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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 425746
Bases reguladoras de los Premios Vuit d’Agost 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Primera. Justificación

El artículo 44.1 de la Constitución española dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura.

El Consejo Insular de Ibiza (CIE), a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en virtud de lo que establece el artículo 70.18 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EAIB), aprobado por Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, modificado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía, tiene competencias propias en materia de cultura y de promoción y animación cultura, de actividades artísticas y culturales, de fomento y de difusión de la creación y producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, que ejerce des de que fue transferida la competencia mediante la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes (BOCAIB núm. 159, de 29-12-94). Además, el artículo 73 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears le atribuyen el ejercicio de la actividad de fomento, sin perjuicio de la actividad que corresponde a la Comunidad Autónoma, en las materias que este Estatuto le atribuye como competencia propia.

En este sentido, el Decreto de Presidencia núm. 467, de 28 de junio de 2023, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos, publicado en el BOIB núm. 88 de 29-06-2023, prevé que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio comprende, entre otras, “La actividad competencial propia del Consejo Insular en relación con las materias de cultura, actividades artísticas, educación, promoción y animación sociocultural, museos, archivos, bibliotecas, depósito legal de libros, normalización lingüística y patrimonio cultural, histórico y monumental (…)”.

Dado todo lo anterior, el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consejo Insular de Ibiza, quiere impulsar la creatividad cultural en el ámbito de la investigación, la pintura, la artesanía, la fotografía, el diseño gráfico y la música, a través de la convocatoria de estos premiso, los cuales están previstos en el Presupuesto general del Consejo Insular de Ibiza para el año 2025 (BOIB núm. 176, de 30-12-2023) y en el Plan estratégico de subvenciones 2023-2025, aprobado por acuerdo de Consejo Ejecutivo en fecha 23 de enero de 2023 y publicado en el BOIB núm. 12, de 26-01-2023.

El año 1997, el entonces llamado Consejo Insular de Ibiza y Formentera convocó la primera edición del Premio Vuit d'Agost de Investigación.

Con el mismo nombre, se añadieron posteriormente, el 2014, el Premio Vuit d'Agost de Pintura, para menores de treinta años y que, anteriormente, con las mismas características, había tenido el nombre de Premio de Pintura Joven Sant Miquel de Balansat entre 2000 y 2002, y posteriormente Premio de Tardor de Pintura Jove entre 2003 y 2010. Desde 2017 no está limitado a ninguna edad, por voluntad del Departamento y siguiendo la sugerencia del jurado de la edición de 2016.

El mismo 2014, el Premio de Artesania del Fang Joan Daifa, creado el 2005 y que se convocó hasta el 2010, pasará a llamarse Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang.

Por otra parte, el 2016 se sumó una nueva categoría: El Premio Vuit d'Agost de Fotografia Amateur, que, por recomendación del jurado de la edición de 2020, pasó a denominarse Premio Vuit d'Agost de Fotografia y que se abre así también a profesionales de la fotografía.

El año 2017 se incorporó a estos premios el Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic.

Finalmente, el año 2023 se incorporó una sexta categoría artística: el Premio Vuit d'Agost de Música, que de alguna manera viene a ampliar el abanico de artistas de Ibiza que pueden optar a estos premios.

Segundo. Objeto

El objeto de los Premios Vuit d'Agost 2025 es seleccionar y premiar mediante la concesión de una cantidad económica los mejores trabajos de investigación sobre la isla de Ibiza, en los distintos ámbitos científicos, y la creación artística en la isla de Ibiza.

 

Tercera. Modalidades

Los Premios Vuit d'Agost 2025 se divide en las siguientes seis modalidades:

a) Premio Vuit d'Agost d'Investigació

b) Premio Vuit d'Agost de Pintura

c) Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

d) Premio Vuit d'Agost de Fotografia

e) Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

f) Premio Vuit d'Agost de Música. Esta modalidad se divide en cuatro categorías:

 

f.a) Folk/Jazz/Flamenco

f.b) Pop/Rock

f.c) Experimental/Electrónica/Música Urbana

f.d) Clásica

Cuarta. Participantes

Podrán participar en los Premios Vuit d'Agost todas las personas físicas mayores de edad, nacidas en Ibiza o que residan aquí, salvo el Premio d'Investigació en el que se podrán presentar investigadores/oras, que no hayan nacido ni residan en la isla, pero que hayan hecho su investigación sobre Ibiza.

El hecho de participar en estos premios significa la aceptación plena de sus bases reguladoras, de manera que quedarán excluidos los y las participantes que no cumplan los requisitos que se establecen.

Cada participante o grupo de participante podrá presentar una sola obra a concurso por modalidad, salvo de la modalidad de música que cada participante o grupo podrá presentar una sola obra a concurso por categoría.

Asimismo, la participación comporta la aceptación de las decisiones de la comisión evaluadora, que serán inapelables.

El procedimiento de concesión de estos premios se ha de tramitar de acuerdo con los principios de publicidad, de objetividad, de transparencia, de igualdad y de no-discriminación, mediante el sistema de concurrencia competitiva.

Quinta. Créditos presupuestarios y cuantía de los premios

El importe total de estos premios es de 30.000 euros, provenientes de la aplicación presupuestaria 3340 48100 de los presupuestos del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consejo Insular de Ibiza para este año 2025.

El crédito presupuestario está distribuido de la siguiente manera entre las seis modalidades:

a) Premio Vuit d'Agost d'Investigació: 6.000 euros y la publicación del trabajo ganador

b) Premio Vuit d'Agost de Pintura: 3.000 euros

c) Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang: 3.000 euros

d) Premio Vuit d'Agost de Fotografia: 3.000 euros

e) Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic: 3.000 euros

f) Premio Vuit d'Agost de Música: 12.000 euros distribuidos en 3.000 euros por cada categoría.

Sexta. Plazo y lugar de presentación de los trabajos

Se establece un plazo de presentación de los trabajos de veinte (20) días hábiles que se inicia al día siguiente de la publicación de la convocatoria de estos premios en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Los trabajos se han de presentar en la forma que se establece en la base octava de estas bases, para cada modalidad, en el Registro General del Consejo Insular de Ibiza, av. d'Espanya, 49, 07800, Eivissa; en la sede electrónica seu.conselldeivissa.es, o en las tras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Publicidad de la convocatoria

Una vez aprobadas las bases, el texto de la convocatoria y su extracto se comunicarán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), con el resto de la información que se requiere, y también se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), tal como establece la normativa vigente de subvenciones.

Publicada la convocatoria en el BOIB, estará accesible el procedimiento a través de la carpeta de trámites de la seu.conselldeivissa.es, en el catálogo de servicios dentro del ámbito de Cultura.

Octava. Forma de presentación de los trabajos

Para garantizar el anonimato a la hora de que las diferentes comisiones evaluadoras valoren los trabajos presentados a concurso, en esto no ha de constar ningún dato (nombre del/la autor/-a, agradecimientos de ningún tipo, marcas, metadatos, etc), que pueda identificar de cualquier manera al/la autor/-a.

Los datos personales de los/las autores/-as figuran solo en los anexos previstos en estas bases y que servirán para la tramitación del expediente y en ningún momento se facilitará a los miembros de las comisiones evaluadoras.

Las obras que se presentan a concurso tienen que ser originales e inéditas. No se pueden presentar obras que sean fruto de trabajo remunerado, ya publicadas o difundidas (en exposiciones, en redes sociales, en medios de comunicación…), ni premiadas en otros concursos o certámenes. Igualmente no se pueden presentar trabajos creados mediante inteligencia artificial.

Teniendo en cuenta las diferentes modalidades de los premiso, la presentación de los trabajos seguirá las siguiente indicaciones:

Modalidad A) Premio Vuit d'Agost d'Investigació

A.1. Características del trabajo: El trabajo habrá de ser inédito, escrito en catalán y tener una extensión mínima de 100 páginas de texto (letra formato doce e interlineado sencillo) y un máximo de 250 páginas, ilustraciones a parte.

A.2. Forma de presentación de los trabajos:

Las personas participantes han de presenta rellenados el Anexo 1 y el Anexo 2 que constan al final de estas bases.

En caso de hacerse el registro presencial se ha de aportar un lápiz de memoria con el trabajo en formato PDF (en dónde no figurará ningún dato identificativo de la autoría), que se devolverá una vez descargado éste archivo en el registro de entrada o enviar el trabajo, en un archivo en formato PDF, al correo electrónico premisvuitagost@conselldeivissa.es, junto al justificante de registro de entrada hecho previamente (Anexo 1).

Si se hace un registro en la Sede Electrónica seu.conselldeivissa.es, paralelamente se ha de presentar el trabajo de investigación en un archivo en formato PDF (en dónde no figurará ningún dato identificativo de la autoría) al correo electrónico premisvuitagost@conselldeivissa.es, que se ha habilitado con esta finalidad, junto al justificante de registro de entrada electrónico hecho previamente (Anexo 1).

Cuando se presente a concurso una obra grupal, la solicitud se ha de acompañar de la declaración responsable que figura al anexo 3 de estas bases, que contiene una relación nominal de las personas que integran el grupo, con la expresa designación de uno/a representante, firmada por los miembros del grupo, con indicación de la valoración económica de la participación asumida por cada uno/a de ellos/ellas, para qué, en el caso de que la obra sea ganadora, el Consejo Insular de Ibiza pueda hacer el pago del premio de conformidad con esta declaración.

En el Anexo 1 habrá de constar el nombre del autor/de la autora, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. En el caso que se presente a concurso una obra grupal, en el Anexo 1 y 2 habrá de constar el nombre del/de la representante del grupo, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

También, se tendrá que adjuntar copia del DNI o del pasaporte, acompañado en el caso de los participantes extranjeros, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o de cualquier otro documento que acredite la residencia legal en España.

Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el mismo título del trabajo que se ha puesto en el archivo en PDF.

Modalidad B) Premio Vuit d'Agost de Pintura

B.1. Características de la obra: La temática de la obra y la técnica pictórica que se utilice es libre. Se entenderá que la manera como se presente la obra es la que el/la artista considere adecuada para su exposición.

Para ser admitida a concurso la obra no podrá superar los 150 cm en su lado más largo.

B.2. Forma de presentación de la obra:

Las personas participantes han de presenta rellenados el Anexo 1 y el Anexo 2 que constan al final de estas bases.

Cuando se presente a concurso una obra grupal, la solicitud se ha de acompañar de la declaración responsable que figura al anexo 3 de estas bases, que contiene una relación nominal de las personas que integran el grupo, con la expresa designación de uno/a representante, firmada por los miembros del grupo, con indicación de la valoración económica de la participación asumida por cada uno/a de ellos/ellas, para qué, en el caso de que la obra sea ganadora, el Consejo Insular de Ibiza pueda hacer el pago del premio de conformidad con esta declaración.

En el Anexo 1 habrá de constar el nombre del autor/de la autora, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. En el caso que se presente a concurso una obra grupal, en el Anexo 1 y 2 habrá de constar el nombre del/de la representante del grupo, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

También, se tendrá que adjuntar copia del DNI o del pasaporte, acompañado en el caso de los participantes extranjeros, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o de cualquier otro documento que acredite la residencia legal en España (y un certificado de residencia en Ibiza en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Ibiza).

Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el título de la obra.

Además, se ha de adjuntar una ficha técnica en la que aparezca la técnica y el soporte utilizada y cualquier otro dato que el/la autor/-a considere importante sobre la obra que presenta.

También, adjunta al anexo, se ha de presentar una imagen en papel de la obra, sin ninguna marca que la pueda hacer identificable. La manera como se presente la obra en dicha imagen es la que el/la artista considera adecuada para su exposición.

La obra presentada se habrá de identificar, en la parte posterior, con el mismo título que aparezca en el Anexo 1.

Modalidad C) Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

C.1. Características de la obra: La temática de la obra de cerámica y la técnica que se utilice son libre. No se admitirán las obras de producción comercial ni industrial. En caso de haber otros materiales, el cerámico ha de predominar claramente. Se entenderá que la manera como se presente la obra es la que el/la artista considere adecuada para su exposición.

Para ser admitida al concurso, la obra no podrá superar los 80 cm entre sus puntos más alejados.

C.2. Forma de presentación de la obra

Las personas participantes han de presenta rellenados el Anexo 1 y el Anexo 2 que constan al final de estas bases.

Cuando se presente a concurso una obra grupal, la solicitud se ha de acompañar de la declaración responsable que figura al anexo 3 de estas bases, que contiene una relación nominal de las personas que integran el grupo, con la expresa designación de uno/a representante, firmada por los miembros del grupo, con indicación de la valoración económica de la participación asumida por cada uno/a de ellos/ellas, para qué, en el caso de que la obra sea ganadora, el Consejo Insular de Ibiza pueda hacer el pago del premio de conformidad con esta declaración.

En el Anexo 1 habrá de constar el nombre del autor/de la autora, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. En el caso que se presente a concurso una obra grupal, en el Anexo 1 y 2 habrá de constar el nombre del/de la representante del grupo, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

También, se tendrá que adjuntar copia del DNI o del pasaporte, acompañado en el caso de los participantes extranjeros, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o de cualquier otro documento que acredite la residencia legal en España (y un certificado de residencia en Ibiza en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Ibiza).

Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el título de la obra.

Además, se ha de adjuntar una fícha técnica en dónde se indique el tipo de barro utilizado, otros materiales, en su caso, y otros datos que el/la autor/a considere importantes sobre su obra.

También, adjunta al anexo, se ha de presentar una imagen en papel de la obra, sin ninguna marca que la pueda hacer identificable. La manera como se presente la obra en dicha imagen es la que el/la artista considera adecuada para su exposición.

La obra presentada se habrá de identificar, en la base, con el mismo título que aparezca en el Anexo 1.

 

Modalidad D) Premio Vuit d'Agost de Fotografia

D.1. Características de la obra: Las fotografías tendrán que abordar la visión del/de la autor/-a respecto de algún elemento relacionado con el patrimonio cultural de la isla de Ibiza. Es decir, todo aquello que haga referencia a la realidad cultural propia de la isla de Ibiza que tenga un especial interés histórico, artístico, etnográfico, arquitectónico, arqueológico, natural y social.

Se ha de presentar una colección de tres fotografías diferentes impresas en papel fotográfico (que tengan relación entre si en cuanto a temática) por participante, realizadas con cualquier dispositivo fotográfico.

Han de tener una medida mínima de 20 cm y máxima 45 cm por lado. Las fotos se ha de presentar con un paspartú que sobrepasará en un mínimo de 5 cm las medidas de la fotografía, pero sin enmarcar; en el caso que no se cumplan estos requisitos, no se valorarán las obras.

D.2. Forma de presentación de la fotografías

Las personas participantes han de presenta rellenados el Anexo 1 y el Anexo 2 que constan al final de estas bases.

Cuando se presente a concurso una obra grupal, la solicitud se ha de acompañar de la declaración responsable que figura al anexo 3 de estas bases, que contiene una relación nominal de las personas que integran el grupo, con la expresa designación de uno/a representante, firmada por los miembros del grupo, con indicación de la valoración económica de la participación asumida por cada uno/a de ellos/ellas, para qué, en el caso de que la obra sea ganadora, el Consejo Insular de Ibiza pueda hacer el pago del premio de conformidad con esta declaración.

En el Anexo 1 habrá de constar el nombre del autor/de la autora, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. En el caso que se presente a concurso una obra grupal, en el Anexo 1 y 2 habrá de constar el nombre del/de la representante del grupo, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

También, se tendrá que adjuntar copia del DNI o del pasaporte, acompañado en el caso de los participantes extranjeros, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o de cualquier otro documento que acredite la residencia legal en España (y un certificado de residencia en Ibiza en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Ibiza).

Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el título del conjunto de las fotografías, además de una imagen de éstas impresa en A4, en baja resolución, a efectos administrativos, sin ninguna marca que las pueda hacer identificables.

La obra presentada se habrá de identificar, en la parte posterior, con el mismo título que aparezca en el Anexo 1.

Además, se tendrá que adjunta una ficha técnica en dónde se indique las especificaciones técnicas, el equipo empleado y otros datos que el/la autor/-a considere importantes sobre su obra.

Modalidad E) Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

E.1. Características de la obra: El trabajo presentado en esta modalidad del Premio Vuit d'Agost consistirá en la elaboración del logotipo con el lema “Eivissa arqueològica”, que se utilizará en publicaciones, carteles, imágenes promocionales, turísticas y de identificación de las redes sociales, etc.

Se ha de presentar el original en formato digital (v. apartado E.”) y también impreso.

En el diseño del logotipo ha de aparecer el lema “Eivissa arqueològica”.

E.2. Forma de presentación del diseño.

Las personas participantes han de presenta rellenados el Anexo 1 y el Anexo 2 que constan al final de estas bases.

Cuando se presente a concurso una obra grupal, la solicitud se ha de acompañar de la declaración responsable que figura al anexo 3 de estas bases, que contiene una relación nominal de las personas que integran el grupo, con la expresa designación de uno/a representante, firmada por los miembros del grupo, con indicación de la valoración económica de la participación asumida por cada uno/a de ellos/ellas, para qué, en el caso de que la obra sea ganadora, el Consejo Insular de Ibiza pueda hacer el pago del premio de conformidad con esta declaración.

En el Anexo 1 habrá de constar el nombre del autor/de la autora, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. En el caso que se presente a concurso una obra grupal, en el Anexo 1 y 2 habrá de constar el nombre del/de la representante del grupo, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

 

​​​​​​​También, se tendrá que adjuntar copia del DNI o del pasaporte, acompañado en el caso de los participantes extranjeros, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o de cualquier otro documento que acredite la residencia legal en España (y un certificado de residencia en Ibiza en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Ibiza).

Asimismo, es imprescindible que en el Anexo 1 se haga constar el mismo título de la obra, además de una imagen impresa en A4 en baja resolución del diseño, a efectos administrativos, sin ninguna marca que lo pueda hacer identificable.

Juntamente con este Anexo 1 se ha de presentar el diseño, en formato digital editable (al correo electrónico premisvuitagost@conselldeivissa.es), para que la gráfica se pueda adaptar a los formatos adecuados para su difusión por parte del Servicio de Diseño y Comunicación de este Consejo. Los formatos de entrega serán archivos digitales principalmente vectorial (AI, EPS, SVG) en perfil de color CMYK i RGB. También se aportarán archivos de imagen en formato PDF, JPG i PNG para su uso en plataformas digitales.

El nombre del diseño original presentado ha de llevar el mismo título que se ha puesto en el Anexo 1.

Asimismo, si el/la autor/-a lo considera adecuado, también se puede presentar un texto en el que explique su diseño a la comisión evaluadora en los términos que considere convenientes.

El diseño ganador supone la posterior entrega del material definitivo consistente en una carpeta digital que ha de contener al menos archivos en digital del logotipo a color, logotipo a un color en positivo y negativo, las tipografías utilizadas y un breve manual de uso de la aplicación correcta y restricciones del logotipo.

Modalidad F) Premio Vuit d'Agost de Música

F.1. Características de la obra:

El/la autor/-a solo podrá presenta una obra, con una duración mínima de tres minutos, a cada una de las categorías.

F.2. Forma de presentación de los trabajos

Las personas participantes han de presenta rellenados el Anexo 1 y el Anexo 2 que constan al final de estas bases.

Cuando se presente a concurso una obra grupal, la solicitud se ha de acompañar de la declaración responsable que figura al anexo 3 de estas bases, que contiene una relación nominal de las personas que integran el grupo, con la expresa designación de uno/a representante, firmada por los miembros del grupo, con indicación de la valoración económica de la participación asumida por cada uno/a de ellos/ellas, para qué, en el caso de que la obra sea ganadora, el Consejo Insular de Ibiza pueda hacer el pago del premio de conformidad con esta declaración.

En el Anexo 1 habrá de constar el nombre del autor/de la autora, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. En el caso que se presente a concurso una obra grupal, en el Anexo 1 y 2 habrá de constar el nombre del/de la representante del grupo, el número de documento de identidad, la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

También, se tendrá que adjuntar copia del DNI o del pasaporte, acompañado en el caso de los participantes extranjeros, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o de cualquier otro documento que acredite la residencia legal en España (y un certificado de residencia en Ibiza en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Ibiza).

Asimismo, en este Anexo ha de aparecer el mismo nombre que se ha dado al archivo musical presentado a concurso.

Partitura de la obra presentada.

En el caso de hacer un registro de entrada presencial en la Sede del Consejo de Ibiza, la composición musical, en las cuatro categorías, se ha de aportar en un lápiz de memoria con la obra en un archivo en formato MP3, wave o wma con el mismo título del archivo que el que ha hecho constar en el Anexo 1, que se retornará una vez descargado el archivo en el registro de entrada o por correo electrónico premisvuitagost@conselldeivissa.es , que se ha habilitado con esta finalidad, junto con el justificante de registro de entrada hecho previamente (Anexo 1).

Si se hace un registro en la Sede Electrónica seu.conselldeivissa.es paralelamente se ha de presentar la composición en un archivo en formato MP, wave o wma en el correo electrónico premisvuitagost@conselldeivissa.es, que se ha habilitado con esta finalidad, junto con el justificante de entrada hecho previamente (Anexo 1)

 

​​​​​​​Novena. Entrada y retirada de trabajos

La entrada y la retirada de los trabajos serán por cuenta de la persona concursante, así como el seguro del transporte de las obras, en su caso, y no se podrá formular ninguna reclamación al Consejo Insular de Ibiza por posibles pérdidas o desperfectos que se puedan producir una vez que las obras estén en esta administración.

Una vez se resuelvan los premios habrá un plazo de doce meses para retirar las obras presentadas no premiadas, presentando el anexo 4 rellenado, el cual se habrá de presentar en el Registro General del Consejo Insular de Ibiza, av. d'Espanya, 49, 07800, Eivissa. En caso que no se recojan durante este plazo, se entenderá que se han cedido al Consejo Insular de Ibiza, el cual no adquiere ningún compromiso de conservación y difusión.l

Décima. Comisiones evaluadoras

10.1. La comisión evaluadora es el órgano colegiado al que corresponden las funciones siguientes:

  • Evaluar las obras presentadas, de acuerdo con los criterios establecidos en esta base.
  • Emitir una acta con un informe que ha de servir de base para elaborar la propuesta de resolución de concesión.

La comisión evaluadora puede declarar desierto el premio o, si lo considera conveniente, dividirlo entre dos o más premiados.

10.2. Las comisiones evaluadoras para cada una de las modalidades de los Premios Vuit d'Agost 2025 estarán formadas por un/a presidente/a, elegida entre personas de reconocido prestigio de cada una de las seis modalidades, tres vocales, elegidas también entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura de la isla de Ibiza, y un/a secretario/-a, que será personal del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio.

Para poder constituirse, la Comisión Evaluadora habrá de contar con la asistencia del presidente/-a, el/la secretario/-a y de al menos dos vocales.

10.3. En todo aquello no previsto expresamente en estas bases sobre el funcionamiento de la comisión, serán de aplicación las disposiciones de la subsección 1ª de la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

10.4. Miembros de les comisiones evaluadoras

Modalidad A) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost d'Investigació

Presidenta: Sra. Francisca Tur Riera

Suplente: Sra. Ana Colomar Marí

Vocales:

  • Sr. Antoni Tur Torres
  • Sr. Jaume Estarellas Fernández
  • Sr. Marcus Heinrich Hermanns

Suplentes:

1. Sra. Agnès Vidal Vicedo

2. Sr. Carlos Jiménez Marín

3. Sr. Antonio Marí Marí

Secretaria:

Sra. Margarita Planells Torres

Suplente: Sra Maria Jesús Adamuz Torres

Modalidad B) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Pintura

Presidente: Sr. Carles Guasch Guasch

Suplente: Sra. Susana Cardona Torres

​​​​​​​​​​​​​​Vocales:

  • Sra. Patricia Boned Sáez
  • Sr. Dieter Sroka
  • Sra. Aida Miró Vicente

Suplentes:

1. Sra. Josefa Torres Riera

2. Sr. Carles Fabregat Sans

3. Sr. Vicent Boïl Mut

Secretaria:

Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Suplente: Sra. Margarita Planells Torres

Modalidad C) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

Presidente: Sr. Antoni Ribas Costa, Toniet

Suplente: Sra. Laura Huguet Nonó

Vocales:

  • Sr. Adrián Ribas Escandell
  • Sra. Neus Riera Tur
  • Sra. Laura Julvé Martínez

Suplentes:

1. Sra. Carolina Boned Torres

2. Sra. Catalina Marí Tur

3. Sra. Margarita Prats Ribas

Secretaria:

Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Suplente: Sra Margarita Planells Torres

Modalidad D) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Fotografia

Presidente: Sr. Antoni Pomar Bofill

Suplente: Sr. Vicent Marí Marí

Vocales:

  • Sr. Germán G. Lama
  • Sr. Sebastián Candela Martínez
  • Sra. Lourdes Grivé Roig

Suplentes:

1. Sr. José Antonio Porras Molina

2. Sr. Francisco Javier Mas Ferrà

3. Sr. Joan Costa García

 

​​​​​​​Secretaria:

Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Suplente: Sra. Margarita Planells Torres

Modalidad E) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

Presidenta: Sra. Carme Boix Bonet

Suplente: Sr. Álvaro Jiménez Oller

Vocales:

  • Sra. Verónica Prats Marí
  • Sr. Toni Colomar Noguera
  • Sra. Tamara Jiménez Planells

Suplentes:

1. Sr. Antonio Ribichesu

2. Sr. César Sánchez Fernández

3. Sra. Lina Sansano Costa

Secretaria:

Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Suplente: Sra. Margarita Planells Torres

Modalidad F) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Música

Presidenta: Sra. Marilina Yern Riera

Suplente: Sr. Bartomeu Tur Marí

Vocales:

  • Sr. Marc Riera Colomar
  • Sra. Elena Exenberger
  • Sr. Ramon Mayol Aranda

Suplentes:

1. Sra. María Nélida Boned Bufí

2. Sr. Francisco Cogollos Martínez

3. Sra. Maria Lejarza Sánchez

Secretaria:

Sra. Margarita Planells Torres

Suplente: Sra Maria Jesús Adamuz Torres

10.5. Criterios de las comisiones evaluadoras

De manera general las comisiones evaluarán la creatividad, el proceso de elaboración u otros aspectos que se consideren adecuados y calificarán las obras presentadas con los criterios técnicos establecidos en las bases respecto de su presentación y teniendo en cuenta, entre otros, los criterios particulares que a continuación se mencionan para cada modalidad:

 

​​​​​​​Modalidad A) Criterios para el Premio Vuit d'Agost d'Investigació

- Metodología científica en su elaboración

- Fuentes utilizadas

- Conclusiones de la investigación

- Aportación al corpus de trabajos de investigación respecto a la isla de Ibizad

Modalidad B) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Pintura

- Creatividad del/la autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, en su caso, de los materiales utilizados

Modalidad C) Criterios para el Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

- Creatividad del/la autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, en su caso, de los materiales utilizados

Modalidad D) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Fotografia

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad

- La adecuación a la temática (el patrimonio cultural de Ibiza)

Modalidad E) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad de la propuesta

- La adecuación a la temática solicitada

- Que sea adecuado para su adaptación a diferentes soportes publicitarios

Modalidad F) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Música

- Nivel de calidad

- Suficiente contenido y oficio

- Originalidad de la idea musical

- Instrumentación

- Creatividad del proceso de elaboración

- Posibilidad de la interpretación en directo de la obra

- Si la obra tiene letra, el uso del catalán

- Temática referente a Ibiza

Undécima. Obligaciones de las personas ganadoras

Una vez que la comisión evaluadora haya decidido los trabajos ganadores se comunicará el veredicto a la persona ganadora.

Se deberá presentar también la solicitud de alta o modificación como acreedor del Consejo Insular a efectos económicos (hoja de domiciliación bancaria) a su nombre, debidamente cumplimentada, firmada y sellada por la entidad bancaria; en el caso de personas físicas, también pueden presentar declaración responsable de titularidad de datos bancarios de personas físicas, acompañada del documento de identidad de la persona declarante. Esta solicitud o modificación se hará a través de la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es/Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consejo Insular a efectos económicos) y se dirigirá directamente en la Tesorería de este Consejo. Sólo deberá presentarse si no consta en el Consejo o bien si se ha producido alguna modificación en la que ya consta.

En el caso de que la obra ganadora sea una obra grupal, y para poder hacer el pago del premio de acuerdo con la declaración responsable del anexo 3, todos/-as los miembros del grupo habrán de presentar la misma documentación que en el párrafo anterior.

La persona ganadora tendrá que cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación con el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, que regula las prohibiciones para ser beneficiario de una subvención. Además, deberá cumplir con las obligaciones de los beneficiarios previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación con el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares.

También tendrá que estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el propio Consejo Insular de Ibiza.

Las personas ganadoras de estos premios se responsabilizan totalmente de que no existen derechos de terceros sobre los trabajos presentados y se hacen responsables de cualquier reclamación que pudiera surgir por derechos de imagen o cualquier otro derecho alegado por terceros. En tal caso, quedará sin efecto el acto de concesión del premio y, como consecuencia de la revocación, procederá reintegrar totalmente la cantidad recibida por la persona ganadora y, en su caso, la exigencia de los intereses de demora, que se realizará por el procedimiento establecido en el título II de la Ley general de subvenciones, en el que debe garantizarse la audiencia a las personas interesadas.

Duodécima. Instrucción y resolución

12.1. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución

El Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consejo Insular de Ibiza es el competente para instruir el procedimiento de concesión de estas ayudas, de conformidad con lo establecido en el apartado tercero.6 del Decreto de Presidencia núm. 2023000467, de estructura del gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de departamentos (BOIB núm. 88, de 29-06-2023). Dentro de este Departamento corresponde a la consejera ejecutiva la ordenación del procedimiento, en virtud del artículo 33.2.a de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares y de conformidad con el artículo 72.e del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (publicado en el BOIB núm. 136, de 18-09-10; corrección en el BOIB núm. 148, de 14-10-10; modificación en el BOIB núm. 48, de 16-04-16)

En cuanto a la competencia para aprobar estas bases y la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.1.m de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, es competencia del Consejo Ejecutivo aprobar las convocatorias de ayudas y subvenciones.

En cuanto a la competencia para resolver la concesión de los Premios Vuit d'Agost 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, es competencia de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.

12.2. Con fundamento en las actas de las comisiones de evaluación y el informe técnico posterior correspondiente y de conformidad con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, que expresará la relación de personas para las que se proponen los premios y su cuantía. Los premios se concederán mediante resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en la que también se expresará el nombre de las personas ganadoras así como el importe de los premios concedidos.

12.3. El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento de la tramitación del expediente, los documentos complementarios que se consideren necesarios a las personas que se presenten en el mismo.

 

​​​​​​​Cuando deba realizarse alguna notificación personalizada, se establecerá como preferente la notificación electrónica mediante el correo electrónico de la persona solicitante, siempre que ésta la haya indicado en su solicitud.

12.4. De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederá de seis meses, contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

12.5. La resolución concediendo estos premios se hará pública en la página web del Consejo www.seu.conselldeivissa.es/tablón de anuncios y edictos electrónicos, también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se notificará a las personas ganadoras.

12.6. Una vez que ya se haya hecho público el veredicto de la comisión evaluadora y se haya concedido el premio, el artista ganador/a de cada una de las cinco modalidades artísticas (modalidades b, c, d, e y f) tendrá que firmar su obra, a fin de que se pueda garantizar la autenticidad de su autoría. Estas obras desde ese momento serán propiedad del Consejo Insular.

Decimotercera. Entrega de los premios

El pago del premio a la persona ganadora se realizará por transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la hoja de transferencia o en la declaración responsable, previstos en la base undécima de estas bases reguladoras.

La percepción de los premios estará sujeta a las retenciones establecidas en la normativa fiscal vigente.

El Consejo Insular de Ibiza convocará un acto público, en el lugar y fecha que se determinará con posterioridad, con las personas ganadoras de los premios, en el que se les entregará un diploma acreditativo de haber sido ganador/a de los Premios Vuit d'Agost 2025.

Catorzena. Normativa aplicable

Decimocuarta. Normativa aplicable

La convocatoria de estos premios se regirá por lo que disponen las presentes bases reguladoras, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre , que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en lo que sea de aplicación.

Respecto de la protección y el tratamiento de datos de carácter personal para la realización de las actividades objeto de esta convocatoria deben observarse las prescripciones contenidas en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE 4.5.2016), (DOUE L, núm. 119, de 4-5-2016, pág. 1-88), y en el resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales que sea de aplicación.

Decimoquinta. Derechos sobre los trabajos ganadores

Los autores y autoras que ganen el premio en cualquiera de las seis modalidades mantienen su derecho de autoría sobre la obra ganadora.

En el Premio de Investigación (modalidad a) el Consejo Insular de Ibiza tiene el derecho de publicación sobre la primera edición de la citada obra. Esta publicación será la del original entregado por la persona ganadora, y valorado por la comisión evaluadora, salvo alguna sugerencia de dicha comisión o del Departamento convocante respecto de la estructura de la obra.

En las otras cinco modalidades (b, c, d, e y f) la obra premiada, firmada por el autor/a, en la que la obra pasa a ser propiedad del Consejo Insular de Ibiza, esta Institución tendrá la potestad de reproducirla y/o de exponerla, entendiendo que si el autor/a quiere hacer uso de ella para cualquier manifestación cultural debe informar de ello al Consejo y hacer constar que esta obra ha ganado el Premio Vuit d'Agost en la categoría correspondiente.

Decimosexta. Régimen de recursos

El acuerdo del Consejo Ejecutivo que apruebe las bases reguladoras de estos premios y la resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio para su concesión no agotan la vía administrativa.

De conformidad con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 66, apartados 2 y 4, de la Ley 4/ 2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, contra el acuerdo del Consejo Ejecutivo de aprobación de estas bases se podrá interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo Insular de Ibiza, y contra las resoluciones de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza. El recurso deberá resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contencioso-administrativa.

​​​​​​​​​​​​​​Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

 

Eivissa, 17 de junio de 2025

El jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio ​​​​​​​Jose Vicente Garibo Redolat

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