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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 417956
Resolución de modificación de las normas de selección de proyectos de actividades culturales para el Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca (CACIM)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio adoptó el 13 de junio de 2025 la siguiente resolución:

«1. Modificar las Normas de selección de proyectos por el Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca (CACIM), las cuales quedan redactadas de acuerdo con el documento anexo.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y, a efecto informativo, en la página web del Consell Insular de Mallorca, así como el texto completo de las nuevas Normas de selección de proyectos para el Catálogo de Actividades Culturales del Consell Insular de Mallorca (CACIM) para el conocimiento de las personas interesadas.»

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (16 de junio de 2025)

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio (Antònia Roca Bellinfante)

 

Normas de selección de proyectos para el Catálogo de Actividades Culturales del Consell Insular de Mallorca (CACIM)

Presentación

El Consell de Mallorca, mediante el Departamento de Cultura y Patrimonio, tiene en funcionamiento el Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca (CACIM), con los objetivos de constituir una bolsa de oferta cultural para toda Mallorca y de promover la itinerancia de actividades culturales de los diferentes ámbitos de la creación: artes visuales, escénicas, musicales, literarias, etc.

El Departamento de Cultura y Patrimonio, con esta finalidad, quiere difundir los proyectos que se desarrollan en estos ámbitos y quiere poner al alcance de los profesionales un canal para recibir las propuestas que pueden formar parte de la bolsa de proyectos del CACIM.

El catálogo está publicado permanentemente en la web del Consell de Mallorca (web.conselldemallorca.es/cataleg) y clasificado en las secciones culturales que se describen en el punto 2 de estas normas.

Finalidades

- Gestionar la plataforma web de difusión de la oferta cultural profesional de Mallorca que se publica en el web: web.conselldemallorca.es/cataleg.

- Garantizar una oferta cultural dinámica y profesional de calidad.

- Convertirse en una herramienta útil para programar actividades culturales.

1. Requisitos para formar parte del catálogo

a) Pueden participar las personas físicas o jurídicas de cualquier nacionalidad, constituidas como profesionales, empresas, asociaciones o como entidades con personalidad jurídica propia que presenten las siguientes características:

a.1) Llevar a cabo actividades culturales y, en consecuencia, estar de alta en el epígrafe que corresponde en el censo tributario o registro pertinente del IAE.

a.2) Tener un domicilio o el establecimiento permanente o delegación en Mallorca.

a.3) Que el importe total del proyecto presentado no sea superior al que se presenta en otras entidades o instituciones.

a.4) Que la lengua catalana sea la lengua de uso normal en la difusión de las actividades culturales.

a.5) Que presenten una solicitud siguiendo el procedimiento detallado en los apartados tercero y quinto de estas normas.

a.6) Que, una vez evaluado por la Comisión técnica de selección de proyectos, el proyecto presentado obtenga una puntuación igual o superior a 25 puntos, según los criterios definidos en el apartado séptimo de las normas.

b) Las personas físicas o jurídicas, constituidas como profesionales o empresas, cuyos proyectos hayan obtenido la puntuación mínima para ser beneficiarios, a partir de 2021, de la Convocatoria de subvenciones de artes escénicas: Línea 1 (ayudas para la creación, producción y estreno de espectáculos de artes escénicas de empresas nuevas o no consolidadas de hasta 4 años de antigüedad) y Línea 3 (ayudas para la creación, producción y estreno de espectáculos de artes escénicas de empresas consolidadas de más de 4 años de antigüedad) pasarán a formar parte del Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca (CACIM) sin necesidad de ser evaluados por la Comisión técnica de selección de proyectos, siempre y cuando cumplan el resto de los requisitos del apartado a) del punto 1 de estas normas. En este caso, es necesario que las personas interesadas presenten a través del Registro electrónico la documentación de los apartados a), b), d) y e) del punto 3 de estas normas, indicando en la solicitud (anexo 1) la fecha de efecto de la inclusión del proyecto en el CACIM (que nunca podrá ser anterior a la fecha de la resolución de la concesión definitiva de la subvención de artes escénicas, ni anterior a la fecha de presentación de la documentación a través del Registro electrónico).

c) Las coproducciones de artes escénicas de la Fundación Teatre Principal de Palma, en cuanto a su inclusión al Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca (CACIM), se regirán por el mismo procedimiento que los beneficiarios de la convocatoria de subvenciones de artes escénicas del Consell de Mallorca, establecido en el párrafo anterior.

Estos requisitos deben cumplirse en el momento de entregar la documentación y durante todo el periodo en que formen parte del catálogo.

2. Secciones culturales del catálogo

1. MÚSICA

Conciertos, talleres o experiencias relacionadas con el mundo de la música.

1.1 Música clásica

1.2 Otros estilos (infantil, pop, rock, folk...)

2. ARTE DE CALLE

Espectáculos de circo, pasacalles y otras actividades culturales creadas para hacerse en espacios abiertos, al exterior.

3. DANZA

Espectáculos de danza, talleres o experiencias relacionadas con el mundo de la danza.

4. TEATRO

Espectáculos de teatro, talleres o experiencias relacionadas con el mundo del teatro.

5. TEATRO INFANTIL

Espectáculos de teatro dirigidos a un público infantil.

6. PROYECCIONES

Ciclos temáticos de cine.

7. EXPOSICIONES

a) Exposiciones temáticas de ámbito cultural y patrimonial.

b) Exposiciones de arte que tengan una finalidad divulgativa de temática cultural y/o social.

8. RUTAS CULTURALES

Rutas por Mallorca que tengan como objetivo difundir y poner en valor el patrimonio, la historia y la cultura de Mallorca.

9. CICLOS DE CONFERENCIAS

Ciclos de conferencias y creación de espacios de debate en torno a temas de interés cultural y patrimonial.

 

10. ACTIVIDADES PARA FOMENTAR LA INCLUSIÓN LINGÜÍSTICA

Proyectos de actividades interculturales en lengua catalana que tengan como objetivo principal favorecer la integración lingüística y la cohesión social entre recién llegados y población catalanohablante.

11. ACTIVIDADES PARA EL FOMENTO DE LA LECTURA

Proyectos de actividades culturales que tengan por objetivo principal fomentar la lectura. Estas actividades se llevarán a cabo en las bibliotecas públicas municipales o, en todo caso, han de ser promovidas desde las bibliotecas públicas.

Importante:

- Los proyectos sólo se pueden incluir en una de las secciones especificadas; únicamente en el caso de las actividades para el fomento de la lectura podrán incluirse en otra sección que sea también adecuada al tipo de proyecto.

- Si la actividad para fomentar la lectura se presenta además en otra sección, el coste de la actividad podrá tener dos versiones y, en este caso, se deberán presentar dos presupuestos atendiendo a la sección específica en la que se desarrolla, lo que debe quedar claramente establecido en el proyecto.

3. Documentación

3.1 La documentación que se debe presentar es la siguiente:

a) Anexo 1: solicitud de inscripción debidamente cumplimentada.

b) Anexo 2: ficha específica del proyecto debidamente cumplimentada.

c) Dosier del proyecto en formato digital editable que tiene que incluir como mínimo:

- Título

- Objetivos generales y específicos

- Descripción detallada de la actividad

- Currículum y trayectoria profesional de la autoría del proyecto y de las personas profesionales que participan

- El resto de la información necesaria según la sección a la cual se presenta (punto 3.2 de estas normas).

d) Imágenes representativas de la actividad o espectáculo que se presenta con el proyecto (un mínimo de 3) con una resolución mínima de 72 ppp. Estas imágenes se deben presentar en formato JPG o PNG separadas del texto del proyecto, preferentemente con una orientación horizontal y con unas medidas de 1200 x 625 px o superiores.

e) Presupuesto total del proyecto, que tiene que incluir el caché y cualquier otro gasto que se pueda derivar en relación en la ejecución del proyecto para realizar correctamente la actividad cultural. Estos otros gastos van a cargo del programador de la actividad y no se reflejarán en el precio publicado en el Catálogo que será el precio del caché del proyecto (Base imponible + IVA o motivo de la exención, si es el caso). Si son personas físicas, también se tiene que hacer constar la retención aplicada del IRPF.

f) Copia del NIF o documento equivalente en vigor de la persona física o jurídica solicitante.

g) En el caso de entidades jurídicas:

g.1) Copia del NIF o documento equivalente en vigor de la persona representante legal o bien de la autorizada que firma.

g.2) Documentación que acredite la vigencia del cargo de representante legal en virtud del cual actúa la persona que firma la solicitud o de la autorización correspondiente y suficiente, si la firma otra persona.

g.3) Documentación que acredite la constitución de la entidad o de la empresa y, en su caso, de los estatutos registrados debidamente o de la modificación y de los nuevos estatutos inscritos en el registro pertinente.

h) Certificado administrativo del año en curso que acredita que la persona física o jurídica está inscrita en el epígrafe que corresponde del censo tributario o registro pertinente del IAE y ámbito territorial de actuación.

i) Si la actividad solicitada está sujeta a derecho de explotación, la persona solicitante tiene que presentar el certificado en vigor del derecho de explotación.

El hecho de solicitar la inclusión en el catálogo de actividades lleva implícita la autorización al Consell de Mallorca de poder incluir las imágenes de la actividad para su adecuada difusión.

La documentación se presentará siguiendo lo establecido en su punto 5 de estas normas de selección.

Si se producen variaciones que afecten los apartados “g” o “h” deben comunicarse mediante un escrito con registro general de entrada dirigido al Departamento de Cultura y Patrimonio.

No es necesario entregar la documentación de los apartados “f” y “g” si ya se ha presentado con anterioridad al Servicio de Cultura (se debe citar el número y el año del registro de entrada), siempre que ésta esté en vigor y no hayan transcurrido 5 años desde la presentación o no haya habido ningún cambio.

3.2 Además de la documentación general, el proyecto tiene que incluir la siguiente información específica para cada sección:

1. Música

1.1 Repertorio del concierto o actuación

1.2 Maqueta o muestra del repertorio (formato MP3 o enlace a alguna plataforma digital)

1.3 En las características del espacio, se debe especificar si es una actividad que se puede hacer en el interior, el exterior o en ambos espacios

1.4 Necesidades técnicas de sonido e iluminación

1.5 Características necesarias del escenario

1.6 Necesidad de camerinos sí/no

1.7 Tiempo de montaje y desmontaje

2. Arte de calle

2.1 Necesidades técnicas de sonido e iluminación

2.2 Características necesarias del espacio (dimensiones mínimas)

2.3 Necesidad de camerinos sí/no

2.4 Ubicación correcta del público: distancia de seguridad con el público y si debe haber algún tipo de separación.

2.5 Tiempo de montaje y desmontaje

3. Danza

3.1 Necesidades técnicas de sonido e iluminación

3.2 En las características del espacio, se debe especificar si es una actividad que se puede realizar en el interior, el exterior o en ambos espacios

3.3 Características necesarias del escenario (dimensiones boca, fondo y altura, tipo de suelo, ...)

3.4 Necesidad de camerinos sí/no

3.5 Si se realiza en el exterior: ubicación correcta del público (distancia de seguridad) y si es preciso que haya algún tipo de separación.

3.6 Tiempo de montaje y desmontaje

4. Teatro y Teatro infantil

4.1 Características necesarias del escenario (dimensiones boca, fondo y altura...)

4.2 En las características del espacio, se debe especificar si es una actividad que se puede realizar en el interior, el exterior o en ambos espacios

4.3 Necesidades técnicas de sonido e iluminación

4.4 Necesidad de camerinos sí/no

4.5 Tiempo de montaje y desmontaje

5. Proyecciones

5.1 Relación de las películas o de los documentales

5.2 Descripción breve de los filmes

5.3 Necesidades técnicas de sonido e iluminación

5.4 Tiempo de montaje y desmontaje

5.5 Otros gastos derivados de la realización de la actividad

6. Exposiciones

6.1 Especificaciones del espacio: superficie mínima de la sala, metros de pared lineal, iluminación, medidas de seguridad de la sala...

6.2 Materiales expositivos utilizados (vitrinas, paneles...)

6.3 Seguro (indicar si se dispone de algún tipo de seguro)

6.4 Personal de atención a la persona visitante sí/no

6.5 Duración de la exposición (con un mínimo obligatorio de 15 días)

6.6 Tiempo de montaje y desmontaje (día/días y/u horas)

6.7 Actividades complementarias (si es el caso)

7. Rutas culturales

7.1 Descripción de la ruta o rutas

7.2 Duración aproximada

7.3 Hora recomendada de salida

7.4 Número máximo de personas por grupo

7.5 Posibles gastos de entradas a los recintos que se van a visitar

8. Ciclos de conferencias

8.1 Características necesarias del espacio

8.2 Necesidades técnicas: sonido, proyección, iluminación...

8.3 Características del material didáctico de soporte, si la actividad lo requiere

9. Actividades para fomentar la inclusión lingüística

9.1 Características del público destinatario y franja de edad

9.2 Número máximo de participantes

9.3 Características del material didáctico de soporte, si la actividad requiere

10. Actividades para el fomento de la lectura

10.1 Necesidades técnicas de sonido e iluminación

10.2 Número máximo de participantes

10.3 Tiempo de montaje y desmontaje

En cualquier caso, el Consell de Mallorca puede pedir que se aporte la documentación adicional que le parezca adecuada, dadas las características de cada caso.

