tribunal calificador competente de este proceso selectivo de estabilización, una vez concluidas la revisión y la baremación de los méritos de los aspirantes, en fecha 03 de abril de 2025, se publicaron, en el tablón electrónico de anuncios y en la Sede electrónica del Consell Insular de Mallorca, la lista definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con aplicación de los criterios de desempates y la resolución de las alegaciones formuladas a la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de lugares correspondientes a las plazas convocadas, dando un plazo de 5 días hábiles para comunicar la orden de preferencia de los lugares ofrecidos

4. De conformidad con el punto 14.1 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofrecidos, el tribunal tiene que elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función pública la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso oposición, con asignación de lugares de trabajo, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.

5. En fecha 15 de mayo de 2025 el Tribunal calificador competente del procedimiento selectivo acordó elevar al consejero de Hacienda y Función Pública el Acuerdo de la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral fijo a del grupo AP, derivada de la oferta de ocupación pública de los Ayuntamientos de Andratx (Oficial de 1ª Servicio de Mantenimiento), Binissalem (Trabajador-a familiar), Campanet (Peón de brigada municipal), Consell (Peón de brigada y Encargado de Pabellón), Esporles (Peón limpieza (limpiador-a) (tp 50% jornada)), Inca (Peón de jardines de la sección de parques y jardines), Lloseta (Personal Limpieza), Pollença (Peón y Ayudante de cocina), Sa Pobla (conserje y Oficial 3ª servicio mantenimiento), Ses Salines (Peón limpieza y trabajos diversos, Peón limpieza edificios municipales y Trabajador-a familiar), Valldemossa (Peón de servicios varios, Personal de limpieza y Personal de limpieza (tiempo parcial: 57,14%)), Patronato Residencia Cas Metge Rei (Cocinero y Ayudante de cocina), Servicios Municipales de Porreres S.L. (Peón brigada); del turno libre y de asignación de lugares de trabajo, por turno de acceso, de acuerdo con el trámite de manifestación de orden de preferencias efectuado, por su contratación como personal laboral fijo, la cual contiene tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas. En el caso en que no se efectuó el trámite por parte de la persona aspirante, el puesto de trabajo ha sido asignado de oficio.

6. En fecha 22 de mayo de 2025 el consejero de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca dictó resolución para aprobar la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral fijo del grupo AP y de adjudicación de estos puestos de trabajo (BOIB 68 de 29-05-2025).

7. De acuerdo con el punto 13.2 de las bases específicas del procedimiento, este Ayuntamiento tiene que dictar resolución adjudicando los puestos de trabajo a las personas que han superado el proceso selectivo, y que formalizarán el contrato como personal laboral fijo de la categoría o especialidad que corresponda de cada entidad. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB.

8. El plazo para la firma del contrato se inicia el día siguiente a la publicación en el BOIB de la resolución mencionada en su punto anterior, y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación del que dispone el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

4. La Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.

5. La ley 4/2022, de 28 de junio de consells Insulares.

6. El artículo 4 del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares.

7. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 2 de diciembre de 2022 (BOIB n.º 158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023, de fecha 7 de febrero de 2023 y de fecha 13 de febrero de 2023 (BOIB n.º 13, de 28 de enero de 2023, BOIB n.º 19, de fecha 11 de febrero de 2023 y BOIB n.º 21, de 16 de febrero de 2023), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral fijo del grupo AP derivada de la oferta de ocupación pública, de varias entidades locales, entre ellas, el Ayuntamiento de Binissalem.

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 21.1 g) y 91.1 de la Ley 7/1985, de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 24 del RDL 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local; y de Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y en cumplimiento de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.

Por todo esto,

RESUELVO

Primero. - ADJUDICAR, de acuerdo con la base 13 de la convocatoria del proceso de estabilización (BOIB n.º 158 de 06-12-2022), los siguientes puestos de trabajo del Ayuntamiento de Binissalem, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición de estas plazas:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

Nº Ref/ puesto

Nombre puesto - Categoría

Unidad

Grupo

SABATER JUAN, CATALINA MARIA

43****01M

TF/11

Trabajador-a Familiar

Departamento de Servicios Sociales

AP

MIRALLES CATALÀ, ISABEL

43****46A

TF/12

Trabajador-a Familiar

Departamento de Servicios Sociales

AP

CALDES VIAL, ROSA MARIA

43****74S

TF/13

Trabajador-a Familiar

Departamento de Servicios Sociales

AP

Segundo. - CONTRATAR, estas personas, como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Binissalem, con la categoría y grupo indicado a cada lugar, de acuerdo con la resolución dictada por el consejero de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 22 de mayo de 2025 (BOIB 68 de 29-05-25), por haber superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para la convocatoria de estas plazas.

Tercero. - ORDENAR la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. La firma del contrato de los lugares adjudicados se tiene que efectuar en el plazo máximo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Antes de la firma del contrato del lugar adjudicado, la persona interesada tiene que hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que hace ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo tiene que declarar en el plazo de diez días hábiles contadores a partir del día siguiente a la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

La formalización del contrato como personal laboral fijo lleva implícita la extinción del contrato laboral interino firmado con esta Entidad.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo manda y firma el Sr. alcalde, en la fecha de la firma electrónica, y lo firma la Secretaria a los solo efectos de que tome nota. Binissalem, en la fecha de la firma electrónica.”

Lo cual se hace público de acuerdo con lo establecido en la base 14 de las que han regido el proceso selectivo y en cumplimiento del que se dispone en el artículo 62.1.b del Estatuto Básico del empleado público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2021, de 30 de octubre.

 

Binissalem, en la fecha de la firma electrónica (24 de junio de 2025

El alcalde Juan Victor Martí Vallés)