Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 407729
Convocatoria beca de formación en investigación sobre los Closos de Can Gaià 2025
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En la Junta de Gobierno Local de día 10 de junio de 2025, se acordó entre otros aprobar las bases que deben regular la concesión de la beca de formación en investigación sobre los Closos de Can Gaià 2024:
BECA DE FORMACIÓN EN INVESTIGACIÓN SOBRE LOS CLOSOS DE CAN GAIÀ 2025
1. Introducción
El Ayuntamiento de Felanitx hace pública la convocatoria de una beca de investigación para el año 2025, con el fin de fomentar la investigación arqueológica en torno al yacimiento de los Closos de Can Gaià y apoyar el desarrollo académico y profesional de jóvenes investigadores/as con trayectorias prometedoras.
2. Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por la siguiente normativa:
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, regulador de las bases de los gobiernos locales.
La normativa fiscal y laboral que resulte de aplicación, en función del régimen específico de la persona beneficiaria.
La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos).
Y cualquier otra disposición legal o reglamentaria que resulte de aplicación en la concesión de subvenciones y en la gestión pública de recursos municipales.
3. Dotación económica y crédito presupuestario
La beca tiene una dotación económica de seis mil euros (6.000€), financiada con cargo a los presupuestos generales del Ayuntamiento de Felanitx, y se concederá a una única persona beneficiaria.
4. Finalidades de la convocatoria
La beca tiene como objetivos principales:
Promover la búsqueda de vanguardia en el yacimiento de los Closos de Can Gaià.
Generar y divulgar conocimiento innovador sobre la prehistoria y la historia del término de Felanitx, dirigido tanto a la ciudadanía local como a la sociedad balear en general.
Fomentar la formación y colaboración interdisciplinaria entre personal investigador de diversas áreas científicas relacionadas con el yacimiento.
Apoyar el desarrollo académico y la proyección profesional de jóvenes investigadores/as.
Impulsar carreras de investigación emergentes con enfoque arqueológico.
5. Requisitos de las personas solicitantes
Podrán optar a la beca aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:
Ser mayores de edad y disponer de plena capacidad de obrar.
Haber cursado al menos dos años de estudios de grado y no haber transcurrido más de tres años desde la finalización de sus estudios universitarios (grado o master).
Presentar un proyecto de investigación individual. Se valorarán preferentemente aquellas propuestas que aborden la temática del uso del fuego, gestión del combustible y estructuras de combustión.
Acreditar méritos académicos y/o curriculares suficientes para realizar la investigación propuesta.
Se valorará positivamente haber participado en excavaciones o actividades arqueológicas relacionadas con los Closos de Can Gaià o con el equipo investigador del yacimiento.
En su caso, podrá reconocerse la participación de una persona tutora o co-investigadora principal, que no será valorada a efectos de puntuación de la candidatura.
6. Condiciones y beneficios asociados a la beca
La concesión de la beca comportará las siguientes ventajas:
Financiación total o parcial de la investigación propuesta.
Acceso a la documentación, materiales y recursos disponibles sobre los Closos de Can Gaià.
Apoyo y orientación por parte de personal investigador experto vinculado al proyecto.
Posibilidad de presentar resultados en jornadas, congresos o publicaciones especializadas.
7. Presentación de solicitudes
Las solicitudes deben tramitarse a través del trámite disponible en la web oficial del Ayuntamiento de Felanitx, dentro del plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de las Bases en el BOIB.
Habrá que adjuntar la siguiente documentación:
Formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo 1).
Copia del documento de identidad (DNI, NIE, pasaporte o permiso de residencia).
Carta de motivación (máximo 500 palabras).
Detalla el currículum vitae.
Declaración responsable (Anexo 2) conforme al arte. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Documento de designación de cuenta bancaria.
Proyecto de investigación (extensión aproximada de 15 páginas), que incluya:
Título
Resumen y palabras clave
Estado de la cuestión y justificación
Metodología
Planificación y cronograma anual
Resultados previstos, plan de difusión e impacto esperado
Carta de recomendación de un profesor universitario o un profesional del ámbito cultural, arqueológico o patrimonial.
Las personas solicitantes serán responsables de la veracidad de la documentación presentada (artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
8. Propiedad intelectual, derechos y obligaciones de la persona beneficiaria
La persona beneficiaria será titular de la propiedad intelectual derivada de la interpretación de los resultados de la investigación.
Deberá informar periódicamente al equipo de dirección de la excavación sobre los avances, dificultades y necesidades del proyecto.
La primera publicación o presentación de los resultados en congresos deberá incluir a una persona de la codirección del proyecto, como responsable de la coordinación general. La lista de autores/se se consensuará previamente.
Se priorizará la difusión de los resultados en canales de acceso abierto, con el objetivo de fomentar una ciencia abierta y accesible.
La persona beneficiaria se compromete a llevar a cabo las actividades que justifiquen la concesión de la ayuda, ya acreditar su ejecución en el plazo y condiciones establecidas.
En cualquier comunicación, publicación o presentación relacionada con la investigación, deberá hacerse constar explícitamente el apoyo del Ayuntamiento de Felanitx.
Habrá que informar al Ayuntamiento y la dirección de los Closos de Can Gaià de cualquier eventualidad que dificulte o impida el correcto desarrollo del proyecto.
La justificación final de la ayuda incluirá una presentación oral de los resultados, en un acto coorganizado por el Ayuntamiento de Felanitx, la dirección de la excavación y la asociación Amics dels Closos. También se tendrá que entregar un resumen escrito de 15 líneas con una imagen, para su posible publicación en la web del Ayuntamiento y en la de los Closos.
Una vez finalizada la investigación, será necesario devolver todo el material y muestras estudiadas, garantizando su conservación. Quedan exentas aquellas muestras que, por razones analíticas, se hayan destruido durante el proceso de estudio.
El Ayuntamiento de Felanitx se reserva el derecho de editar una publicación con los resultados obtenidos, sin perjuicio de las demás publicaciones que pueda realizar la persona investigadora o el equipo de los Closos. El alcance, formato y calendario de esta publicación se acordarán en función de la naturaleza del trabajo.
9. Comisión evaluadora
La comisión evaluadora estará formada por un/a representante de cada uno de los siguientes organismos:
Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Felanitx.
Dirección del proyecto de los Closos de Can Gaià.
Área de Prehistoria del Departamento de Ciencias Históricas y Teoría de las Artes de la UIB.
Asociación Amigos de los Closos de Can Gaià.
El acta de la comisión evaluadora será realizada por un funcionario designado por el Ayuntamiento de Felanitx.
Esta comisión será la encargada de evaluar la concesión, justificación y cumplimiento de los objetivos de la beca, así como las posibles incidencias que puedan surgir durante la ejecución de los trabajos.
10. Criterios de valoración
Las candidaturas se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
Calidad e innovación del proyecto (60%): planteamiento (30%), metodología (20%) y plan de trabajo (10%).
Trayectoria y motivación de la persona candidata (20%).
Entrevista personal (10%).
Carta de motivación y recomendación (10%).
En caso de empate en la puntuación final, se priorizará la candidatura con mejor valoración del proyecto de investigación. Si persiste el empate, se decidirá por acuerdo mayoritario de la comisión evaluadora, dejando constancia motivada en el acta correspondiente.
11. Resolución y notificación
El plazo para resolver la convocatoria será de un máximo de dos meses desde la finalización del período de presentación. La resolución se notificará a los interesados en un máximo de 10 días, que se publicará en el BOIB y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx. La ausencia de resolución en el plazo establecido tendrá efectos desestimatorios.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado.
12. Pago y ejecución de la beca
El pago se realizará en dos plazos: 50% al inicio de los trabajos y 50% restante una vez presentada y aprobada la memoria final. La acreditación del inicio de los trabajos de investigación se efectuará mediante la aportación de un comunicado escrito emitido por ArqueoUIB.
El plazo de ejecución de la investigación será de un año a partir de la fecha de resolución.
Se podrá solicitar una prórroga excepcional de hasta tres meses, con un mínimo de 30 días de antelación y debidamente justificada.
13. Revocación y reintegro
El Ayuntamiento de Felanitx podrá acordar la revocación total o parcial de la beca i exigir el reintegro de las cantidades percibidas, de acuerdo con lo que establece el artículo 37 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, en los siguientes casos:
Incumplimiento total o parcial de la actividad o proyecto que fundamenta la concesión de la beca.
Obtención de la beca sin reunir los requisitos exigidos o mediante la presentación de documentación falsa o inexacta.
Incumplimiento de las obligaciones de justificación, seguimiento o comunicación establecidas en esta convocatoria.
No presentación de la memoria final o resultados del proyecto en los términos y plazos establecidos.
Destino de los fondos recibidos a fines distintos de los previstos.
Incompatibilidad con otras subvenciones no previamente declarada.
Resistencia, excusa o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes.
Cualquier otra materia prevista en la normativa general aplicable en materia de subvenciones.
En caso de revocación, se iniciará el procedimiento de reintegro, con la tramitación y garantías establecidas por la normativa vigente, pudiendo exigirse el abono de los importes percibidos indebidamente, con los intereses legales correspondientes.
14. Protección de datos personales
En cumplimiento de lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos – RGPD) y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa que:
El responsable del tratamiento es el Ayuntamiento de Felanitx.
EL datos personales recogidos en el marco de esta convocatoria serán tratadas con el fin de gestionar el procedimiento de concesión, seguimiento y justificación de la beca.
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión de interés público (art. 6.1.e RGPD) y el ejercicio de poderes públicos conferidos a la administración convocante.
Los datos no serán cedidos a terceros, salvo en los casos previstos legalmente o cuando sean necesarios para la tramitación de la convocatoria (p. ej. a miembros de la comisión evaluadora).
Las personas interesadas pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, dirigiéndose al Ayuntamiento de Felanitx mediante instancia genérica oa través de su Delegado de Protección de Datos.
Para más información, puede consultarse la política de privacidad disponible en la web municipal.
15. Compatibilidad de la beca con otras ayudas
Esta beca es compatible con otras ayudas, becas o subvenciones, siempre que no se destinen a financiar los mismos gastos. En caso de compatibilidad, las personas solicitantes tendrán que declarar expresamente cualquier otra fuente de financiación vinculada al proyecto en el momento de presentar la solicitud.
(Firmado electrónicamente: 11 de junio de 2025
La alcaldesa Catalina Soler Torres)
ANEXO 1 Solicitud de participación
Beca de formación en investigación sobre los Closos de Can Gaià 2025
Nombre y apellidos:
DÍAS/DOM:
Domicilio:
Población: CP:
Teléfono: Correo electrónico:
EXPONE
Que enterado/a de la convocatoria pública de la convocatoria pública de la beca de investigación para el año 2025 del Ayuntamiento de Felanitx, y de acuerdo con lo que prevén sus bases,
SOL·LICITA
Acogerse al procedimiento para seleccionar el proyecto beneficiario de la citada beca de investigación sobre las Closos de Ca'n Gaià.
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Investigador: |
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Investigador tutor (en su caso): |
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Documentación adjunta |
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( ) DÍAS, pasaporte sobre NO |
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( ) Declaración responsable (Anexo 2) |
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( ) Carta de motivación |
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( ) Documento de designación de cuenta bancaria |
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( ) Titulación académica superior de la que se disponga y copia del expediente académico |
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( ) Proyecto de investigación siguiendo las pautas de la convocatoria |
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( ) Currículum vitaedel investigador y del investigador (si corresponde) |
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( ) Carta de recomendación (facultativo) |
Hecho en , el de de 2025
Firmas:
L'investigador/a L'investigador/a tutor/a
ANEXO 2 Solicitud de participación
Beca de formación en investigación sobre los Closos de Can Gaià 2025
Nombre y apellidos:
DÍAS/DOM:
Domicilio:
Población: CP:
Teléfono: Correo electrónico:
Declara:
La veracidad de todos los datos académicos y de todos los documentos aportados en esta solicitud.
Que estoy al corriente de todas las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Felanitx, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con la administración del Estado, así como también con las obligaciones con la seguridad social.
Que no incurro en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones que figuran en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears, y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 1 de 18 de noviembre de 2003)
Que autorizo al Ayuntamiento de Felanitx a acceder a información fiscal de la persona o personas interesadas.
Hecho en , el de de 2025
Firmas:
L'investigador/a L'investigador/a tutor/a