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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MURO

Núm. 409573
Resolución del alcalde por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones del Playback San Juan 2025 "Uep, tú me suenas, ¿y tú de dónde te dicen?"

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

PLAYBACK FIESTAS SAN JUAN 2025. UEP, TÚ ME SUENDES, ¿Y TÚ DE DÓNDE TE DICEN?

1. Normativa aplicable

Estos premios se regirán por lo que se ha fijado en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.

El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva.

2. Créditos Presupuestarios

El crédito presupuestario al que se imputan los premios es 3380.48206, siendo la cuantía total máxima del premio 1000,00€.

3. Objeto, Condiciones y Finalidad de los premios

El Ayuntamiento de Muro, a través del Área de Fiestas y Ferias, convoca un PLAYBACK FIESTAS SAN JUAN 2025. UEP, TÚ ME SUENDES, ¿Y TÚ DE DÓNDE TE DICEN?

Organiza: Asociació Sense Filtre.

Inscripciones en el correo electrónico: sensefiltre.jovesdemuro2016@gmail.com indicando:

  • Nombre de todos los participantes.
  • Edad de todos los participantes.
  • Link del vídeo de youtube que se representará.
  • Título de la canción.
  • Si se necesita pie de micro u otros materiales.

Desde el área de fiestas y participación ciudadana se quiere fomentar que el público pueda ser partícipe por votación popular de la elección de los ganadores, por lo que podrá habilitar el sistema de votación popular, 1 persona/1 voto y el presentador del evento explicará los criterios que deberá tener en cuenta el jurado a la hora de emitir el voto.

Por eso se habilitará un sistema temporal de votaciones y finalizado este plazo no se admitirán más votos.

Se ordenarán los votos/participante de mayor a menor según los votos obtenidos y este criterio será el que otorgará los premios económicos, así el que más votos haya obtenido obtendrá el 1er premio, en 2º en mayor voto, el 2º premio y así sucesivamente hasta el último premio.

En caso de que haya más participantes en una categoría que la otra el concejal de fiestas podrá otorgar los premios desiertos en la otra categoría, siempre con el límite presupuestario consignado, siempre que lo justifique la necesidad como por ejemplo un empate técnico.

Criterios que tendrá que tener en cuenta el jurado a la hora de valorar las actuaciones.

  • Interpretación y caracterización de la actuación de acuerdo con el artista o artistas que se interpreten.
  • Vestimenta empleada para la actuación.
  • Puesta en escena y decoración/ tramoya.
 

​​​​​​​Los criterios anteriores irán dentro del contexto del vídeo elegido por el concursante/s que habrán facilitado para la proyección durante la actuación del playback.

Condiciones de inscripción:

Podrán inscribirse en la categoría INFANTIL, todos aquellos participantes nacidos a partir del año 2011.

Todos los nacidos antes de 2011, se entenderán que participan en la categoría de ADULTOS.

ADULTOS,

1r. Premio 250€

2 n. Premio 150€

3 r. Prmio 100€

4º Premio 75€

5º premio 50€

INFANTIL

1 r. Premio 125€

2 n. Premio 100€

3 r. Prmio 60€

4º premio infantil 50€

5º premio infantil 40 €

En caso de que el premio de alguna categoría quede desierto, el concejal puede estimar ponerlo en otra categoría.

Condiciones de participación y normas

Todos los y las participantes que quieran participar deben respetar las condiciones y criterios del concurso.

El concurso se celebrará el sábado 23 de junio de 2025 a las 22.00 h, en la Plaza Conde de Empúries.

4. Requisitos para Solicitar el Premio y la Forma de Acreditarlos

Los participantes que hayan resultado ganadores deben presentar una solicitud de abono del premio en el registro del Ayuntamiento, en caso de menores deben solicitar el premio sus progenitores adjuntando:

  • Instancia general, solicitando el cobro del premio
  • Vale del premio obtenido.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde deseen que se realice el abono de la subvención.
  • Fotocopia del NIF.

5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento

El órgano competente para resolver será la Junta de gobierno local.

6. Plazo de presentación de solicitudes y documentación

El ganador tendrá un plazo de 1 mes para presentar la solicitud de abono desde el día siguiente a la fecha de celebración de la festividad.

7. Fin de la Vía Administrativa

El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente directamente desde el día siguiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

8. Criterios de Valoración

Las valoraciones se realizarán por un jurado de personas imparciales con criterios definidos por el propio jurado basados ​en las distintas categorías del concurso.

9. Medios de notificación o publicación

Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar al efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo fijado a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10. Aceptación de las bases

La mera participación en esta convocatoria implica la total aceptación de las Bases Reguladoras de la misma.

 

(Firmado electrónicamente: 12 de junio de 2025

El alcalde Miquel Porquer Tugores)

 

 

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De conformidad con el establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, se pone en conocimiento que el Ayuntamiento de Muro tratará, mediante ficheros informatizados los datos facilitados. En cualquier momento podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de estos datos según establece la mencionada Ley.