Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 429032
Resolución de aprobación del Acuerdo del Tribunal Calificador de día 14 de mayo de 2025, de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo, del grupo AP, categoría/especialidad Peón especialista Forestal, del Consell Insular de Mallorca, de nombramiento como laboral fijo y de la adjudicación de puestos de trabajo
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El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell Insular de Mallorca, en fecha 16 de junio de 2025, ha adoptado la siguiente Resolución:
El EMAP ha comunicado a este tribunal que mediante Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Nº10973, de 8 de mayo de 2025, se ha declarado la suspensión por causa de fuerza mayor del plazo de acreditación de la documentación correspondiente, del nombramiento y de la firma del contrato a la persona aspirante I.A.M. que ha superado el proceso selectivo en relación con la plaza convocada y el puesto ofrecido del Consell de Mallorca de acuerdo con el orden final de prelación.
Los miembros del Tribunal calificador, una vez que el EMAP ha comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas aspirantes para ser nombradas personal laboral fijo y por haber superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional establecido en las bases específicas de la convocatoria de fecha 29 de noviembre de 2022 (BOIB nº. 157) de acuerdo con el orden de puntuación de la lista definitiva una vez resueltos los desempates, y comprobados los requisitos específicos para la adscripción en el puesto de trabajo, han adoptado los siguientes acuerdos para elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública y por lo tanto,
SE PROPONE:
1. APROBAR la lista definitiva de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización para el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo, categoría /especialidad Peón especialista Forestal, del grupo AP del Consell de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio (ADT), de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento.
De acuerdo con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, esta lista contiene, como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.
2. NOMBRAR personal laboral fijo, categoría /especialidad Peón especialista Forestal, del grupo AP Consell de Mallorca y el ADT, a la persona aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional por la convocatoria de estas plazas, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento
3. ADJUDICAR el puesto de trabajo correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento, a la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional categoría /especialidad, Peón especialista Forestal del grupo AP, de acuerdo con el resultado del trámite de manifestación de orden de preferencias.
Por todo eso, y en virtud de las atribuciones conferidas
RESUELVO
1. APROBAR la lista definitiva de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización para el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo, categoría /especialidad Peón especialista Forestal, del grupo AP del Consell de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio (ADT), de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento.
De acuerdo con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, esta lista contiene, como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.
2. INCORPORAR como personal laboral fijo, categoría /especialidad Peón especialista Forestal, del grupo AP Consell de Mallorca, a la persona aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional por la convocatoria de estas plazas, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento
3. ADJUDICAR el puesto de trabajo correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento, a la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional categoría /especialidad, Peón especialista Forestal del grupo AP, de acuerdo con el resultado del trámite de manifestación de orden de preferencias.
4. ORDENAR la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a los efectos oportunos. Las personas nombradas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contado a partir del día siguiente en la publicación, para el juramento o promesa y la toma de posesión.
5. La adscripción al puesto de trabajo del personal relacionado se llevará a cabo con resoluciones individualizadas del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública una vez fiscalizada de conformidad por la Intervención General esta propuesta de Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de esta publicación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, que agota a la vía administrativa, se puede formalizar demanda ante el Juzgado de lo Social de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y agotada la vía administrativa y se puede formalizar demanda ante el Juzgado de lo Social de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses. En las acciones derivadas de despido y demás acciones sujetas a plazo de caducidad, el plazo de interposición de la demanda será de veinte días hábiles, o el especial que sea aplicable.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a la fecha de firma electrónica (18 de junio de 2025)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 123 de 7 de septiembre) Rafael Angel Bosch Sans