Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 416098
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (programas 4 y 5)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm. 125, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento en fuentes de almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento, el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB nº137, de 22 de octubre de 202).

2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta una serie de documentación en los expedientes, que se detalla en la tabla siguiente, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado noveno de la resolución de la convocatoria de referencia.

3. Hay que indicar que, en el caso de la enmienda de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la enmienda es la que establece el orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración, es la fecha de registro de la solicitud la que determina el orden de prelación.

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías

Observaciones

NEXTG45-1397/2021

MATEU CAPO, MIQUEL ANGEL

***3961**

En el documento 4, el número de módulos (12) no coinciden con los declarados en la oferta económica (16).

Aclaración

NEXTG45-4295/2021

PIERGENTILI , FEDERICO ALEJANDRO

****6514*

En el documento 4, la potencia unitaria de los módulos fotovoltaicos (0,460 kWp) no coincide con la potencia declarada en la oferta económica (0,470 kWp)

Aclaración

NEXTG45-5559/2021

SASTRE AMENGUAL, JOANA MARÍA

***9709**

En el documento 1, se ha detectado una discrepancia con el número de cuenta bancaria, se debe aportar un certificado de titularidad bancaria

Aclaración

NEXTG45-6240/2021

SERVERA ARTIGUES, CRISTOBAL

***8644**

En la oferta económica, el nombre del cliente no coincide con el titular de la solicitud. En el documento 4, el número de módulos fotovoltaicos (13) no coincide con los declarados en la oferta económica (16)

Aclaración

NEXTG45-6843/2021

CASTAÑEDA MARTÍNEZ, DANIEL

***0648**

En el documento 4 falta indicar el número de módulos instalados

Aclaración

NEXTG45-7661/2021

HOLZINGER, JURGEN

***7591**

Se debe aportar el número RII del solicitante para acreditar su firma como técnico competente

Aclaración

NEXTG45-8243/2021

ONNENBERG, JAN CHRISTOPH

***3171**

El titular de la solicitud no está al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT. Se requiere presentar un certificado positivo

Aclaración

NEXTG45-9433/2021

AMENGUAL GOMILA, MARIA DEL PILAR

***3734**

Falta la oferta económica

Aclaración

NEXTG45-9846/2021

Ajuntament de Calvià

***0110**

En el documento 4 falta el número de Registro Industrial (RII) de la empresa instaladora habilitada o del técnico competente

Aclaración

NEXTG45-9849/2021

Ajuntament de Calvià

***0110**

En el documento 4 falta el número de Registro Industrial (RII) de la empresa instaladora habilitada o del técnico competente

Aclaración

NEXTG45-9850/2021

Ajuntament de Calvià

***0110**

En el documento 4 falta el número de Registro Industrial (RII) de la empresa instaladora habilitada o del técnico competente

Aclaración

NEXTG45-9851/2021

Ajuntament de Calvià

***0110**

En el documento 4 falta el número de Registro Industrial (RII) de la empresa instaladora habilitada o del técnico competente

Aclaración

NEXTG45-9931/2021

CLEDON, MAXIMILIANO

***6207**

En el documento 4, faltan los datos de la empresa instaladora habilitada

Aclaración

NEXTG45-9934/2021

CALAFAT BELTRÁN, JUAN

***7261**

En el documento 4, faltan los datos de la empresa instaladora habilitada

Aclaración

NEXTG45-9936/2021

ABS DA CRUZ, JEAN MICHEL

***6922**

En el documento 4, faltan los datos de la empresa instaladora habilitada

Aclaración

NEXTG45-10439/2021

VERD NICOLAU, JOAN

***3338**

En el documento 4, el número de módulos fotovoltaicos (5) no coinciden con los declarados en la oferta económica (12)

Aclaración

NEXTG45-10545/2021

SINGH KAUR, PARAMJEET

***0258**

En el documento 1, falta rellenar la declaración responsable. Además, se indica una persona física con actividad económica, pero no completa el CNAE. En el documento 4 falta el número de Registro Industrial (RII) de la empresa instaladora habilitada.

Aclaración

NEXTG45-10567/2021

MORENO MATEOS, JOSE LUIS

***2390**

En el documento 4 falta el número de Registro Industrial (RII) de la empresa instaladora habilitada

Aclaración

NEXTG45-10788/2021

GARCIA RUIZ, JUAN PEDRO

***5660**

En el documento 4 falta el número de módulos fotovoltaicos, que debe coincidir con los de la oferta económica, y la firma de la empresa instaladora o del técnico competente

Aclaración

NEXTG45-11680/2021

ROIG PLANELLS, JOSEFA

***4898**

La oferta económica seleccionada no está a nombre del solicitante. Aclarar si existe una vinculación con la empresa a nombre de la que está el presupuesto (Malacosta SL), y en caso afirmativo, justificar esta relación. En caso contrario, el presupuesto debe figurar a nombre del solicitante

Aclaración

En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se le tendrá por desistido de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, previa resolución que declarará concluido el momento y de acuerdo con el artículo 21 de esta ley.

 

Palma, 12 de junio de 2025

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez