Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 430069
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se deja sin efecto la Resolución por la que se declara desierta la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial para la isla de Menorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Antecedentes
1. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 14 de abril de 2025 se declaró desierta la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial para la isla de Menorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 51, de 24 de abril de 2025).
2. A raíz de la estimación de dos recursos, se procede a la retroacción de las actuaciones del Tribunal con el fin de recalcular con las preguntas de reserva la puntuación del primer ejercicio tipo test de los cuerpos facultativos técnicos, convocados por Resolución de 19 de diciembre de 2023, resultando que un aspirante le ha superado del cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial para la isla de Menorca, por lo que se hace necesario dejar sin efecto la Resolución anterior.
Fundamentos de derecho
1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
3. Título V de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El texto refundido del Estatuto básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
5. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
6. El Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. La Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 19 de diciembre de 2023 por la que se aprueban la convocatoria, bases, ejercicios y temario, y el baremo de méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, a los cuerpos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Dejar sin efecto la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 14 de abril de 2025 por la que se declara desierta la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial para la isla de Menorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 51, de 24 de abril de 2025).
2. Comunicar esta Resolución a la Dirección General de Función Pública.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la Administración de la CAIB (seuelectronica.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 18 de junio de 2025)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens