Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 423612
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, DES3 de fecha 17 de junio de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024
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La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 17 de junio de 2025, firmó la siguiente resolución,
"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.4- INVERSIONES NO PRODUCTIVAS VINCULADAS A LA REALIZACIÓN DE COMPROMISOS DE AGROAMBIENTE Y CLIMA
Convocatoria: IMIT 2024_1 Grupo: IMIT2024_1 -3 -DES
Código BDNS: 755117
Código SIA: 3056494
Antecedentes
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes acabó el día a 31/05/2024, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 465 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I adjunto, no han aportado la documentación solicitada, tal y como se detalla en el citado anexo.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.
2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
3. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
5. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
6. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución de Desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Considerar desistidas las solicitudes presentadas por los interesados relacionados en el Anexo I, que son un total de 1 expediente y que comienza con MATEO LLOBERA MARTORELL y termina con MATEO LLOBERA MARTORELL, por los motivos descritos en el mencionado anexo, de la línea de ayudas “Ayudas por Inversiones en bancales y cerramientos 2015-2019”.
2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en el Anexo I.
3. Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.
Palma, en fecha de la firma electrónica
La jefe de la Sección I La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
María Ángeles Pérez Ribas Gemma Canós Franch
Conforme con la propuesta dicto Resolución
El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such”
ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE SE DECLARAN DESISTIDOS
|
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Motivo del desistimiento |
|---|---|---|---|
|
MATEO LLOBERA MARTORELL |
***3766** |
IMIT2024_1/469 |
No aporta la documentación solicitada para ser beneficiario de la ayuda, BOIB núm. 67 de 27 de mayo de 2025 |
Palma, en fecha de la firma electrónica (18 de junio de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni