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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 416139
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 2 de junio de 2025, relativo a la convocatoria de ayudas para la mejora de instalaciones privadas gestionadas por entidades deportivas sin ánimo de lucro 2025 (exp. 2711-2025-000001)
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BDNS 839897
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/839897):
Primero. Beneficiarios
Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades deportivas sin ánimo de lucro constituidas e inscritas legalmente en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de las Illes Balears, como mínimo desde el inicio de la temporada objeto de ayuda, y que desarrollen la actividad deportiva en la isla de Menorca y en instalación privada. La entidad es la que gestiona de forma directa todos los recursos y servicios necesarios para desarrollar la actividad deportiva y asume los gastos de inversión y mantenimiento que se derivan de la instalación privada que hace uso. Además promoverá la actividad física, la salud, la formación deportiva y las actividades competitivas reguladas por los organismos oficiales.
En ambas líneas, los beneficiarios deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:
Segundo. Objeto
Apoyar a las entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de la Dirección General de Deportes de las Illes Balears y con domicilio en Menorca para mejorar las instalaciones de ámbito privado que gestionan.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 14 de octubre de 2024, publicadas en el BOBI nº 147, de 9 de noviembre.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 260.000 € (doscientos sesenta mil euros), con el siguiente desglose:
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el día 31 de agosto de 2025.
Sexto. Otros datos
Los importes máximos por beneficiario serán los siguientes:
El importe máximo de la convocatoria por entidad es de 60.000 €.
Las ayudas objeto de la convocatoria serán para las inversiones y las actividades de mantenimiento realizadas desde el 1 de agosto hasta el 31 de julio de la temporada 2024/2025.
Maó, 13 de junio de 2025
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)