Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 436636
Resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca de 18 de junio de 2025 por la que se convoca la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, de una plaza vacante de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca (PIT GAP 2/2025)
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Hechos
1. Se encuentra vacante y dotada presupuestariamente una plaza de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, cuya provisión se considera necesaria.
Fundamentos de derecho
1. Art. 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
2. Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la CAIB de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears, corregido por el de 2 de marzo de 2012.
3. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2022 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 13 de mayo de 2022 relativo a la modificación del Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
4. Disposición adicional decimoquinta de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB.
5. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de 4 de diciembre de 2023, por el que se establece un baremo único de puntuación de los méritos de conocimiento de catalán aplicable a todos los procedimientos selectivos, de provisión y movilidad del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears.
6. Nota interna del Director de Recursos Humanos y de Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Illes Balears de 21 de junio de 2017.
7. Resolución de la Consejera de Salud de 8 de agosto de 2023 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Illes Balears (B.O.I.B. núm. 12, de 12/08/2023).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Acordar la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, de una plaza vacante de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa (grupo A, subgrupo A2) de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca (PIT GAP 2/2025), de acuerdo con las especificaciones siguientes:
a) Lugar, centro de trabajo y adscripción funcional: Unidad administrativa de Recursos Humanos de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, ubicada en la calle Escuela Graduada, núm. 3, de Palma (07002), sin perjuicio de que la persona seleccionada pueda ser destinada en cualquier momento a otro puesto, centro o servicio del Área de Salud de Mallorca dependiente de esta Gerencia.
b) Dependencia funcional: El puesto de trabajo convocado depende de la Dirección de Gestión y Servicios Generales de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca y se adscribe al Servicio de Recursos Humanos de la Gerencia.
c) Retribuciones y situación administrativa: Durante el tiempo en que la persona seleccionada realice funciones en promoción interna temporal se mantendrá en servicio activo en su categoría de origen, y percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones efectivamente desempeñadas, con excepción de los trienios, que serán los correspondientes a su nombramiento original.
d) Funciones o tareas principales: Las propias de la categoría y, además, las siguientes:
e) Causas de finalización de la promoción interna temporal: Se producirá la terminación de la promoción interna temporal cuando la plaza sea ocupada por personal fijo por medio de un procedimiento establecido legal o reglamentariamente, o cuando la plaza sea amortizada.
2. Los requisitos para participar en la presente convocatoria son los que siguen:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Illes Balears y prestar servicios en la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. Si la convocatoria se declara desierta en el caso de que no se haya presentado nadie que cumpla los requisitos, se prevé expresamente que no se extienda al personal que cumpla los requisitos del resto de las gerencias del Ib-Salut del Área de Salud de Mallorca.
b) Pertenecer a los subgrupos A2 (siempre que sean categorías diferentes a la que se convoca) C1 o C2 o a otras agrupaciones profesionales.
c) Estar en la situación de servicio activo.
d) Tener el título de ingeniero/a técnico/a, diplomado/a o graduado/a universitario/a, arquitecto/a técnico/a, formación profesional de tercer grado o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, se debe acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
e) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las funciones inherentes a la categoría que se convoca.
f) Acreditar conocimientos de lengua catalana de nivel B2 (nivel avanzado) mediante la aportación de certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o certificado expedido, reconocido como equivalente u homologado por el órgano competente de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes que acredite poseer el nivel de conocimiento mencionado.
g) Que haya transcurrido el plazo mínimo de 2 años a contar desde el día de la toma de posesión de la plaza obtenida, en su caso, en las convocatorias de los procesos de selección por medio de las modalidades de concurso-oposición o concurso extraordinario derivados de la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022.
Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria se deben cumplir en el término final del plazo para presentar solicitudes y se deben mantener a lo largo de todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada. En caso contrario, se perderán todos los derechos derivados de la convocatoria.
3. Las personas interesadas en participar en la convocatoria deben presentar, en el plazo de veinte (20) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria, la siguiente documentación:
a) Solicitud de participación en la convocatoria de acuerdo con el modelo que consta en el anexo II de esta resolución.
b) Documentación original o copia auténtica que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados. Para acreditar el cumplimiento del requisito del punto 2.e) anterior, podrá presentarse declaración jurada o promesa de que se cumple.
c) Currículum vitae.
4. La documentación referida en el punto anterior se puede presentar en el registro de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, ubicado en la calle Escuela Graduada, número 3, de Palma (07002) o en cualquiera de los lugares referidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. El sistema selectivo es el de concurso-oposición, por el que se puede obtener una puntuación máxima de 100 puntos. Por tanto, consta de una primera fase de oposición, valorada con un máximo de 55 puntos, y de una segunda fase de concurso, valorada con un máximo de 45 puntos. La calificación final del concurso-oposición se obtiene sumando las puntuaciones obtenidas en ambas fases.
La fase de oposición consistirá en una prueba teórico-práctica que versará sobre el programa informático SAP RRHH del Servicio de Salud de las Illes Balears y que constará de 10 preguntas, que pueden ser tipo test, de desarrollo o de ambos tipos. Para responderlas podrá ser necesario utilizar, durante la realización de la prueba, un ordenador con conexión al programa informático SAP RRHH. Tendrá carácter eliminatorio.
Las respuestas correctas se valorarán con 5,5 puntos, las incorrectas descontarán 1 punto y las que figuren en blanco o haya respuestas múltiples tendrán una valoración de 0 puntos.
Esta prueba teórico-práctica se valorará de 0 a 55 puntos y para superarla y, por tanto, también la fase de oposición, se deberá obtener una puntuación mínima de 27,5 puntos. Aquellas personas que obtengan una puntuación inferior se considerará que no han superado la fase de oposición y quedarán excluidas del proceso selectivo.
Y la fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos que las personas aspirantes acrediten junto con la solicitud, referidos al último día del plazo para presentar solicitudes, según el baremo de méritos que se adjunta como anexo I a esta resolución, por el que se puede obtener una puntuación máxima de 45 puntos.
6. El desarrollo del proceso selectivo será el siguiente:
a) Listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez verificado por la Comisión de Selección verificará que las personas aspirantes han presentado la solicitud dentro del plazo referido en el punto 3 anterior y que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, se publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.
b) Listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria: Transcurrido el plazo de los 3 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, se publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.
En esta resolución se anunciará, también, el día, hora y lugar de realización de la prueba teórico-práctica.
En caso de que hubiera una sola persona aspirante admitida en las listas definitivas que cumpliera los requisitos exigidos en la convocatoria, se podrá resolver directamente la convocatoria en los términos previstos en la letra g) siguiente, sin necesidad de pasar por las fases de las letras c), d), e) y f), en el sentido de adjudicarle a esta persona la plaza convocada.
Contra esta resolución se podrá interponer un recurso de reposición ante el Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos. También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación.
c) Listas provisionales de calificaciones de la prueba teórico-práctica: Una vez realizada la prueba teórico-práctica, se publicará en la página web www.ibsalut.es ((Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria)) una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca aprobando las listas provisionales de las puntuaciones derivadas de la prueba teórico-práctica.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.
d) Listas definitivas de calificaciones de la prueba teórico-práctica: Transcurrido el plazo de los 3 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, se publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca aprobando las listas definitivas de las puntuaciones derivadas de la prueba teórico-práctica.
Solo superan la prueba teórico-práctica aquellas personas que hayan obtenido una puntuación igual o superior a 27,5 puntos. Aquellas persones que no igualen o no superen esta puntuación, no podrán pasar a la fase de concurso y quedarán excluidas del proceso selectivo.
En caso de que hubiera una sola persona aspirante que hubiera superado la prueba teórico-práctica, se podrá resolver directamente la convocatoria en los términos previstos en la letra g) siguiente, sin necesidad de pasar por las fases de las letras e) y f), en el sentido de adjudicarle a esta persona la plaza convocada.
Con esta publicación finaliza la fase de oposición.
Contra esta resolución se podrá interponer un recurso de reposición ante el Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos. También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación.
e) Listas provisionales de méritos: Una vez concluida la fase de oposición y valorados por la Comisión de Selección los méritos que las personas aspirantes hayan acreditado junto con la solicitud, referidos al último día del plazo para presentar solicitudes, según el baremo de méritos que se adjunta como anexo I a esta resolución, se publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca aprobando las listas provisionales de méritos.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.
f) Listas definitivas de méritos y puntuación total del concurso-oposición: Transcurrido el plazo de los 3 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, se publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca aprobando las listas definitivas de méritos.
Con esta publicación finaliza la fase de concurso.
Junto con dichas listas definitivas de méritos, se publicarán las listas con las puntuaciones totales derivadas del concurso-oposición (suma de las puntuaciones de la prueba teórico-práctica (fase de oposición) y méritos (fase de concurso) con indicación del orden de prelación definitivo.
g) Resolución de la convocatoria: Una vez concluido el proceso selectivo, se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears la resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca por la que se resuelva la convocatoria y se adjudique la plaza convocada, de acuerdo con el orden de prelación definitivo.
7. La Comisión de Selección estará formada por:
En cuanto a la abstención y la recusación de los miembros de la Comisión de Selección debe estarse a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo.
Las funciones de la Comisión de Selección son las que siguen:
a) Verificar que las personas aspirantes han presentado la solicitud dentro del plazo referido en el punto 3 anterior y que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria.
b) Elaborar y valorar la prueba teórico-práctica.
c) Valorar los méritos de las personas aspirantes.
d) Proponer las listas provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria, las listas provisionales y definitivas de calificaciones de la prueba teórico-práctica, así como las listas provisionales y definitivas de méritos y la puntuación total del concurso-oposición.
e) Resolver las reclamaciones o enmiendas que se presenten, así como las dudas que surjan en la aplicación del baremo de méritos.
f) Proponer al órgano convocante el orden de prelación definitivo del concurso-oposición.
g) Cualquier otra referida al desarrollo del proceso.
8. La persona seleccionada en primer lugar dispondrá de un mes, a partir del siguiente al de la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para tomar posesión de la plaza vacante adjudicada en promoción interna temporal. Si no se incorporara en este plazo, se llamará a la persona seleccionada en segundo lugar del orden de prelación definitivo y así sucesivamente.
Efectuada la toma de posesión, se expedirá a la persona seleccionada un documento de promoción interna temporal donde conste la reserva de su plaza de origen y el desempeño temporal, y con carácter voluntario, de funciones correspondientes a un nombramiento de la categoría grupo de gestión de función administrativa.
9. Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director gerente de Atención Primaria de Mallorca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.I.B., de acuerdo con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el B.O.I.B., de acuerdo con los arts. 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
(Firmado electrónicamente: 18 de junio de 2025)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas P.D. El Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears (B.O.I.B. 109/2023) P.D. El Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca (B.O.I.B. 112/2023) Carlos Raduán de Páramo
ANEXO I Baremo de méritos
1. Experiencia profesional (25 puntos)
1.1. Se computa, hasta un máximo de 12,5 puntos, el tiempo de servicios prestados que las personas aspirantes tengan reconocido hasta la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso de selección en los términos siguientes:
a) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,23 puntos.
b) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en una categoría diferente a aquella a la que se opta: 0,115 puntos.
c) Por cada mes de servicio prestado en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como personal funcionario o laboral en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,172 puntos.
d) Por cada mes de servicio prestado como cooperante en programas de cooperación internacional para el desarrollo o en programas de ayuda humanitaria en el ámbito de la salud —de acuerdo con la legislación vigente y con los requisitos establecidos en esta— desempeñando funciones propias de la categoría a la que se opta: 0,23 puntos.
e) Por cada mes de servicio prestado como cargo directivo en el Servicio de Salud de las Illes Balears: 0,23 puntos. Se valorarán estos servicios siempre que el aspirante acredite la titulación requerida para acceder a la categoría durante el tiempo en que haya ocupado el cargo directivo.
1.2. Se computa, hasta un máximo de 12,5 puntos, el tiempo de servicios prestados en unidades administrativas de Recursos Humanos en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que las personas aspirantes tengan reconocido hasta la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso de selección, de acuerdo con el mismo baremo del punto 1.1 anterior.
1.3. Para valorar los apartados 1.1 y 1.2 anteriores se tienen en cuenta los aspectos siguientes:
a) La puntuación máxima que se puede obtener por ambos es de 25 puntos, 12,5, puntos máximo por cada apartado.
b) Un mismo período de tiempo no se puede valorar en más de uno de los subapartados que integran cada apartado, pero sí pueden ser valorados en ambos apartados.
c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada o a tiempo parcial se computarán como si fueran a jornada completa.
d) Si se han prestado servicios simultáneamente en dos o más centros, se computarán los servicios prestados solo en uno, el que el aspirante elija.
e) El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando esta fórmula: se suman todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores, el resultado se divide entre 365 y el cociente resultante se multiplica por 12.
f) Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, las instituciones que figuren como tal en el catálogo de centros hospitalarios publicado por el Ministerio de Sanidad, las del extinto INSALUD y las de los organismos equivalentes de la Unión Europea cuya gestión sea pública.
g) El tiempo de permanencia en una situación que suponga el derecho a reserva de plaza (comisión de servicios, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, etc.) se cuantifica como servicios prestados en la plaza reservada.
h) Solo se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas en las que se hayan desempeñado funciones correspondientes a una categoría no creada en el Servicio de Salud de las Illes Balears y si se acredita la equivalencia entre las categorías cuya experiencia se pretende hacer valer en origen con la categoría en la que se pretende valorar en destino.