4. Obligaciones de los participantes

Los profesionales están obligados a:

a) Llevar a cabo la totalidad del proyecto y mantenerlo con las mismas condiciones en que se ha incluido en el Catálogo, sin poder hacer cambios, durante un periodo mínimo de 12 meses desde que se ha resuelto incluirlo.

Tampoco podrán realizarse cambios en los proyectos incluidos en el catálogo, si no han transcurrido 12 meses desde la última modificación efectuada a los proyectos.

A pesar de esto, si por causas de fuerza mayor (por ejemplo: cambio de artistas por baja, imposibilidad de llevar a cabo una parte del proyecto, etc.) se produjeran cambios en un proyecto antes del plazo mencionado de 12 meses, estos cambios deberán comunicarse al Consell de Mallorca lo antes posible y la comisión técnica determinará la idoneidad de estos cambios.

Para comunicar modificaciones o bajas de proyectos se debe cumplimentar el anexo 3 (marcando la casilla modificación o baja, segundo el caso) y adjuntar la documentación con las modificaciones que se quieren hacer.

b) Notificar la voluntad de continuidad del proyecto en el Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca transcurrido un año desde que se incluyó, presentando el anexo 3 (marcando la casilla de continuidad) al Departamento de Cultura y Patrimonio, junto con la documentación que acredita que el profesional está dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE del año en curso (certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT). La solicitud de continuidad de los proyectos (anexo 3) debe ajustarse a los plazos cuatrimestrales mencionados en el punto 8. En el caso de no cumplir con esta obligación, el proyecto se dará de baja de oficio del Catálogo.

c) Evaluar cada actividad cultural que haya llevado a cabo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haber hecho la actividad, con el formulario (en formato digital) que facilitará el Servicio de Cultura.

 

d) Estar dado de alta a la Seguridad Social en el momento de llevar a cabo actividades a través del CACIM, tanto si el titular del proyecto es una persona física, como jurídica.

El Servicio de Cultura realizará comprobaciones aleatoriamente de que esta obligación se cumple y por ello podrá solicitar en cualquier momento la documentación que así lo demuestre. En el caso de comprobar que esta obligación no se cumple, el proyecto será dado de baja de oficio del CACIM.

e) En el supuesto de que un proyecto, en el plazo de 4 años a contar desde la fecha de inclusión en el CACIM, no haya sido contratado por ninguna entidad programadora, el profesional titular del proyecto deberá presentar una propuesta de renovación y/o actualización. Caso de no querer presentar esta actualización, la comisión técnica evaluadora, motivadamente, podrá dar de baja de oficio este proyecto.

5. Presentación de la documentación

Se pueden presentar proyectos de manera continuada e indefinida.

Las personas o entidades interesadas deben presentar los proyectos, junto con toda la documentación pertinente, a través del registro electrónico del Consell de Mallorca: https://cim.secimallorca.net/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13771 o en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

Los modelos de los anexos se pueden obtener en la Sede electrónica del Consell de Mallorca

(https://seu.conselldemallorca.net/fitxa?key=9666).

6. Comisión técnica de selección de proyectos

Está formada por las personas siguientes:

- Presidencia: director/a insular de Cultura o la persona que el/la sustituya.

- Secretaria: Caterina Gelabert Perelló, técnica de grado medio del Servicio de Cultura, o la persona funcionaria que la sustituya.

- Jaume Cladera Palou, técnico ayudante de archivo y biblioteca, o la persona funcionaria que lo sustituya.

- Joana Maria Pomar Sans, auxiliar de archivo y biblioteca de la Unidad de Proyección y Acción Cultural (PIAC), o la persona funcionaria que la sustituya.

- Maria Antònia Llompart Villalonga, coordinadora de cultura y ocio de la Unidad de Proyección y Acción Cultural (PIAC), o la persona funcionaria que la sustituya.

7. Criterios de selección de proyectos

Los proyectos se tienen que valorar de acuerdo con los criterios y puntuaciones siguientes:

1. Elaboración del proyecto (máximo 20 puntos)

1.1 Objetivos (máximo 5 puntos)

- Hasta 2 puntos si se mencionan los objetivos del proyecto de manera general y poco desarrollada.

- Hasta 4 puntos si los objetivos del proyecto son generales y se mencionan algunos de específicos.

- Hasta 5 puntos cuando se mencionan y desarrollan objetivos generales y objetivos específicos del proyecto.

1.2 Explicación detallada de la actividad, teniendo en cuenta las especificidades de cada sección (máximo 10 puntos)

- Hasta 3 puntos si la explicación no es adecuada y no permite una visión general de la actividad.

- Hasta 5 puntos si la explicación es adecuada y permite una visión general de la actividad.

- Hasta 10 puntos si la actividad está bien expuesta y se pueden ver todas y cada una de las partes en que constará la actividad de manera muy clara.

1.3 Ficha artística y técnica (máximo 5 puntos)

- Hasta 2,5 puntos si la ficha artística (elenco, currículums *vitae…) está completa.

- Hasta 2,5 puntos si la ficha técnica (necesidades técnicas específicas, *rider…) está completa.

2. Criterios artísticos (máximo 20 puntos)

2.1 Innovación, originalidad y creatividad de la actividad (máximo 8 puntos)

- Hasta 4 puntos si se trata de una actividad de creación propia.

- Hasta 6 puntos si se trata de una actividad de creación propia e innovadora.

- Hasta 8 puntos si se trata de una actividad de creación propia, innovadora y única en el panorama isleño.

2.2 Interés y calidad del proyecto (máximo 10 puntos)

- Hasta 4 puntos si la calidad artística está poco demostrada.

- Hasta 6 puntos cuando se demuestra la calidad en el currículum y la trayectoria del artista.

- Hasta 10 puntos si, además del currículum y la trayectoria del artista, se trata de una actividad de gran interés para el público.

2.3 Actividades que contribuyen a difundir valores históricos, populares y tradicionales de Mallorca y actividades relacionadas con conmemoraciones o con efemérides de interés cultural o histórico en el ámbito local y/o insular (máximo 2 puntos)

La Comisión técnica puede desestimar los proyectos que considera que no reúnen las condiciones mínimas de calidad o la capacidad organizativa mínima exigibles para ser exhibidos y/o representados.

La Comisión técnica puede cambiar la sección cultural de un proyecto, siempre que considere que la seleccionada por el profesional no es la más correcta.

Para poder entrar a formar parte del Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca los proyectos evaluados tienen que obtener una puntuación mínima de 25 puntos.

La Comisión técnica examina y evalúa las solicitudes, de acuerdo con los criterios mencionados, y emite el acta/informe que sirve de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución definitiva.

8. Evaluación de los proyectos

El Catálogo de Actividades Culturales del Consell de Mallorca (CACIM) permanece siempre abierto para recibir proyectos y, por tanto, las personas físicas o jurídicas pueden presentar proyectos culturales en cualquier momento del año.

La comisión se reunirá cada cuatro meses para la revisión y valoración de los proyectos presentados para formar parte del CACIM. Evaluará los proyectos presentados con los siguientes plazos: desde el 1 de abril hasta el 31 de julio; desde el 1 de agosto hasta el 30 de noviembre; y desde el 1 de diciembre hasta el 31 de marzo.

La valoración de los proyectos será por orden de entrada de la solicitud, siempre que la documentación presentada esté completa y sea correcta. Una solicitud que presente deficiencias no se evaluará hasta que estas no se hayan subsanado en tiempo y forma.

A los efectos de la evaluación, se considerará que una solicitud que, en el plazo previsto para la reunión cuatrimestral de la comisión, se deba subsanar o completar porque presenta deficiencias, pasará a ser evaluada a la siguiente comisión.

9. Órganos para instruir y resolver

La inclusión, exclusión y/o baja (voluntaria o de oficio) periódica de proyectos y la modificación de la titularidad se lleva a cabo mediante resolución del consejero ejecutivo/ consejera ejecutiva del Consell de Mallorca competente en materia de cultura. El órgano competente para instruir el procedimiento es la secretaría técnica del departamento del Consell de Mallorca competente en materia de cultura.

La inclusión, exclusión y/o baja (voluntaria o de oficio) periódica de proyectos y la modificación de la titularidad se publicarán en la sede electrónica del Consell de Mallorca.

La aprobación y modificación de las normas de selección de proyectos para el CACIM corresponde consejero ejecutivo/ consejera ejecutiva del Consell de Mallorca competente en materia de cultura. El órgano competente para instruir este procedimiento es la secretaría técnica del departamento del Consell de Mallorca competente en materia de cultura.

10. Publicidad

Estas normas se publican en el BOIB y en la Sede electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/fitxa?key=9666).

Documentos adjuntos