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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 401281
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 10 de junio de 2025 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

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Texto

Hechos

1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB n.º 52, de 20 de abril) fue aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Dirección General de Recursos Hídricos (Consejería del Mar y del Ciclo del Agua) ha instado a que se modifique el mencionado anexo del Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente el punto 4 («Protección de espacios naturales y recursos hídricos») del objetivo IV («Protección del medioambiente») en el sentido de añadir dos nuevas líneas, las líneas IV.4.6 y IV.4.7, con el objetivo, por un lado, de incentivar a los propietarios de terrenos en suelo rústico en los que discurran tramos de dominio público hidráulico para que realicen la limpieza de los torrentes situados dentro de sus terrenos y, por otro lado, mejorar las infraestructuras del ciclo del agua; fomentar el uso eficiente de los recursos hídricos; garantizar el suministro sostenible y adecuado en todos los municipios beneficiarios de las ayudas y contribuir, de esta forma, a la sostenibilidad territorial mediante una mejor gestión y adaptación a las necesidades hídricas locales en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible.

3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegarán en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delegará en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en el sentido de añadir dos nuevas líneas, las líneas IV.4.6 i IV4.7, con el siguiente contenido:

IV.4.6

Dirección general: Dirección General de Recursos Hídricos

Fuente de financiación: capítulo 4

Descripción: ayudas para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible.

Finalidades y efectos: incentivar a los titulares de terrenos en suelo rústico con tramos del dominio público hidráulico para que lleven a cabo la limpieza de los torrentes situados dentro de su ámbito territorial, con el fin de lograr un modelo de mantenimiento y conservación de la red hidrográfica de las Illes Balears más sostenible y eficiente

Convocatoria: anual (2025)

Coste: 1.000.000 €

Indicadores: superficie limpiada (m² o hectáreas); longitud de torrente limpiada (metros o km); número de intervenciones realizadas por anualidad o convocatoria; coste por metro limpiado; eliminación de especies invasoras o de residuos; cumplimiento de los criterios de buenas prácticas ambientales; número de municipios o áreas beneficiadas y número total de beneficiarios

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia en el mercado

 

IV.4.7

Dirección general: Dirección General de Recursos Hídricos

Fuente de financiación: capítulo 7 (Fondo ITS)

Descripción: ayudas para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible

Finalidades y efectos: mejorar las infraestructuras del ciclo del agua; fomentar el uso eficiente de los recursos hídricos; garantizar el suministro sostenible y adecuado a todos los municipios beneficiarios y contribuir a la sostenibilidad territorial mediante una mejor gestión y adaptación a las necesidades hídricas locales

Convocatoria: anual (2025)

Coste: 57.500.000 €

Indicadores: número total de proyectos ejecutados; número de municipios beneficiarios; porcentaje del presupuesto ejecutado sobre el presupuesto concedido; porcentaje de la mejora de la eficiencia conseguida en la red de abastecimiento del municipio y volumen de agua ahorrado (m³/año); número de contadores digitales instalados; porcentaje de red con telelectura; porcentaje del municipio con red sectorizada; metros de red sectorizada; capacidad total añadida o mejorada (en m³); número de nuevos depósitos o ampliaciones realizadas; incremento de la garantía de suministro detallado por horas; número de nuevos pozos o pozos mejorados; incremento del índice de garantía de abastecimiento; número de estaciones de tratamiento construidas o mejoradas; capacidad total de tratamiento de agua (potabilizada y regenerada) incrementada (m³/día); metros lineales de red de abastecimiento renovada; porcentaje de red de abastecimiento renovada respecto a la total del municipio; porcentaje de separación de redes unitarias conseguido; metros lineales de red de drenaje de pluviales renovada; metros lineales de red de saneamiento de aguas residuales renovada, porcentaje de red de drenaje de pluviales renovada respecto a la total del municipio y porcentaje de red de drenaje de saneamiento de aguas residuales respecto a la total del municipio

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia en el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de junio de 2025)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)