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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 427822
Resolución de la directora gerenta de la Escuela Balear de Administración Pública por la cual se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo PA 493/2025, seguido por el trámite del procedimiento ordinario ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en relación con la desestimación de un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se aprueban los listas definitivas de persones aspirantes admitidas y excluidas, del proceso unificado para cubrir los places de la categoría de policía de los diversos municipios participantes

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Texto

Hechos

1. Se ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo en relación con la desestimación de un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión, del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Capdepera, Ciutadella, Llucmajor, Maó, Muro, Palma, Porreres, Sa Pobla, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eulària des Riu, Santanyí y Sóller (BOIB n.º 45, de 12 de abril de 2025).

2. En el recurso potestativo de reposición antedicho, la petición que se desestima es la admisión del recurrente al proceso selectivo unificado de la categoría de policía local, proceso del cual fue excluido por el incumplimiento de uno de los requisitos de las bases de la convocatoria.

Este recurso puede resultar relevante para las diversas personas que podrían tener la condición de interesadas en el procedimiento, ya que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva.

3. En fecha 26 de mayo de 2025, mediante un escrito de la letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears se ha ordenado la remisión del expediente impugnado y la citación de las personas interesadas para que puedan personarse como demandadas ante el órgano judicial en el plazo de nueve días desde el día siguiente de la publicación de esta resolución al Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Por lo anterior, en fecha 16 de junio de 2025, se ha dictado la resolución de la directora gerenta de la EBAP para remitir copia del expediente al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares y emplazar a los interesados al procedimiento.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. El punto 1.4 de las bases de la convocatoria aprobadas por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se aprueban por el procedimiento de urgencia la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y se designa el tribunal calificador de las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Capdepera, Ciutadella, Llucmajor, Maó, Muro, Palma, Porreres, Sa Pobla, Sant Llorenç des Cardassar, Santa Eulària des Riu, Santanyí i Sóller (BOIB núm. 25, de 25 de febrero de 2025), que establece que:

“De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, los actos administrativos que integran este procedimiento y se tengan que notificar a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que se derive (incluidos los anuncios de la interposición de cualquier recurso en vez de notificarse, se tienen que publicar en la Sede Electrónica (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).  

Todo esto, sin perjuicio que se publiquen en el Boletín Oficial de las Illes Balears los actos que las bases de esta convocatoria determinen expresamente que se tengan que publicar.

En todo caso, solo tienen efectos jurídicos las comunicaciones enviadas por los medios de publicación previstos en esta convocatoria. “

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Emplazar a las personas interesadas que se pueden ver afectadas por la sentencia que se dicte en el recurso contencioso-administrativo PA 493/2025, para que puedan personarse como demandadas ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de nueve días, contadores a partir del día siguiente de su publicación esta resolución.

2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo indicado, se las considerará parte para los trámites no precluidos, sin que por eso se tenga que retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento. Si no comparecen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a efectuar, en estrados o de cualquier otra forma, notificaciones de ningún tipo.

3. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Portal del Opositor.

 

(Firmado electrónicamente: 19 de junio de 2025)

La directora gerenta de la EBAP Maria Violeta Rodríguez Martínez