También se consideran plazas con el mismo contenido funcional aquellas cuya categoría no exista con la misma denominación en la entidad de origen pero tengan una clara equivalencia con una categoría existente en el Servicio de Salud de las Illes Balears, en caso que la categoría ocupada en la administración de origen no tenga la misma denominación pero sea de facto una categoría equivalente, siempre y cuando la categoría que se pretende hacer valer tampoco exista en la administración de origen.
En todo caso, para valorar dicha experiencia hay que acreditar la situación alegada y la titulación exigida y aportar un certificado que describa las funciones desempeñadas y que acredite la equivalencia entre las categorías. Son también aplicables el resto de las instrucciones, exigencias y criterios establecidos sobre la materia por el Servicio de Salud de las Illes Balears para aplicar esta previsión, pero en ningún caso es aplicable —y, por tanto, no se consideran servicios prestados en plazas con el mismo contenido funcional— a los casos en que el aspirante haya sido nombrado en una categoría y alegue haber prestado servicios correspondientes a una categoría distinta o haber desempeñado funciones de otra categoría (ni siquiera aportando un certificado descriptivo de las funciones en tal sentido).
i) La experiencia profesional en instituciones públicas debe acreditarse con un certificado emitido por la dirección del centro de destino, en el que ha de constar la información siguiente: categoría/especialidad; tipo de vínculo (fijo, temporal, atención continuada, formación, promoción interna temporal); régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario), y fechas de inicio y finalización de cada una de las vinculaciones. En los casos de instituciones públicas de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en el certificado deben constar la naturaleza pública de la institución y el hecho de que esté integrada en el sistema sanitario público del estado correspondiente.
2. Formación (15 puntos)
2.1. Estar en posesión de un título oficial de nivel Licenciado/a, Graduado/a o diplomado/a en las ramas de Ciencias Sociales y/o Jurídicas se valorará con una puntuación de 8 puntos.
2.2. Además se valoran, hasta un máximo de 7 puntos, los cursos, los seminarios, los talleres, los congresos, las jornadas, las reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta, siempre que cumplan alguna de las características siguientes:
2.3. Al efecto de lo que dispone el apartado anterior, se considera que está relacionada directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta las actividades relacionadas con las áreas temáticas siguientes: Recursos Humanos, Gestión de Personal, Selección y Provisión, SAP RRHH Ib-Salut, Seguridad Social, Nóminas y Jurídico-Administrativo.
2.4 Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,13 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,325 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos). Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar del de créditos, se otorga un valor de 0,013 puntos a cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. En este apartado no se valoran los certificados de profesionalidad ni haber superado asignaturas o cursos de un estudio académico.
En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan realizado más de una vez en un periodo de doce meses.
2.5. La puntuación máxima que puede obtenerse en este apartado 2 es de 15 puntos.
3. Conocimientos orales y escritos de catalán (5 puntos)
Los certificados emitidos por el organismo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears competente en materia de certificación y acreditación de conocimientos de catalán y los certificados reconocidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, los diplomas y los certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12/03/2013) se valoran de la siguiente manera:
Nivel C1: 3 puntos.
Nivel C2: 4 puntos.
Lenguaje administrativo (LA): 1 punto.
3.2 Se valora solo un certificado, excepto en el caso del certificado LA, cuya puntuación se acumularía a la del otro certificado que se aporte. Si se presenta solo el certificado LA, se valora igualmente con 1 punto.
ANEXO II Solicitud para participar en la convocatoria PIT GAP 2/2025 (Grupo de gestión de función administrativa)
Nombre y apellidos: ................................................................................................................................
D.N.I./N.I.E./pasaporte:...........................................................................................................................
Categoría de origen:................................................................................................................................
Puesto de trabajo: ...................................................................................................................................
Teléfono:................................................................................................................................................
E-mail: ...................................................................................................................................................
EXPONGO:
1. Que he tenido conocimiento de la publicación en el BOIB de la convocatoria para la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, de una plaza vacante de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca (PIT GAP 2/2025).
2. Que cumplo los requisitos exigidos para participar en la misma y estoy interesado/a en hacerlo.
SOLICITO:
Ser admitido/a y tomar parte en la convocatoria PIT GAP 2/2025.
[Fecha y firma]